Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

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Crimen de Barragán: prisión perpetua para Ortiz y 28 años de cárcel para Figueroa

Fotos: Rodrigo García-La Nueva.

   El Tribunal Criminal N° 1 condenó esta tarde a Juan Manuel Ortiz a la pena de prisión perpetua –la máxima posible en la legislación argentina- por el homicidio de Ramiro Barragán, mientras que le impuso una sanción de 28 años de cárcel a Gastón Nicolás Figueroa.

   El primero de los imputados fue acusado del delito de homicidio doblemente agravado por cometerse para asegurar el robo y con el uso de arma de fuego, mientras que en el caso del segundo los hechos fueron caratulados como homicidio en ocasión de robo agravado por cometerse con el uso de arma de fuego.

   Con ello, el Tribunal desestimó la petición de absolución del defensor de Figueroa, y los reclamos de ambas defensas de encuadrar el hecho como delitos menos agraves, y resolvió conforme la petición que hiciera en subsidio el fiscal Del Cero.

   La diferenciación de la calificación legal atribuida a los imputados, surge de la distinta actuación de uno y otro condenado en el hecho (uno condujo hasta el lugar y el otro disparó), explicando ello desde la división de los roles conscientemente asumidos por uno y otro.

   En la resolución el Tribunal se encargó de dejar sentado que fijó las calificaciones diferenciadas siguiendo la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de Casación Penal.

   Con ello,  los jueces dejaron el fallo fortalecido, pues no existiría posibilidad de ser modificado por esos Tribunales –al menos por razones de encuadramiento jurídico-, que son justamente los que intervendrán en la revisión de la sentencia.

   

   En el contenido de la resolución, el Tribunal descartó la coartada de la defensa de Figueroa –que se proclamaba inocente desde el primer día en que fue detenido-, que había presentado cuatro testigos en su favor, y que había sido “despegado” por Ortiz en el cierre del debate.

   Y a su vez, fundó su decisión en los testimonios aportados por el doctor Dámaso Larraburu, representante de la familia de la víctima, que se ocupó de buscarlos y traerlos al juicio, no sin dificultades durante el debate por las amenazas que se denunciaron, y porque alguno de ellos fueron seriamente puestos en tela de juicio por el letrado Sebastián Cuevas, defensor de Figueroa.

   En relación a Ortiz, el Tribunal denegó la petición de su defensora de declarar la inconstitucionalidad de la prisión perpetua, manteniendo a su respecto la vigencia de una pena perpetua sin posibilidad de libertad condicional.

   Pero la situación de Figueroa no fue menos gravosa, porque el Tribunal además de imponerle una pena tan alta, lo declaró reincidente por las condenas anteriores que registraba, lo que también le quita la posibilidad de obtener en el futuro la libertad condicional.

   Ambas defensas tienen 20 días para impugnar el fallo e interponer recurso ante el Tribunal de Casación con sede en La Plata.

   Finalmente, los jueces ordenaron que la fiscalía en turno investigue el posible delito de falso testimonio respecto de Florencia Pulido, quien en el juicio dijo que había mentido cuando declaró en la causa y señaló a Figueroa en el lugar de los hechos.