Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Ley de celiaquía: nuevas pautas para los alimentos sin TACC

El decreto define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas y establece cuáles son los requisitos para poder ofrecer un menú seguro.

 

La ANMAT amplió y actualizó el listado oficial de Alimentos libres de gluten.

Este miércoles, el Gobierno reglamentó la ley de celiaquía a través del decreto 218/2023, publicado en el Boletín Oficial de la Nación.

La implementación de esta ley busca ampliar la oferta de alimentos para convertirla en un derecho para todas las personas celíacas. También se propone establecer los estándares a cumplir para garantizar que, al momento de ofrecerlos, estos alimentos sean seguros.

El decreto incluye la obligatoriedad del ofrecimiento de menús libres de gluten en diferentes instituciones y establecimientos y amplía la identificación de los medicamentos, en función del contenido o ausencia de gluten.

Además, define la metodología mediante la cual se actualizará el monto de cobertura actual por parte de obras sociales y prepagas, fijando también la periodicidad con la que se realizarán las actualizaciones subsiguientes. Según el decreto serán cada 6 meses.

El monto de cobertura pasará de ser $2.672 a $7.806,73 contemplando la canasta básica alimentaria (CBA) publicada por INDEC el 20 de abril de 2023.

Ante la preocupación habitual de las personas con celiaquía de ingerir gluten de forma involuntaria a través de medicamentos de los que desconocen su composición, la reglamentación precisa que estos deberán aclarar si se encuentran "Libre de gluten" o si "contiene gluten".

En los últimos años, desde la aprobación de la ley 26.588 en 2009 (modificada por la 27.196), la ANMAT amplió y actualizó el listado oficial de Alimentos libres de gluten. En principio se trataba de un listado de sólo 1.400 productos y actualmente cuenta con más de 23.000. (Con información de Clarín)