Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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La Justicia condenó a Olimpo a pagar 70.000 euros por un incumplimiento de contrato

El club Embajadores de Olavarría reclama un porcentaje por la venta de los derechos federativos de Facundo García al Leganés de España. La entidad aurinegra apelará el fallo.

Foto: Archivo-La Nueva.

Mediante el expediente N° 113.408 y en fallo de primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de nuestra ciudad condenói al club Olimpo a pagarle 70.000 euros al club Embajadores de Olavarría por el incumplimientos de las pautas establecidas en el contrato cuando llevó a cabo la transferencia del jugador Facundo García (vistió los colores aurinegros en Primera división entre 2017 y 2018) al Leganés de España.

La sentencia, fechada el 2 de marzo pasado, lleva la firma del juez Juan Carlos Tufari y se basó en la demanda de cumplimiento de contrato elevada a juicio por la entidad olavarriense.

Se condenó a Olimpo a abonar a la otra parte, en el término de 10 días, la suma de 15.507.000 pesos, más los intereses que empezaron a correr el lunes 13 pasado, día correspondiente a la fecha de cierre de la etapa de mediación.

El presidente de Olimpo Alfredo Dagna, quien se comprometió a brindar mañana una nota explicativa sobre este caso, aseguró que antes que nada van a apelar el fallo, y que si el mismo es confirmado en segunda instancia, acatarán la decisión judicial y llegarán a un acuerdo con sus pares de Embajadores para formalizar un plan de pago.

En su momento, el 5 de julio de 2018, ambas instituciones firmaron un “pacto de confidencialidad”, aunque se pudo saber que la entidad bahiense vendió el 50% de los derechos federativos y el 50% de los económicos del volante central olavarriense que en ese momento tenía 18 años y 10 partidos en la Superliga.

El club Embajadores había recurrido a la Justicia solicitando que se condene a Olimpo a abonar 70.000 euros, más los intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la fecha en que la institución bahiense recibiera la contraprestación económica correspondiente al traspaso de los Derechos Federativos del jugador al fútbol español.

Según se indicó en la resolución, en el contrato “se pactó que si existía el caso de que Olimpo decidiera transferir los Derechos Federativos de Facundo García, a préstamo o en forma definitiva, con o sin opción a compra, a otra entidad deportiva de la República Argentina o del exterior, sujeto a una contraprestación económica, debería abonar al “Club Embajadores de Olavarría” el 20% del importe neto “una vez deducidas todas las cargas, gastos, comisiones y aportes correspondientes a dicha transferencia”.

La parte demandante sostuvo que la venta del 50% de los Derechos Federativos del futbolista se hizo en 500.000 euros, “estimando que al club Olimpo le pudo haber quedado, netos de cargas, gastos, comisiones y aportes, una suma no menor a trescientos cincuenta mil euros (€ 350.000), por lo que el 20% de dicha operación asciende a setenta mil euros (€ 70.000), que es lo que reclama en autos en más o en menos conforme surja de la prueba a producirse, más sus intereses desde que le fuera hecho efectivo dicho importe a la accionada”.

A su vez, el denunciante reclamó el cobro del importe en pesos equivalente a seis (6) salarios mínimos de AFA --que a la fecha de interposición de la demanda ascienden a un total de pesos doscientos siete mil ($ 207.000)--, más los intereses a la tasa activa ´restantes operaciones´ del Banco de la Provincia de Buenos Aires, devengados desde los sesenta (60) días de la fecha en que Facundo García suscribiera su primer contrato como jugador profesional del club Olimpo.

Cuando se dio el traspaso de García al Leganés -histórico teniendo en cuenta que por primera vez Olimpo vendía a un jugador propio en forma directa al mercado europeo- el presidente del aurinegro en ese momento, Mauro Altieri, expresaba: “La gente debe dejar de pensar en forma chiquita, es necesario pensar en el beneficio de todos. Por ejemplo, cuando llegue a la Argentina (estaba en el viejo continente), lo primero que tenemos que hacer con la CD del club es ir hasta Olavarría a charlar, agradecerle y a pagarle a Embajadores, club de donde salió Facundo”.

A continuación, el punto 1 del fallo y la resolución, en el marco de la causa "CLUB EMBAJADORES DE OLAVARRIA C/ CLUB OLIMPO S.C. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES":


PRIMERO: El CLUB EMBAJADORES DE OLAVARRÍA inició formalmente una demanda por cumplimiento de contrato contra el CLUB OLIMPO, solicitando se lo condene a abonar a su mandante la suma de pesos necesaria para adquirir en el mercado de cambios la cantidad de setenta mil euros (€ 70.000), más los intereses a la tasa activa "restantes operaciones" del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la fecha en que la demandada recibiera la contraprestación económica correspondiente al traspaso que efectuara de los Derechos Federativos del jugador de futbol Facundo García al Club Leganés de España.

“Pretende también el cobro del importe en pesos equivalente a seis (6) salarios mínimos de AFA – que a la fecha de interposición de la demanda ascienden a un total de pesos doscientos siete mil ($ 207.000)-- más los intereses a la tasa activa ´restantes operaciones´ del Banco de la Provincia de Buenos Aires, devengados desde los sesenta (60) días de la fecha en que Facundo García y/o sus progenitores en su representación suscribieran su primer contrato como jugador profesional de futbol”.

“Relata que el día 20 de enero de 2015, el "Club Embajadores de Olavarría" como cedente, y el "Club Olimpo" de Bahía Blanca como cesionario, suscribieron un convenio privado de cesión de Derechos Federativos del jugador de fútbol Facundo García”.

“Afirma que en función de dicho convenio, el "Club Embajadores de Olavarría" --como único titular de los Derechos Federativos del referido jugador, y del 100% de los beneficios económicos derivados de los mismos--, y el "Club Olimpo" acordaron la entrega de la solicitud o documentación necesaria para que se inscribiera a Facundo García en los registros de jugadores de la Liga del sur y de la Asociación del Futbol Argentino, de modo tal que pudiera intervenir en partidos oficiales o amistosos que disputara el "Club Olimpo" (cláusula 1°), prestando los padres del jugador, señores Oscar Alberto García y Virginia Yolanda Alzogaray, conformidad con los términos del convenio, suscribiéndolo (cláusula 2°).

“Indica que también se pactó que para el caso en que el "Club Olimpo" decidiera transferir los Derechos Federativos del jugador, a préstamo o en forma definitiva, con o sin opción a compra, a otra entidad deportiva de la República Argentina o del exterior, sujeto a una contraprestación económica, debería abonar al "Club Embajadores de Olavarría" el 20% del importe neto "una vez deducidas todas las cargas, gastos, comisiones y aportes correspondientes a dicha transferencia" (cláusula 3°)”.

“Explica que si el jugador celebraba con el "Club Olimpo" su primer contrato como jugador profesional, la demandada debería resarcir al "Club Embajadores de Olavarría" con el equivalente en pesos de 6 salarios mínimos que AFA establezca en ese momento, pagaderos dentro de los 60 días posteriores a la firma de dicho contrato (cláusula 3°)”.

“Sostiene que según la prensa, el 7 de Julio de 2018 se produjo el traspaso del cincuenta (50) por ciento de los Derechos Federativos del jugador Facundo García, del "Club Olimpo" al "Club Leganés" de España, en la suma de quinientos mil euros (€ 500.000), estimando que deben haberle quedado al "Club Olimpo", netos de cargas, gastos, comisiones y aportes, una suma no menor a trescientos cincuenta mil euros (€ 350.000), por lo que el 20% de dicha operación asciende a setenta mil euros (€ 70.000), que es lo que reclama en autos en más o en menos conforme surja de la prueba a producirse, más sus intereses desde que le fuera hecho efectivo dicho importe a la accionada, con la consecuente obligación de abonarle el porcentaje acordado a mi mandante”.

“Explica que la entidad demandada le adeuda a su mandante los seis (6) salarios de AFA que fueran condicionados a la firma del primer contrato profesional por parte del jugador Facundo García, concepto que estima en la suma de pesos doscientos siete mil ($ 207.000), más sus intereses. Se explaya en relación a la carga dinámica de la prueba y de su aplicación al caso de marras. Efectúa la liquidación del crédito reclamado. Ofrece prueba y solicita que, oportunamente, se haga lugar a la demanda en todas sus partes, condenando a la accionada a abonar la suma reclamada, más sus intereses y costas”.

Por ello, disposiciones legales citadas y lo ordenado por los arts. 168 1er. párr. y 171 de la Constitución Provincial, FALLO: esta causa seguida por CLUB EMBAJADORES DE OLAVARRÍA contra CLUB OLIMPO. Haciendo lugar a la demanda de cumplimiento de contrato, condenando en consecuencia a la entidad accionada a pagar a la parte actora en el término de diez (10) días de consentida o ejecutoriada la presente, la suma de PESOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL ($15.507.000) con más los intereses estipulados.