Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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Acordaron una condena a 5 años de prisión para el “ironman de Punta Alta”

Guido Santos Natale aceptó ante la justicia su responsabilidad en facilitar la estadía ilegal de extranjeros para obtener un beneficio. La pena se unificará con otra, por un delito similar cometido antes.

El fallo del TOCF sobre la situación procesal de Natale se conocerá esta semana. (Fotos: Archivo-LN.)

   Guido Santos Natale, más conocido como el “ironman de Punta Alta” y procesado por facilitar la permanencia ilegal de extranjeros en el país para obtener beneficio, reconoció su autoría en los hechos durante un juicio abreviado a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal bahiense y aceptó cumplir una pena única de 5 años de prisión.
   Es decir, la condena a un año de cárcel contra el extriatleta de 62 años, acordada previamente por las partes en la presente causa, se unificaría con otra a 4 años de prisión anterior, impuesta al empresario también por infracción a la ley de Migraciones (25.871).
   Con la finalidad de graduar la sanción actual, la fiscalía valoró como atenuante la condición de Natale de “primario al momento del hecho” y, como agravante, su situación de prófugo durante gran parte del proceso.
   Por tales motivos, el Ministerio Público Fiscal “estima” la pena a imponer al causante en un año de prisión.
   Asimismo, en el acta-acuerdo celebrada antes de la audiencia de debate se les hizo saber al acusado y a su abogado defensor, Leonardo Gómez Talamoni, que contra Guido Santos Natale “existe una condena anterior pendiente de unificación”.
   En octubre de 2016 el TOCF había condenado al deportista a 4 años de cárcel por considerarlo autor penalmente responsable de “facilitación de manera habitual de la permanencia ilegal de extranjeros en el territorio de la República Argentina con el objeto de obtener rédito económico”, delito que se constató en septiembre de 2006 en Punta Alta.
   Es así que el organismo acusatorio entiende “adecuado” sancionarlo con la “pena única de 5 años de prisión, comprensiva de la que se le haya de imponer en estas actuaciones y de la citada en segundo lugar”.
   “(El detenido) reconoce que le ha sido informado que en caso de aceptar el acuerdo (de juicio abreviado) y, de homologarse el mismo por parte del tribunal, la pena a imponer no podrá superar la acordada en el presente (5 años de cárcel)”, se indica en el acta firmada el mes pasado por Santos Natale y el fiscal Gabriel González Da Silva.
   El exmaratonista, que evadió la justicia durante casi 2 años y en agosto pasado fue extraditado a la Argentina después de concretarse su captura en los Estados Unidos, consintió la descripción de los hechos efectuada en la requisitoria de elevación de la causa a juicio, la calificación legal sostenida por el Ministerio Público Fiscal, el grado de participación enrostrado (autor) y la pena requerida.

 

La investigación

 

   El exfiscal federal Antonio Castaño llevó adelante la investigación contra el nombrado por violar la ley de Migraciones.
   El 6 de septiembre de 2012, personal de la delegación bahiense de la Dirección Nacional de Migraciones efectuó un operativo de control de permanencia de extranjeros en el local nocturno Playboy, ubicado en Urquiza 44 de la ciudad vecina, donde el imputado fijó domicilio.
   “De las actuaciones labradas por el organismo en cuestión surge que la propiedad del local correspondía a la firma Líbero Emprendimientos S.R.L. y que su gerente era Claudio Oscar Schwindt”, se informa en el pedido de elevación a juicio hecho en octubre de 2017 por Castaño ante el Juzgado Federal N° 1.
   En el lugar se constató la presencia de 4 mujeres paraguayas que manifestaron estar empleadas como “alternadoras” por la empresa mencionada, dedicada al rubro “pub con espectáculos”.
   En consecuencia Migraciones elaboró un informe final dando cuenta de la comisión de una infracción a la ley 25.871.
   “En función de ello se requirió la instrucción del presente sumario, sugiriendo esta parte (acusatoria) medidas de prueba. Posteriormente la investigación de la causa fue delegada en el Ministerio Público y acto seguido la fiscalía libró oficios a la Municipalidad de Coronel Rosales, pidiendo la habilitación municipal para funcionar del local inspeccionado”.
   Agentes del Ministerio de Trabajo inspeccionaron el sitio donde relevaron a mujeres que aseguraron trabajar allí como “alternadoras”, 3 de las cuales habían sido detectadas por Migraciones previamente.
   Sin embargo, desde el municipio se informó luego que en el inmueble de Urquiza 44, en Punta Alta, “no se hallaba registrada actividad comercial”.
   En su declaración indagatoria, Schwindt, quien cumple una suspensión de juicio a prueba, “señaló a Natale como el dueño del negocio y se describió a sí mismo como empleado”.
   Por su parte Natale “achacó total responsabilidad a Schwindt, alegó su desvinculación del emprendimiento Playboy desde 2011 y reconoció solo ser el locador del inmueble: `soy el dueño de la propiedad; no tengo la explotación de Playboy´”.


   “Aportó en su defensa el edicto y documentación sobre el cambio de autoridades de la firma Líbero Emprendimientos”, se afirma en la presentación.
   La sentencia, que solo llevaría la firma del juez Pablo Larriera, se conocerá la semana entrante.

 

“Se quebró y dijoque la pasa mal”

 

Audiencia. En la audiencia de juicio abreviado, mediante videoconferencia, Guido Santos Natale “se quebró” a raíz de supuestos problemas de convivencia con otros internos en la dependencia de la Policía Federal donde está alojado, en Buenos Aires.

Convivencia. “La está pasando mal, sufrió algunos problemas de convivencia y por eso se emocionó. Pidió que lo cambien de lugar y el tribunal le comunicó a la Policía que resguarde su integridad, aunque no fue amenazado ni lesionado”, dijo una fuente judicial.

Planteo. La defensa pediría el arresto domiciliario, pero es poco probable que se lo otorguen.