Tránsito: es casi sagrado respetar la mano derecha
Por Juan Pablo Gorbal / [email protected]
La controvertida temática vial genera, tanto en nuestra ciudad como en el resto del país, interminables polémicas y opiniones sobre cómo lograr una evolución en el tránsito urbano, que por momentos se torna caótico.
En medio de las discusiones acerca de “esquinas peligrosas”, reductores de velocidad, fotomultas y radares, también aflora la imprudencia y la inobservancia de los conductores sobre la normativa vigente, que le dan marco al preocupante panorama actual.
Están las reglas, y también la interpretación judicial, que muchas veces echa luz a ciertas cuestiones que la ciudadanía da por sabidas.
La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca, al rechazar una demanda por daños y perjuicios en el marco de un accidente, dejó en claro que la prioridad de paso de quien viene desde la derecha es absoluta, independientemente de quién es el embistente y de la ubicación de los vehículos al momento del impacto.
El caso alude a un espectacular choque registrado el 3 de junio de 2006, en la esquina de Rosales y Alberdi, cuando un micro de la línea 505, perteneciente a la empresa Micro Sur y guiado por Rubén Alarcón, colisionó con el furgón que manejaba Sergio Edan Riquelme, que luego volcó.
Los jueces Leopoldo Peralta Mariscal, María Cristina Castagno y Abelardo Pilotti confirmaron la resolución de primera instancia.
El hecho sucedió cuando Riquelme conducía la combi, que circulaba por Rosales a unos 30 kilómetros por hora, y al llegar al cruce con Alberdi observó que a 30 metros venía el micro, que terminó embistiendo al rodado menor. Según el demandante, el colectivo, a elevada velocidad, impactó “en la parte media de la camioneta”, cuando (el furgón) “ya había pasado la totalidad de la esquina”.
Al desestimar el planteo, los camaristas se refirieron al artículo 57 de la ley 11.430: “...El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso del vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversal. Esta prioridad es absoluta...”.
“No importa quién es embistente y quién embistió”, expresaron los jueces, salvo en circunstancias excepcionales, como cuando alguien pretende valerse de la prioridad de paso para desatender otras reglas de tránsito, aunque en este caso no sucedió.
Opinaron que la única manera de saber con precisión quién llega antes a una esquina es a través de sensores, que no existen en la práctica y que el sistema imperante “se ha establecido para desterrar la tentación de los audaces y de los prepotentes que buscan adueñarse de la prioridad de paso, acelerando en la bocacalle cuando alguien se acerca de la derecha”.
“Por ello se somete a quien viene desde la izquierda al sacrificio de frenar y ceder el paso, privación que se verá compensada en la próxima esquina en que tenga prioridad, imponiéndose a otra persona la obligación de concederle la marcha”, ampliaron.
Recalcaron que, en este caso, quien circulaba por la derecha (el colectivo) “tenía derecho a avanzar”, aún cuando el furgón se hubiera colocado delante de sí y estimaron que el presunto exceso de velocidad del micro fue, a lo sumo, “una mera falta sin entidad como para erigirse en una causa adecuada para provocar el siniestro”.