Condenado por apuñalar a su pareja
El Tribunal en lo Criminal Nº 3 determinó que José Luis Maldonado Nield (24) intentó matar a su pareja asestándole una puñalada en medio de una discusión ocurrida a mediados de 2010 en Villa Rosario, por lo que ayer lo condenó a la pena de cinco años de prisión.
El fallo fue dado a conocer por los jueces Daniela Fabiana Castaño, Eduardo d'Empaire y Raúl Guillermo López Camelo, quienes hallaron responsable al joven del delito de tentativa de homicidio.
Para los magistrados se acreditó que el 23 de julio de 2010, entre las 16 y las 17, en el interior de una construcción de una sola habitación ubicada atrás de una vivienda de material, a unos cien metros de la intersección de las calles Mascarello y Monteagudo, el acusado intentó matar a su pareja, quien por entonces tenía 14 años.
El sujeto le asestó a la menor de edad una puñalada con un cuchillo tipo serrucho, cuya hoja, de aproximadamente 10 centímetros de longitud, debió ser extraída del cuerpo de la víctima mediante una intervención quirúrgica practicada en el Hospital Interzonal General de Agudos Doctor José Penna.
Al analizar lo sucedido, el Tribunal sostuvo que las declaraciones brindadas por el imputado y la víctima, que manifestaron que la herida punzocortante había sido resultado de un accidente, brindan una hipótesis del incidente que "aparece inverosímil".
"El resto de las pruebas acumuladas y ventiladas en el juicio nos impone otra hipótesis que se corresponde con la naturaleza de las cosas, la física, la lógica y el sentido común", señala el doctor López Camelo en su fallo, acompañado por el voto de sus pares.
En primer lugar analizaron la declaración de la joven herida, que manifestó que el incidente se desencadenó como consecuencia de sus celos, al recriminarle a Maldonado Nield por una supuesta infidelidad y arrojarle un repuesto de moto por la cabeza.
Dijo que en esas circunstancias tomó un cuchillo y le tiró un par de "puntazos" al acusado, por lo que se trabaron en forcejeo y, mientras su novio le retorcía el brazo, cayeron sobre la cama y se clavó el arma blanca.
Manifestó que su pareja la acompañó a pie hasta el hospital y que, sabiendo que su madre culparía al joven, mintió al decir que había sido atacada por tres mujeres en la vía pública.
En similares términos se expresó Maldonado Nield sobre lo sucedido, quien mencionó que tuvo que insistirle a la joven para que vaya al nosocomio para ser asistida.
"Tengo para mí que las pruebas aportadas y lo ventilado en el juicio desmienten esta excusa y me convencen justamente de lo contrario. Esto es que se ha probado no sólo que el cuchillo no fue empuñado por la víctima, sino que quien lo clavara lo hizo con dolo de matar", señaló el juez López Camelo en su resolución.
Análisis. En primera instancia, el magistrado se expresó respecto de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se produjo el episodio.
Señaló que el levantamiento de rastros realizados en la vivienda no reportó el hallazgo de manchas de sangre, por lo que, según analizó, "esa circunstancia no se condice con el relato en cuanto a que la puñalada se produce al caer ambos pesadamente sobre la cama".
"Que allí se dan cuenta de que estaba herida y que Zárate le pedía que le sacara la hoja del cuerpo, a lo que Maldonado se negaba porque no quería agravar la situación".
En este sentido, consideró imposible que la herida no haya generado un primer sangrado.
También sostuvo que el médico de policía Mauro Sueldo, al declarar en el debate, afirmó que la versión sobre autolesión no resultaba creíble por el lugar y la descripción del hecho que brindaba la víctima.
En tanto, contempló el hecho de que la propia chica, en el hospital y ante el personal del lugar, había sindicado a su pareja como el autor de la lesión.
Más adelante analizó las circunstancias personales del sospechoso y describió que en el acta de procedimiento labrada por la policía se indica que, al ser consultado sobre la versión dada por su pareja respecto de una agresión en la calle, el joven se mostró nervioso e impaciente por retirarse del hospital, manifestando que "tenía cosas que hacer".
"Resulta llamativo que si acompaña a su pareja en semejante trance --sea la mentida versión del ataque o la luego invocada como accidental-- sumamente preocupado por su situación, según nos dijera en el juicio, tuviera esa actitud evasiva y hasta fugitiva".
En este sentido, un perito psicólogo que entrevistó a Maldonado Nield refirió haber notado en él una personalidad conflictiva, con mecanismos de negación y proyección a terceros las dificultades en que se ve involucrado.
"Asimismo, no puede descartarse la asunción de conductas agresivas y de violencia hacia sus parejas circunstanciales. Esta descripción se contradice con la mentida actitud conciliatoria, tolerante y pasiva que --según los protagonistas-- asumiera en la emergencia".
"En función de lo analizado estoy plenamente convencido que la errática e inverosímil versión que brindara la víctima tuvo como único objetivo mejorar la situación procesal de su concubino", se manifiesta en el fallo.
Dolo homicida
Al analizar el caso, López Camelo tuvo en cuenta que el autor aplicó un puntazo a la joven en la zona dorsal, cerca de la columna vertebral, penetrando toda la hoja del cuchillo y produciéndose el quiebre del mango, considerando que "fue un milagro" que no le interesara órganos vitales.
"Del meditado estudio de las actuaciones y lo escuchado en el curso del debate, puede inferirse que no fue la víctima quien empuñara el cuchillo al momento de clavarse en su espalda".
Consideró que esa posibilidad aparece descalificada por los testigos y por la misma naturaleza de las circunstancias.
"Descartada tal hipótesis de producción, nos queda que el cuchillo fue empuñado por Maldonado y que no cabe sino inferir que la puñalada se hizo con dolo homicida".
"La circunstancia de que el autor quiera (dolo directo) o se manifieste indiferente ante la probabilidad (dolo eventual) de matar, no puede depender de que la víctima efectivamente muera como consecuencia de la acción, sino, en todo caso, del modo concreto en que el autor condujo su acción", agrega.
Del mismo modo, el magistrado descartó la figura de la legítima defensa, deslizada por el abogado del imputado en su alegato.
Finalmente, al momento de evaluar la pena a imponer, los jueces valoraron como atenuantes la carencia de antecedentes computables, mientras que contemplaron como agravantes la edad de la víctima y su condición de vulnerabilidad familiar y social, circunstancias que favorecieron la comisión del hecho.
Por todo ello, se le impuso a Maldonado Nield la pena de cinco años de prisión por el delito de tentativa de homicidio.