Bahía Blanca | Domingo, 29 de junio

Bahía Blanca | Domingo, 29 de junio

Bahía Blanca | Domingo, 29 de junio

Casación duplicó el monto de la pena impuesta a dos ex policías

Más del doble de la pena que en su momento había fijado la justicia federal bahiense, contra dos ex policías por el secuestro extorsivo de un presunto delincuente, resolvió aplicar la Cámara Nacional de Casación Penal, al hacer lugar a un planteo de la fiscal general doctora María Cristina Manghera de Marra, quien consideró un error conceptualizar que los acusados habían tenido un rol secundario en el delito.

 Más del doble de la pena que en su momento había fijado la justicia federal bahiense, contra dos ex policías por el secuestro extorsivo de un presunto delincuente, resolvió aplicar la Cámara Nacional de Casación Penal, al hacer lugar a un planteo de la fiscal general doctora María Cristina Manghera de Marra, quien consideró un error conceptualizar que los acusados habían tenido un rol secundario en el delito.


 El fallo del alto tribunal, integrado por los doctores Angela Ester Ledesma, Guillermo José Tragant y Eduardo Rafael Riggi, se dictó en la causa en la cual fueron sentenciados, el 7 de diciembre de 2007, a cinco años de prisión, los ex policías bonaerenses Juan Pablo Ibáñez y Osvaldo Germán Muzi. Por el mismo hecho sigue prófugo el ex subcomisario Héctor Raúl Minghetti.


 Fue la Sala III de la Cámara la que se expidió acerca de los recursos interpuestos por la fiscal y por la defensa de los procesados, a cargo del doctor Víctor Benamo, tras la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, que había sentenciado a Ibáñez y a Muzi a cumplir cinco años de prisión e inhabilitación especial por diez años para el ejercicio de un empleo público.


 Los jueces bahienses habían considerado a los encausados "cómplices secundarios del delito de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas" y por haber pertenecido ambos a la Policía de la Provincia de Buenos Aires.


 Del hecho, cometido el 23 de enero de 2004, resultaron damnificados Héctor Omar Resola (el secuestrado) y Fabiana Gisela Lescano, quien pagó el rescate.


 Mientras quedó desierto el planteo defensista, la fiscal Manghera de Marra mantuvo su impugnación, e invocó en el recurso el artículo 456, inciso primero, del Código Procesal Penal de la Nación.


 "Señala la impugnante que el a quo (tribunal inferior) ha incurrido en una errónea aplicación de la ley sustantiva, toda vez que al analizar el grado de participación que en el hecho tuvieron los imputados Ibáñez y Muzi, se los condenó como cómplices secundarios cuando, a su entender, lo correcto era condenarlos por ser coautores, o al menos, partícipes necesarios", indicaron los camaristas Riggi, Ledesma y Tragant, quienes votaron en ese orden.


 
El caso.



 Según el archivo de este diario, tanto Ibáñez como Muzi fueron responsabilizados como cómplices secundarios del secuestro extorsivo de Resola, sobre el que pesaba un pedido de captura.


 El fallo estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal, integrado para este caso por los conjueces (abogados de la matrícula) José Pedro Díaz, Jorge Raúl Pezzutti y Hugo Mario Sierra.


 Los letrados fueron designados --en reemplazo de los magistrados del tribunal-- para analizar las conductas de los ex policías, después que la Cámara de Casación nacional anulara el primer juicio oral y dispusiera la realización de un nuevo debate.


 Es que el 24 de noviembre de 2005, los titulares del TOCF, doctores Gustavo Arturo Duprat, Raúl Hilario Fernández Orozco y Juan Leopoldo Velázquez, habían absuelto a los procesados, por considerar que no existían pruebas suficientes para condenarlos por el hecho cometido en enero de 2004.


 Esa decisión fue recurrida por la doctora Manghera de Marra y Casación la revocó, ordenando la realización de un nuevo debate, con otros magistrados.


 En oportunidad de dicho juicio, la fiscal consideró acreditadas la materialidad delictiva y autoría responsable de los acusados.


 Sostuvo que aproximadamente a las 11, del 23 de enero de 2004, en la avenida Alem al 1300, Héctor Omar Resola --sobre quien pesaba una orden de captura-- "fue obligado por personal de la comisaría Tercera de Ingeniero White, a ingresar en un automóvil Peugeot 504, de color blanco, y fue trasladado por distintos lugares de la ciudad y de la zona, exigiéndole el pago de... aproximadamente 25.000 pesos, a los efectos de ser liberado".


 Agregó que en ese lapso Resola estuvo permanentemente comunicado con su concubina Fabiana Griselda Lescano, que sería la encargada de pagar la suma requerida por los policías, haciéndose efectiva la entrega "a las 3 del día siguiente, en el centro de la ciudad, recuperando Resola su libertad".

Fundamentos.




 En el fallo de Casación, se citaron los argumentos de la representante del ministerio público fiscal, que comprometían a Ibáñez y a Muzi con el secuestro extorsivo.


 Sobre el primero había indicado que, según constancias de la causa, "se ha comprobado que estuvo presente en el momento que fue privado de la libertad Resola (no le colocó las esposas, arrojó las llaves del vehículo en la caja) y también en los momentos posteriores (lo tuvo retenido en Ingeniero White y posteriormente en las proximidades del Hotel Italia, esperando que se produjere el pago del rescate)".


 La doctora Manghera de Marra también consideró que "su actuación posterior de tenerlo retenido en Ingeniero White, para finalmente custodiarlo mientras se lograba el pago del rescate, da cuenta acabada de que la cooperación brindada por Ibáñez no constituyó un auxilio no imprescindible para la consumación y agotamiento del delito que se analiza. Su función de custodiar era necesaria en la medida que tuvo el dominio del hecho sobre la situación de cautiverio".


 Respecto del otro procesado, la fiscal había señalado que "se ha tenido por comprobado que una vez aprehendido Resola, fue llevado a distintos puntos de la ciudad y la zona en el auto conducido por Minghetti, siendo Muzi su acompañante. Su presencia en estas circunstancias está avalada por ambas víctimas, inclusive la señora Lescano lo ve en la etapa final del pago del rescate".


 

Actividades no menores ni secundarias








 La Sala III de la Cámara de Casación destacó que las contribuciones de Ibáñez y Muzi en el hecho, "no fueron menores ni secundarias, como lo pretende el Tribunal (de Bahía Blanca), sino por el contrario, fueron fundamentales, incluso coadyuvando a brindar un marco de seguridad para que el operativo resulte según lo planeado".


 Indicaron que "se aprecia claramente que las actividades llevadas a cabo por los imputados, encuadran dentro del grado de la coautoría, cumpliendo con su accionar los requisitos objetivos y subjetivos exigidos por la ley. Así, los encartados actuaron con decisión de participar en un plan común, dirigiendo sus actos a un fin determinado y ejecutando los hechos ilícitos que se les enrostran mediante una división o distribución de trabajos".


 "Las actividades desplegadas por los encausados Juan Pablo Ibáñez y Osvaldo Germán Muzi --recalcaron--, no se condicen con las de partícipes secundarios, o sea, del que haya prestado una ayuda no indispensable o bien posterior en cumplimiento de una promesa anterior al suceso; consiguientemente, debe darse favorable acogida a lo pretendido por el recurrente".


 En virtud del nuevo grado de participación atribuida a los ex policías, Casación resolvió adecuar el monto de las condenas, que fijó en once años de prisión para cada uno, más inhabilitación por el tiempo que dure la condena para ejercer cargos públicos.



Buscado. Más de cuatro años prófugo lleva el ex subcomisario Héctor Raúl Minghetti, a quien se busca para que responda por los delitos de asociación ilícita, encubrimiento y presunta infracción al artículo 142 bis del Código Penal. Nativo de Coronel Dorrego, Minghetti, quien cumplirá 48 años el 16 de febrero próximo, había fijado como último domicilio el de la calle Tierra del Fuego 860, de nuestra ciudad. Cuánto tiempo más logrará mantenerse en la clandestinidad y con qué logística cuenta, son algunos de los interrogantes que no tienen respuesta.