Bahía Blanca | Sabado, 06 de septiembre

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Perpetua para el acusado de un alevoso asesinato

El Tribunal en lo Criminal de esta ciudad condenó ayer a Raúl Oscar Galletti a la pena de prisión perpetua, al hallarlo penalmente responsable del asesinato de Juan Emilio Cao, en enero de 2002. La sentencia fue dictada por los jueces Bernardo Bibel Gabriel Giuliani y Santiago Omar Bernat.
Raúl Oscar Galletti es esposado por un guardia penitenciario luego de escuchar la condena que se le impuso. (Agencia Tres Arroyos)


 TRES ARROYOS (De nuestra agencia) -- El Tribunal en lo Criminal de esta ciudad condenó ayer a Raúl Oscar Galletti a la pena de prisión perpetua, al hallarlo penalmente responsable del asesinato de Juan Emilio Cao, en enero de 2002.


 La sentencia fue dictada por los jueces Bernardo Bibel Gabriel Giuliani y Santiago Omar Bernat.


 Galletti, de 53 años, se mantuvo imperturbable al escuchar la pena que se le impuso por "homicidio agravado por alevosía".


 Durante la lectura de la sentencia no estuvo presente el fiscal de juicio, doctor José Bianconi, en tanto sí se encontraban miembros de la familia de Cao, quienes rompieron en llanto al escuchar el veredicto, acompañados de su abogado, el doctor Juan Francisco Risso.


 Al acreditar el cuerpo del delito, el tribunal consideró demostrado que "una persona de sexo masculino, mediante la utilización de un arma de fuego de caza, que dispara proyectiles múltiples, calibres 28 a 32, efectuó un disparo en la persona de Juan Emilio Cao, a la altura del pómulo derecho, que le causó la muerte inmediata por destrucción de masa encefálica".


 Agregó que el balazo se efectuó desde la derecha de la víctima y a una distancia aproximada de entre un metro o metro y medio.


 "Las circunstancias que rodean la muerte lo fueron cuando la víctima se hallaba desprevenida, sin oportunidad de defensa, a raíz de la celada que el homicida le había tendido", señaló.


 El doctor Bernardo Bibel, con la adhesión de sus pares, consideró en su voto que "en el hecho descripto precedentemente se encuentra legalmente acreditado que el imputado Raúl Oscar Galletti, es autor penalmente responsable del mismo".


 Después realizó una extensa explicación sobre el agravante de alevosía, e indicó que "se ha visto que esta singular forma de asesinato suele llevar al análisis de una muerte en un lugar seguro, alejado de toda ayuda externa posible, libre de interferencias, y es lo que se ha certificado en este caso".


 "Basta situarse en el lugar en que el hecho se desencadenó --dijo--, para apreciar que no existe tránsito vehicular, es alejado de toda vivienda, encontrándose cercado por frondosos árboles. Destaco que esta pérfida actitud conlleva toda una representación y elaboración del hecho, que se encuentra generalmente unida a una particular circunstancia: la sorpresa para el sujeto pasivo".


 Y añadió que "este factor también estuvo presente; el victimario llevó a Cao al lugar so pretexto para ir a cortar palos para la plantación de tomate y, una vez allí, sin que este pudiese advertirlo, lo ejecutó de un disparo en el rostro, quitándole toda chance de autodefensa. No existe ninguna duda que el autor ha elucubrado todos los pasos tendientes a la consecuencia habida, elaborando la trama destinada a impedir la reacción de la víctima".


 Con esos fundamentos, se resolvió sentenciar al imputado a la pena de prisión perpetua.