Dieciocho años de cárcel a Rubén Pereira
A la pena de 18 años de prisión fue condenado Rubén Heriberto Pereira (22), hallado culpable, entre otros delitos, del homicidio de Pablo Andrés Quiroz (23), cometido en la noche del 12 de febrero de 2002, en cercanías de la terminal de ómnibus San Francisco de Asís.
El fallo fue dictado por el Tribunal en lo Criminal Nº 3, integrado por los doctores Guillermo López Camelo, Pablo Hernán Soumoulou y Daniela Fabiana Castaño, quienes consideraron al individuo como responsable de los delitos de homicidio en ocasión de robo, hurto calificado y portación de arma de fuego de uso civil sin autorización.
En sus fundamentos, el doctor López Camelo --con la adhesión de sus pares--, ante un planteo realizado por la defensora Paula Balanovsky, y en concordancia con los manifestado por el fiscal Eduardo d'Empaire, sostuvo que el crimen de Quiroz, cometido alrededor de las 23.20, cuando la víctima y su novia transitaban por Drago al 2800, se registró en el marco del intento de robo de la bicicleta que llevaba la víctima.
Durante los alegatos, la defensora del encartado había manifestado que el móvil del atraco aparecía sustentado únicamente en los dichos de Cecilia Barrios, la novia de Quiroz, y que esto resultaba insuficiente para acreditar esa circunstancia.
"La muerte ocurre en el contexto de llevarse a cabo un atentado contra la propiedad. Esto se desprende sin hesitación de los precisos términos de la única testigo presencial. No hay ningún motivo que llegue a sostener otra hipótesis que no fuera el robo; tampoco hay ningún elemento que permita inferir razonablemente que la testigo Barrios haya fraguado el móvil que terminó con la muerte de su novio", señaló el magistrado.
Al declarar durante el debate, la joven afirmó que cuando circulaba junto con la víctima, fueron interceptados por dos sujetos que también se movilizaban en una bicicleta, quienes hicieron caer a Quiroz de su rodado y le exigieron la entrega del mismo.
Agregó que al resistirse al atraco, los malvivientes comenzaron a golpear a Quiroz, hasta que uno de ellos le efectuó un disparo a la altura de las piernas, sin lesionarlo.
Después los ladrones se alejaron con la bicicleta robada, pero la víctima les dio alcance y fue entonces cuando le efectuaron otro disparo, que lo hirió mortalmente en el pecho.
Una vez sucedido ésto, los delincuentes abandonaron la bicicleta y se alejaron en su propio rodado.
Responsabilidad
Seguidamente el magistrado analizó la pretensión de la defensa en cuanto a que las pruebas no eran suficientes para un pronunciamiento condenatorio.
La doctora Balanovsky, en su alegato, había sostenido que en un reconocimiento, la novia del fallecido había indicado que los homicidas tenían tez blanca y uno de ellos era mayor, de unos 30 años, datos que no se correspondían con la fisonomía de su asistido.
Además, agregó que el único elemento que ligaba a Pereira con el crimen, era la declaración de Barrios que, por su singularidad y particular situación afectiva, no podía siquiera "erosionar la presunción de inocencia".
"A despecho de tales argumentos y pese a los ponderables esfuerzos hechos por la defensa, tengo para mí que las pruebas arrimadas son suficientes para atribuir la coautoría de este hecho en cabeza del procesado", señaló el doctor López Camelo, con quien coincidieron los restantes magistrados.
Al tratar los errores en el reconocimiento efectuado por la testigo, el juez dijo: "Torna razonable que cualquiera que pase por una situación semejante pierda precisión en algunos detalles. Sin embargo y como bien apuntara el fiscal, la testigo no estaba empeñada en reconocer a cualquiera sino al autor del hecho".
"Esto se pone en evidencia cuando, al comparecer a un reconocimiento en rueda en que se encontraba el primer sospechoso (Martín Castaño), Barrios no lo sindica y que llegado el momento de hacer la misma diligencia con el imputado, éste se niega, privándose a sí mismo de fortalecer su pretendida ajenidad al hecho", agregó.
Contradicciones
Asimismo, los jueces evaluaron las contradicciones advertidas en las declaraciones de Pereira durante la instrucción y en el debate, así como las discordancias en los testimonios de aquellas personas que, según el acusado, estaban junto a él la noche del crimen, jugando a las cartas, escuchando música y tomando mate.
Durante el debate el procesado señaló haber escuchado a dos individuos que estaban en un patio y decían "qué hacemos..., bardeamos..., vamos a esconder el arma", a quienes dijo haber reconocido por su voz como Jorge Molina y Jonathan Aburto.
Si embargo, en una declaración prestada durante la instrucción de la causa, Pereira había manifestado que la presunta conversación entre Aburto y Molina versaba sobre esconder un arma y un forcejeo con un "pibe" por una bicicleta.
Añadió que al día siguiente se enteró del homicidio y que a la semana relacionó esto con lo escuchado en el patio de su cada, dándose cuenta --dijo-- que los individuos habrían matado a Quiroz.
Por otra parte, ante el tribunal, el sujeto expresó que a Aburto lo conocía del barrio y que casi no tenía trato con él, pero un policía que declaró como testigo y que fue comisionado para detener a Pereira cuando había buscado refugio en Comodoro Rivadavia, expresó que el imputado vivía con su novia y con Aburto, quien también fue arrestado por tener orden de captura.
"Esto descarta no sólo la pretendida relación superficial, sino que desmiente su versión en cuanto a que luego del hecho, el mentado... (por Aburto) había abandonado el barrio y lo vuelve a ver a los dos meses, 'como si nada hubiese pasado'", sostuvo el doctor López Camelo.
Luego se analizó la coartada consistente en una supuesta reunión con amigos realizada en una casa de la calle 1810 y sobre la que existieron diversas "discordancias" en los relatos.
"Opino que la aludida reunión, si existió, no fue con la presencia de Pereira, y si éste la compartió, no lo fue al momento en que se sucedieron los hechos, porque a esa hora el imputado es ubicado a varias cuadras del lugar", expresó el magistrado.
Otros hechos
El tribunal, en otro orden, consideró acreditada la intervención responsable del encausado en otros hechos, tales como el hurto de una motocicleta y la portación indebida de un arma de fuego.
El primero de ellos se registró el 31 de mayo de 2002, a las 19.40, en Angel Brunel 1280, de donde fue sustraído un ciclomotor Juki, de color negro, perteneciente a Rubén Darío Trejo.
En esa ocasión, Pereira fue sorprendido in fraganti y retenido por familiares del damnificado, hasta que llegó la policía, mientras que un cómplice logró escapar con el rodado malhabido.
También se estableció que el 11 de abril de 2001, aproximadamente a las 18.30, en Chiclana al 1800, el sujeto fue interceptado cuando portaba una pistola calibre 22, con proyectiles y la numeración limada.
Agravantes
Como agravantes, los jueces tuvieron en cuenta la pluralidad de sucesos delictivos de los que participara el procesado, la nocturnidad en la comisión de dos de los hechos y la pluralidad de intervinientes.
También se citaron el modo de comisión de los hechos relatados, demostrativo de la extrema violencia empleada, el absoluto desprecio por la vida humana, la juventud del encausado --"que pone de manifiesto la precocidad en abrazar el camino del delito violento"-- y el regular concepto del sujeto.
Investigación. Tal como lo solicitara el fiscal Eduardo d'Empaire, el tribunal dispuso dar traslado a la Unidad Funcional de Instrucción en turno, de los testimonios de Soledad Daiana Morales, Betiana Silvia Carrasco, Ariel Angel y Martín Ezequiel Pedernera, ante la posibilidad de que hayan mentido cuando afirmaron haber estado con Pereira la noche del crimen.
Sensaciones tras la lectura del fallo
Una vez finalizada la lectura del fallo y tras la condena de Pereira por el homicidio, la madre de Pablo Quiroz agradeció a los jueces y al fiscal por su actuación, mientras que la progenitora del acusado rompió en llanto y se lamentó por la pena impuesta a su hijo.
Delia Hernández de Quiroz, una vez que dejó la sala de audiencias del quinto piso del Palacio de Justicia, habló con la prensa y exteriorizó sus emociones.
"Gracias a Dios se llegó al esclarecimiento del caso. Durante todo este tiempo recurrí a mi fe para poder seguir y no bajar los brazos", dijo.
"Nunca quise que pagara por esto alguien que no lo hizo. Si hubiéramos deseado eso, habríamos dejado que pagara Martín Castaño, a quien arrestaron primero", agregó.
Finalmente, manifestó sentir dolor por la familia del encausado, "porque están pasando por lo mismo que sentimos nosotros cuando mataron a Pablo. Si su hijo lo hizo, debe pagarlo ante la justicia".
Delia también afirmó que algunos familiares de Pereira les habrían proferido frases amenazantes, por lo que pidió seguridad, especialmente para quien fuera novia de su hijo y principal testigo de cargo.