Simplifican trámites contables y acceso a la exención de Ganancias a asociaciones civiles bonaerenses
La medida busca reducir la carga administrativa de clubes de barrio, centros de jubilados y sociedades de fomento.
Las asociaciones civiles de la provincia de Buenos Aires podrán presentar un esquema de gastos simplificado que les facilitará el acceso a la exención del Impuesto a las Ganancias.
A través de la Resolución General Conjunta 5840/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) lanzaron un régimen de simplificación contable.
La medida busca que las asociaciones civiles con menores recursos, como clubes de barrio, centros de jubilados y sociedades de fomento, puedan regularizar su situación institucional y mantener sus beneficios impositivos bajando la carga administrativa.
Hasta ahora, muchas de estas instituciones enfrentaban dificultades para mantener la exención del Impuesto a las Ganancias debido a la complejidad de los estados contables exigidos. Con esta nueva normativa, las entidades de la "Categoría 1" podrán cumplir sus obligaciones mediante un modelo sencillo de Estado de Recursos y Gastos.
La resolución está dirigida a las asociaciones civiles con sede en territorio bonaerense que se encuentran bajo la Categoría 1 de la DPPJ.
Los requisitos para pertenecer a este grupo son:
- Bajos ingresos: tener ingresos anuales que no superen el monto equivalente a la Categoría H del Monotributo (Régimen Simplificado).
- Escala social: poseer una cantidad acotada de asociados (según la segmentación técnica de la Disposición 45/15).
- Fiscalización: es requisito indispensable que la entidad cuente con un órgano de fiscalización interno.
Las entidades beneficiadas ya no estarán obligadas a confeccionar estados contables de alta complejidad. En su lugar, presentarán un Estado de Recursos y Gastos, que funcione como fiel reflejo de sus libros. Este documento deberá ser aprobado por la Asamblea General Ordinaria y presentado ante la DPPJ dentro de los 120 días corridos del cierre del ejercicio.
Tras aprobar la documentación, el organismo provincial informará directamente a ARCA mediante una declaración jurada electrónica (Formulario 1266) y se activará en el sistema del ente nacional el código "(584) - Asociaciones Civiles - BUENOS AIRES", facilitando el reconocimiento de la exención de Ganancias sin trámites adicionales.
La normativa también permite regularizar deudas de años anteriores. Aquellas asociaciones que deban balances de ejercicios pasados podrán ponerse al día utilizando este nuevo modelo simplificado.
Al fundamentar la decisión, los organismos destacaron que las asociaciones civiles cumplen una "función social de protección, contención, integración y tutela de los derechos de la ciudadanía y constituyen un universo que presenta una composición heterogénea en cuanto al nivel de actividad y capacidad económica”, que exigía un trato diferenciado por parte del Estado.
Asimismo, remarcaron que el objetivo es “propender al desarrollo de instituciones sólidas, transparentes y sostenibles en el cumplimiento de sus objetos sociales y en beneficio del bien común de la sociedad”.
La medida se aplica para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025, pero la opción de regularización para periodos previos ya se encuentra habilitada desde la publicación de la resolución. (NA)