Bahía Blanca | Jueves, 26 de marzo

Bahía Blanca | Jueves, 26 de marzo

Bahía Blanca | Jueves, 26 de marzo

Viedma: rechazan reclamo millonario en relación con el arreglo de un auto

En el marco de la Ley del consumidor, la Justicia probó que un mecánico asesoró bien al demandante sobre la falla en la bomba inyectora y quiénes hacían esa reparación en el país, pero el cliente envió a arreglar la pieza a España.

Según el fallo, el mecánico en Viedma asesoró adecuadamente al cliente que lo demandó.

La Justicia Civil y Comercial de Viedma rechazó casi en su totalidad una demanda por más de $ 17 millones presentada por el dueño de un auto, quien había planteado que su rodado fue reparado de manera defectuosa en un taller de la capital de Río Negro, donde además el coche al parecer se deterioró.

Sin embargo se probó que el mecánico lo asesoró correctamente sobre la falla en la bomba inyectora y quiénes hacían ese tipo de reparación en este país, pero el demandante envió la pieza para su arreglo en un establecimiento en Europa, que conoció mediante Mercado Libre.

El juez rionegrino que firmó el fallo desestimó el reclamo millonario y ordenó el pago al actor de $ 376.740 en concepto de resarcimiento por el daño moral producto de la pérdida de la llave del vehículo mientras permaneció en el taller viedmense.

El hecho ocurrió en 2021, cuando el involucrado llevó su Ford Focus al mecánico por un desperfecto eléctrico que afectaba el encendido del motor y le adelantó dinero por el diagnóstico.

Luego de un tiempo y como consecuencia de lo que a su entender era una "clara" falta de respuesta del tallerista, el cliente denunció presuntas irregularidades como que el automóvil estuvo "inmovilizado" durante meses y que lo desarmaron "parcialmente" sin su permiso.

Agregó que el Focus no volvió a funcionar después de retirarlo del taller, enmarcó su reclamo en la Ley de defensa del consumidor y exigió indemnización por daño directo estimada en casi $ 16 millones, una compensación por daño moral por 1,2 millones y una sanción por daño punitivo, lo que totalizaba aproximadamente $ 18 millones.

 

 

El mecánico dijo que inicialmente le informó al cliente que era necesario intervenir el módulo de la bomba inyectora, una tarea que no podía realizarse allí.

Acotó que se le recomendó enviarla a "especialistas calificados en Mar del Plata o Pehuajó", pero el cliente decidió por su cuenta "enviar la pieza a reparar a un proveedor en España que encontró por Mercado Libre".

Después de remitirla al país europeo donde aparentemente se reparó, la autoparte fue reinstalada en el Focus aunque el auto siguió sin funcionar.

El mecánico afirmó que "el repuesto no había sido arreglado correctamente y que se insistió en esa línea sin éxito", y que al propietario del coche "se le entregó una batería nueva para evitar mayores reclamos".

 

El mecánico le entregó al cliente una nueva copia codificada de la llave del auto,  por el extravío de la original en el taller.


Durante el proceso judicial, la prueba documental y testimonial reveló "importantes contradicciones" en la postura del actor.

El juez opinó que la parte demandante "no logró acreditar una prestación defectuosa por parte del taller, ya que no pudo demostrar que el repuesto enviado al extranjero estaba efectivamente en condiciones de uso".

Al respecto, el decisorio destacó que fue el propio cliente quien "desoyó las recomendaciones técnicas y optó por contratar un proveedor ajeno a los sugeridos por el prestador del servicio".

"La carga probatoria sobre la calidad del repuesto recaía, por tanto, sobre el actor, que no pudo cumplirla", se indicó en el fallo.

"En cambio, el único aspecto del relato que se tuvo por acreditado fue el extravío de la llave del vehículo durante el tiempo que permaneció en el taller".

Si bien el tallerista la repuso, el representante del Poder Judicial consideró que hubo una "demora injustificada y cierta informalidad" en el trato hacia el consumidor, lo que justificó una compensación por daño moral.

Por tal motivo se estableció una indemnización de $ 376.740, con intereses.

Acerca del reclamo por daño directo y el pedido de aplicación de una multa por daño punitivo, el juez los rechazó al argumentar que "no se había probado un incumplimiento que justificara semejantes rubros y que no se configuró una conducta dolosa ni un enriquecimiento indebido que habilitara una sanción ejemplar".

El fallo, por último, añadió que la responsabilidad objetiva prevista por la ley de consumo "no alcanza a cubrir los efectos de decisiones adoptadas unilateralmente por el consumidor, como enviar una pieza a reparar al extranjero sin aval técnico".

Otro caso, a la inversa

Resarcimiento. En 2024, el juzgado de Paz de Viedma condenó al mecánico Ariel Huenulef a pagarle más de $ 530 mil, e intereses, a un cliente que llevó su auto al taller para reparar el sistema de arranque.

Fallas. El mecánico al parecer reparó el coche, que su dueño retiró del taller luego de pagar $ 500 mil, pero los desperfectos en el Fiat Uno continuaron.

Fundamento. De acuerdo con el juez interviniente, en este caso no se acreditó que el mecánico le haya informado al cliente "de manera adecuada" sobre la posibilidad de "no dar solución efectiva al desperfecto", lo que constituye "una violación al principio de buena fe contractual y al derecho a la información del consumidor".