Baja en la edad de punibilidad: ¿Bahía está lista para una reforma?
Cuáles son los centros de alojamiento de menores en conflicto con la ley penal y cuál es su situación. La promesa de una dependencia especializada que nunca se concretó.
Periodista especializado en la cobertura de temas judiciales y policiales desde 2010, con 20 años de actividad en La Nueva. Producción de información sobre causas y juicios, muchos de ellos con gran repercusión local, nacional e internacional. Egresado del Instituto Superior en Ciencias de la Comunicación Social, de esta ciudad.
Delitos graves cometidos por adolescentes, como el homicidio de la pequeña Kim Gómez en La Plata, renuevan el clamor de una parte de nuestra sociedad que reclama la baja de la edad de punibilidad como solución al problema de la delincuencia a manos de menores.
La presentación en el Congreso de más de una decena de proyectos de ley para reformar el régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, entre ellos el del gobierno nacional, constituye el principal factor de presión a los efectos de materializar la propuesta.
El plan del presidente Javier Milei prevé reducir de 16 años a 13 la edad para aplicar penas privativas de libertad a chicos autores de ilícitos que contemplan este tipo de condenas.
Sin embargo, actualmente en Bahía -y más allá de la grave contingencia que se afronta por las devastadoras inundaciones- la eventual medida restrictiva es inviable como consecuencia de al menos tres circunstancias.
Una es la saturación en el pabellón de la cárcel de Villa Floresta donde se aloja a jóvenes adultos (mayores de 18 años), que cumplen condenas por hechos delictivos consumados mientras eran menores de edad.
También es constante la falta de cupos en el centro de recepción del instituto Valentín Vergara, donde los adolescentes que delinquen no pueden permanecer más de 5 días.
El otro aspecto que conspira contra la posible implementación de la medida en esta ciudad es la carencia de un centro especializado en menores en conflicto con la ley, obra que se anunció durante distintos gobiernos pero nunca se concretó por la falta de oferentes luego del llamado a licitación.
La capacidad en todos los centros de alojamiento de menores de la provincia de Buenos Aires no superaría los 1.000 cupos, según estimó un vocero judicial bahiense.
Natalia Giombi, jueza del mencionado fuero local, opinó que el descenso de la edad de punibilidad implica la necesidad de políticas públicas “efectivas” para abordar las situaciones “complejas” que atraviesan estos jóvenes, muchas veces vinculadas con adicciones.
“Para dar respuesta a la situación del delito como Poder Judicial, disponemos las medidas a tomar: la pena o la sanción. Si es una pena privativa de la libertad, se necesitan lugares de alojamiento que en Bahía no tenemos. Tampoco contamos con dependencias para quienes cumplen su pena libres”, remarcó Giombi.
“Esta posible baja de la edad requiere una decisión de política criminal que el Estado entenderá que es viable, pero la solución son políticas públicas para también hacer efectivos derechos y garantías. No para proteger ni salvar a estos adolescentes, sino para, con la misma pena, evitar que vuelvan a delinquir”, agregó.
Según la magistrada, el encierro total de estos chicos no resolverá la problemática y al respecto aclaró que la pena perpetua está prohibida en nuestro país.
El régimen penal juvenil funciona con condenas máximas de 15 años, pero -remarcó- “hay que seguir trabajando con esos adolescentes” pese a que se les imponga ese monto de pena.
“No los ‘tiramos’ en un lugar por más grave que haya sido el delito y la tragedia que hayan provocado. Con ellos hay que trabajar y ejecutar una pena, sanción o medida, para lo cual inexorablemente se necesita que desde el Ejecutivo se instrumenten políticas públicas que cumplan con esas medidas”, sostuvo Giombi.
“Bajar la edad de punibilidad no es la única medida necesaria para solucionar la conflictividad de niños, niñas y adolescentes con la ley penal. Hasta con los adultos (presos) comprobamos que el encierro no es la única salida a la cuestión de la seguridad, ni agravar las condiciones de las normas.
“Podemos disponer ciertas medidas restrictivas de la libertad contra las personas que delinquen, pero si no tenemos lugares de alojamiento, desde el Poder Judicial no podemos hacer mucho, más allá de que uno intente dar la respuesta más extrema que la sociedad supuestamente está pidiendo”.
“Te diría que estoy de acuerdo con bajar la edad, pero que el Estado me diga cómo trabajar con esos chicos que a los 13 años delinquen”, continuó Giombi.
Medidas de seguridad
Para los jóvenes no punibles (menores de 16) que delinquen, la ley procesal bonaerense establece hoy una “medida de seguridad”, que es la privación de la libertad, discutida por algunos desde el punto de vista constitucional.
“No es prisión preventiva porque ese chico no ingresa al proceso penal propiamente dicho por tener menos de 16 años. Santa Fe, Entre Ríos y Catamarca tienen en sus leyes procesales específicamente determinado que con los adolescentes no punibles no se puede tomar una medida de encierro”, explicó Giombi.
En el ámbito provincial hay unos 600 chicos encerrados (entre 16 y 18 años o más) y aproximadamente 50 adolescentes no punibles privados de libertad.
De sancionarse, la ley tendría alcance nacional por tratarse de una cuestión de fondo.
“Sería como el Código Penal de las niñas, niños y adolescentes que delinquen. Lo que cada una de las provincias tiene que instrumentar es el Código Procesal, el procedimiento. La provincia de Buenos Aires lo tiene hace más de 15 años (ley 13.634)”, señaló.
“Por ahora hay 12 provincias que tienen su Código Procesal para los delincuentes adolescentes”, finalizó Giombi.
Menos del 1%
De acuerdo con el análisis de Rodrigo Morabito, juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil en Catamarca, los delitos cometidos por menores de 16 años representan menos del 1 por ciento a nivel nacional.
“Bajar la edad de punibilidad no disminuirá la delincuencia, ya que esta medida genera una falsa expectativa en la sociedad respecto al rol de la ley penal. Existen sobradas muestras de ello”, publicó Morabito en la red social X.
“Se quiere bajar la edad de punibilidad a 14 años sin tener en cuenta que en septiembre se reportó que el 66% de los adolescentes de esa edad vive en situación de pobreza, lo que equivale a aproximadamente 7 millones de niños y adolescentes afectados en el país”, siguió el posteo.
“Evidentemente, la franja de los 14 años para abajo es una de las más afectadas por la pobreza y el consumo problemático de drogas”.
“Se quiere legislar siempre por lo que ocurre en dos o tres provincias para el resto del país. Pero no es lo mismo lo que ocurre respecto del delito juvenil en Buenos Aires, Córdoba o Santa Fe, que lo que sucede en otras provincias. Vivimos en un país federal con realidades distintas”, reflexionó el juez.
El representante del Poder Judicial también comparó la problemática de nuestro país con el delito juvenil en Estados Unidos, un país “conformado por Estados, cada uno con edades (de punibilidad) más bajas que Argentina y mayor índice de delito juvenil”.
“Es un sistema penal diametralmente distinto al nuestro y, a pesar de las altas tasas de encarcelamiento y leyes duras, no ha bajado el delito”, concluyó Morabito.
La posición de Milei
La postura de Milei es que “quienes son lo suficientemente conscientes para cometer crímenes de adulto, paguen las consecuencias como adultos”.
En el proyecto del Poder Ejecutivo también se debate qué tipo de delitos cometidos por menores deberían ser punibles, qué penas de prisión se aplican, qué otros castigos alternativos se prevén y qué medidas de resocialización se deberían especificar en la normativa para evitar que reincidan una vez que cumplan su condena.
La propuesta gubernamental pretende introducir sanciones alternativas como amonestaciones, prohibición de contacto o acercamiento a la víctima, de salir del país o del lugar de residencia y de conducir vehículos, monitoreo electrónico y prestación de servicios a la comunidad, entre otras.
También impide imponer al menor una pena de prisión perpetua, siendo 20 años el máximo de cárcel.
Además de la cárcel y el domicilio, el proyecto propone otros lugares para el cumplimiento de la pena como un instituto abierto o un centro especializado de detención de menores.
¿Existe un "plan canje"?
Cupo forzado. Algunas veces la falta de cupo en estas instituciones de alojamiento de menores en conflicto con la ley penal obliga a jueces a recurrir al llamado “plan canje”.
Maniobra. Un informante judicial reconoció que “cuando hay hechos graves en el Gran Buenos Aires, el juez que tiene que dejar detenido a un menor (está prohibido su alojamiento en comisarías) busca en un instituto a un menor que haya cometido un delito más leve y ‘canjea’ el cupo”.
Delitos. “El adolescente autor del delito más leve (homicidio) se va a prisión domiciliaria y el que consuma el ilícito más grave (homicidio agravado) va al instituto. El juez fuerza el cupo por una cuestión de capacidad de los lugares de alojamiento”, reconoció el informante.