Bahía Blanca | Miércoles, 05 de noviembre

Bahía Blanca | Miércoles, 05 de noviembre

Bahía Blanca | Miércoles, 05 de noviembre

Inundaciones: productores de 19 distritos bonaerenses tendrán exenciones impositivas de ARBA

Comprende exenciones y prórrogas del Inmobiliario Rural para explotaciones con más del 50 % de afectación.
 

Cristian Girard, director de ARBA. Foto: NA

Un total de 19 municipios de la provincia de Buenos Aires afectados por las inundaciones se encuentran bajo un régimen de exención impositiva y prórroga del Impuesto Inmobiliario Rural, según precisó la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA).

Los beneficios alcanzan a explotaciones con más del 50 % de afectación.

El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, subrayó que “estos beneficios están dirigidos exclusivamente a quienes desarrollan la actividad agropecuaria como principal fuente de ingresos y vieron comprometida su producción por inundaciones o sequías”. Y agregó: “Nuestra tarea es acompañar a los sectores que producen, generando alivio fiscal en situaciones de emergencia, con una mirada justa y solidaria del sistema tributario”.

Puntos clave del beneficio

Beneficiarios: productores agropecuarios cuya actividad principal fue afectada por inundaciones o sequías.

Condición: acreditar al menos un 50 % de afectación (emergencia) o un 80 % (desastre).

Beneficios: exenciones y prórrogas del Impuesto Inmobiliario Rural.

Adicional: reprogramación de obligaciones crediticias con el Banco Provincia y suspensión de ejecuciones fiscales por seis meses.

Municipios alcanzados

Los 19 distritos alcanzados por las declaraciones de emergencia y/o desastre agropecuario son:

-Bolívar
-Carlos Casares
-Chacabuco
-Chivilcoy
-General Alvear
-General La Madrid
-General Viamonte
-Guaminí
-Hipólito Yrigoyen
-Junín
-Las Flores
-Monte
-Nueve de Julio
-Puan
-Saladillo
-Tapalqué
-Tornquist
-Trenque Lauquen
-25 de Mayo

Los productores afectados deben gestionar el certificado de emergencia o desastre ante el Ministerio de Desarrollo Agrario.

Los requisitos son presentar la documentación respaldatoria de la explotación y la constancia de inscripción en ARCA (que acredite el ejercicio de la actividad agropecuaria).

Una vez que la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario (CEDABA) analiza la documentación y aprueba la declaración, ARBA aplica de manera automática las exenciones o prórrogas sobre el Impuesto Inmobiliario Rural.

"Estos beneficios están dirigidos exclusivamente a quienes desarrollan la actividad agropecuaria como principal fuente de ingresos".

Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA.

Girard también destacó el trabajo coordinado entre los equipos provinciales y municipales para un monitoreo técnico riguroso, asegurando que los beneficios se definan "de forma transparente y equitativa".