Cuatro años de cárcel por robar en una heladería con una pistola de plástico
Francisco Román Galán fue sentenciado por un delito registrado el pasado 13 de junio en un local ubicado en Castelli al 3.100.
“No quiero hacerles nada, dame la plata”, le dijo un delincuente a un empleado de una heladería ubicada en la zona de Villa Irupé, a quien amenazó con un arma y le sustrajo unos 61 mil pesos de la recaudación.
A partir de una cámara privada la Policía detectó que al escapar el sujeto arrojó la pistola debajo de un automóvil. Lograron hallarla y descubrieron que se trataba de una réplica de plástico.
Hasta allí parecía que todo había salido a pedir del ladrón, aunque no tomó en cuenta que poco después de consumar el robo fue filmado por otro sistema de seguridad, lo que permitió que los investigadores pudieran reconocerlo.
Por el caso, la jueza del Tribunal en lo Criminal Nº 3, Daniela Fabiana Castaño, condenó en un juicio abreviado a Francisco Román Galán a 4 años de prisión.
Previamente, la fiscalía y el defensor acordaron la calificación legal y la pena, con la aceptación del acusado.
La magistrada unificó la sanción con una sentencia que le impuso el Juzgado Correccional Nº 4, el 22 de marzo de 2023, por desobediencia (4 hechos) y violación de domicilio, determinando una pena definitiva de 4 años y medio de cárcel.
Quedó acreditado que el pasado 13 de junio, minutos antes de las 22, un sujeto ingresó al comercio de la firma Grido situado en Castelli al 3.100 y redujo a dos empleados, a quienes amenazó con un arma y los despojó del dinero de la caja registradora.
Las víctimas describieron que el asaltante accedió con su rostro cubierto con el pulóver verde que llevaba colocado. También vestía pantalón negro y zapatillas del mismo color con suela blanca.
Agregaron que tenía contextura delgada y pudieron observar sus ojos. Consideraron además que estaba muy tranquilo y les dijo que no quería lastimar a nadie, que su único objetivo era la plata que había en el local.
Mencionaron que le indicaron al ladrón que había cámaras en el negocio, aunque les respondió que “no le importaba”.
Más filmaciones
Un vecino del sector aportó a la investigación las imágenes de sus cámaras de seguridad, donde se observó al autor del robo arrojando un elemento debajo de un automóvil estacionado en la vía pública.
Los policías buscaron en el sitio y secuestraron el arma de plástico utilizada para amedrentar a los trabajadores de la heladería.
Las prendas que llevaba colocadas el sujeto coincidían con la descripción brindada por las víctimas.
Una hora después del robo, el imputado fue captado por una cámara situada en Suiza al 400, caminando sin la gorra colocada, con el mismo pantalón y una bolsa en la mano.
La jueza Castaño tuvo en cuenta la declaración de un efectivo policial que reconoció a Galán cuando en un momento de la filmación gira y observa el rostro.
Poco después, el acusado fue aprehendido por efectivos de la seccional Séptima.
Los uniformados secuestraron elementos de importancia para la investigación durante un allanamiento realizado en una vivienda de Gallego Mora al 3.100.
Entre los objetos se encontraba un par de zapatillas (negras con puntera y suela de goma de color blanco) y un pantalón deportivo que fueron reconocidos por los damnificados.
Por otra parte, uno de ellos identificó al imputado durante un reconocimiento fotográfico, ya que el procesado rechazó someterse a una rueda de personas.
Pruebas sólidas
La magistrada valoró los elementos recolectados durante la investigación para determinar la responsabilidad del acusado.
“Galán ha quedado registrado en las cámaras de seguridad, no solamente del local comercial, sino en las imágenes de la cámara de un vecino, donde se lo puede ver descartándose del arma finalmente secuestrada”, indicó la jueza en la resolución.
Agregó que el individuo fue aprehendido vistiendo las mismas prendas y zapatillas que llevaba colocadas al momento del hecho.
Destacó que la persona que le entregó el dinero al delincuente que ingresó al comercio lo señaló durante la exhibición de fotografías.
Castaño refirió que “la autoría y penal responsabilidad de Francisco Román Galán surge sin duda alguna de los elementos recabados en la causa”.
Por todo ello, lo halló culpable del delito de robo agravado por el uso de arma de utilería, en los términos de los artículos 166 inciso 2º, tercer párrafo, del Código Penal.