Bahía Blanca | Viernes, 03 de abril

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Seguirá preso expolicía que vendía drogas y veneraba a San La Muerte

La Justicia le rechazó la detención domiciliaria en Punta Alta a Hugo Tello, quien fue condenado a 4 años y medio de prisión, al igual que su mujer, quien fue madre hace poco y sí recibió el beneficio. 

En diciembre de 2019, un operativo generó, por dos razones, fuerte repercusión en Punta Alta.  

Se descubrió, por un lado, que un policía supuestamente se dedicaba a vender drogas y, por otro, que el mismo uniformado tenía en su casa un santuario con figuras de San La Muerte, un santo pagano al que se le puede pedir que realice un mal o un daño.

Se trata Hugo Daniel Tello, exsubteniente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, quien cumple una condena a 4 años y medio de prisión y busca salir de la cárcel, pero por ahora sin éxito.

La Justicia acaba de confirmar el rechazo a la detención domiciliaria que solicitó su defensa, encabezada por el abogado Ramón De Dios.

Lo hizo la Sala I de la Cámara Penal, con los votos de los jueces Pedro Morán y Gustavo Barbieri, quienes ratificaron la decisión del juez de Ejecución Penal Nº 1, Claudio Brun.

De Dios consideraba que en la medida había "exceso de rigorismo formal" y que la pareja de Tello -Verónica Elizabeth Sánchez Erneta y también condenada por el comercio de estupefacientes- cursaba un embarazo de riesgo, por lo cual necesitaba compañía y ayuda para la crianza de sus hijos, uno de ellos de 5 años.

Por otro lado explicó que el expolicía detentaba conducta 10 y que ya gozaba del beneficio de salidas transitorias durante 48 horas semanales, cumpliendo un total de 21 y siempre mostrando comportamiento ejemplar.

Sin embargo, a partir del Sistema Informático Augusta (actuaciones del 20 de marzo pasado) se conoció que el parto de Sánchez Erneta fue debidamente programado y el nacimiento de su hijo se produjo un día después en el hospital Penna.

Incluso se aclaró que Tello fue autorizado -por salida extraordinaria- a fin de concurrir al momento del alumbramiento.

Los camaristas explicaron que las circunstancias alegadas, y sin perjuicio de que las mismas no subsisten a la fecha, "no resultan condición suficiente para incluir al penado en el régimen, ni conllevan -tampoco- motivos que justifiquen un apartamiento de los supuestos previstos en la normativa de aplicación".

Agregaron que el único fundamento para pedir la domiciliaria era el embarazo de riesgo de su mujer, aunque el parto ya había sucedido al momento de analizar la cuestión, con lo cual se desestimó el planteo.

"Las circunstancias oportunamente invocadas no permiten encuadrar su situación en ninguno de los supuestos previstos por la normativa para su concesión (artículo 10 del Código Penal, artículo 19 de la Ley 12.256 y artículo 32 de la Ley 24.660)", agregaron los jueces.

La sentencia

En abril de 2022, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 le impuso penas de 4 años y 6 meses de prisión a Tello y a su pareja, por tenencia de drogas con fines de comercialización.

Según la causa, personal policial encontró cocaína en poder de la mujer en medio de un procedimiento que se realizó el 19 de diciembre de 2019, cuando estaba a bordo de un vehículo en la calle Mitre 34 de Punta Alta, presuntamente realizando una transacción al menudeo. Tenía 15,7 gramos de cocaína fraccionada y el comprador, 300 pesos.

Además, encontraron cocaína durante el allanamiento a la casa ubicada en Boulogne Sur Mer al 500, de la misma ciudad, donde vivía ella junto a Tello.

En la vivienda secuestraron 23 mil pesos en efectivo (pesos y dólares), celulares, más cocaína, balanzas de precisión, una procesadora con restos de droga, anotaciones de los consumidores y otros elementos.

En medio de la requisa llamó la atención el descubrimiento, en un mueble blanco, de una especie de santuario de San La Muerte, con figuras y dinero a su alrededor.

Y otro dato sorpresivo fue la presencia en los fondos de la propiedad de perros raza dogo, una especie de establo con 3 caballos pura sangre y un corral con lechones y gallinas, así como una piscina de amplias dimensiones y otros 3 vehículos, además de la Ford Ranger en que había sido interceptada la mujer.

Tello fue capturado 4 días después del primer operativo.

El tribunal consideró acreditado que tanto Sánchez Erneta como Tello son coautores penalmente responsables del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado en el caso del último por tratarse de un funcionario público.

Revés para el autor de un crimen en un bar

La misma Cámara Penal, pero en otra causa, rechazó las salidas transitorias para Charlie Luciano Ossés Muñoz, condenado por un homicidio registrado en octubre de 2017 en el barrio Vista al Mar.

Víctima de aquel hecho resultó José Alejandro Toledo, a quien le dispararon en el interior de un bar ubicado en Fortín Carhué al 400.

La defensa oficial de Osses Muñoz pretendía el beneficio al entender que su asistido cumple con los requisitos legales y tiene dictamen favorable del Departamento Técnico Criminológico del Servicio Penitenciario Bonaerense, pero tanto el Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 como la Cámara lo desestimaron.

La Justicia consideró que los informes psicológicos de la Asesoría Pericial Departamental demuestran que "el discurso (del acusado) no trasciende el plano manifiesto, no hay elaboración de los aspectos propios y dificultades que motivaron los hechos de autos" y que tiene "autocritica limitada".

Si bien consideraron que las conclusiones carcelarias dan muestra de "una evolución", esas circunstancias "resultan insuficientes" para tener por cumplidos -tal como supone la defensa- todos los requisitos establecidos por el legislador para la procedencia del beneficio".