Bahía Blanca | Miércoles, 03 de septiembre

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Indagan a un conductor por un choque fatal registrado en enero

El fiscal Cristian Aguilar le recibe declaración a Fabricio Peralta, acusado por una colisión en la ruta 3 sur y Charlone entre una Nissan Frontier y una moto. El siniestro vial terminó con un joven fallecido y otro herido de gravedad.

La máxima en ese tramo es de 60 km/h, pero en el cruce (con Charlone) debe reducirse a la mitad.

Con “elementos de convicción suficientes” para acreditar el hecho, el fiscal Cristian Aguilar indagará en dos semanas al conductor de una camioneta involucrado en un choque que se registró hace 10 meses en el barrio Vista al Mar, donde un motociclista perdió la vida y su acompañante sufrió la amputación parcial de una pierna.

Fabricio Exequiel Peralta está siendo investigado en vinculación con los delitos de homicidio culposo agravado (por la conducción imprudente de un vehículo automotor y exceso de velocidad), y lesiones culposas gravísimas agravadas por las mismas circunstancias.

A raíz de la violenta colisión producida en Charlone y la ruta 3, Sebastián Leonardo Insabraldis (26) resultó con heridas graves que provocaron su fallecimiento, mientras que a su acompañante, Rodrigo Nicolás García (28), le tuvieron que amputar parte de la pierna izquierda.

La indagatoria se hará el próximo jueves 14 a las 9.30, a través de videoconferencia por WhatsApp.

 

 

El siniestro vial sucedió aproximadamente a las 23.30 del domingo 15 de enero pasado, cuando los ocupantes de la moto se dirigían a cumplir con su jornada laboral en el complejo del balneario Maldonado, ubicado en las cercanías.

“No importa quién chocó a quién, porque lo que se imputa (a Peralta) es el exceso de velocidad”, explicó Aguilar, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1, especializada en la investigación de delitos culposos (se cometen sin intención).

 

 

El acusador tiene probado, en principio, que Peralta “violó los deberes de cuidado exigidos a la hora de conducir vehículos automotores en la vía pública”, al movilizarse en una Nissan Frontier -patente HGD 095- de manera descuidada, “sin prevención y con exceso de velocidad”.

Según consta en la causa, el automovilista circulaba como mínimo a “87,56 kilómetros por hora en una zona de 60 km/h de velocidad máxima (indicada con carteles) y 30 km/h de velocidad máxima a la altura del cruce de caminos”.

Como consecuencia de su conducta imprudente, Peralta “colisionó contra la motocicleta Guerrero, dominio 024 KYZ, conducida por Insabraldis, quien circulaba por Charlone en sentido ascendente, acompañado por García, y se disponía a trasponer la ruta 3”.

Falla multiorgánica

El motociclista murió por una “falla multiorgánica y shock hipovolémico por traumatismo cerrado de tronco” producto del impacto y su acompañante tuvo fracturas de pelvis, fémur (expuesta), tibia y peroné izquierdos, sacro, huesos de la nariz y de la órbita del ojo izquierdo.

Estas lesiones se clasificaron como “gravísimas” y derivaron en la amputación infrapatelar de la pierna izquierda de García.

 

 

“Existen elementos de convicción suficientes respecto de homicidio culposo y lesiones culposas gravísimas agravados por la conducción de vehículo automotor y exceso de velocidad, en concurso ideal de delitos, y motivo bastante para sospechar que Peralta es prima facie autor penalmente responsable”, se indica en las actuaciones de la fiscalía.

Entre las pruebas con las que cuenta el fiscal, figuran las imágenes captadas ese día por cámaras de seguridad del Centro Único de Monitoreo (CeUM) municipal, informes de peritajes accidentológico, mecánico y médico, resultados de la autopsia practicada al cuerpo de Insabraldis, declaraciones testimoniales, actas del procedimiento policial, inspección ocular y croquis ilustrativo, como también planos y fotografías de la escena del choque y demás documentación.

Después de la indagatoria a Peralta (el acusado tiene derecho a no declarar), el fiscal Aguilar estaría en condiciones de requerir a la justicia de Garantías la elevación de la causa a juicio oral.

De 2 a 6 años de cárcel

Negligencia. El artículo 84 bis del Código Penal prevé que “será reprimido con prisión de 2 a 5 años e inhabilitación especial, en su caso, por 5 a 10 años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte”.

 


Velocidad. La pena de prisión aumentará de 3 a 6 años si (...) la persona “estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de 30 km/h por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho”.