Un fallo abre la discusión sobre los paravalanchas en los estadios de fútbol
La Cámara Civil local condenó a un club y a la Liga del Sur por la caída de una mujer en la tribuna visitante de Comercial, donde las gradas tienen menos de 10 escalones de altura, mínimo reglamentado para esa exigencia.
La confirmación por parte de la Cámara Civil del fallo condenatorio contra el club Puerto Comercial y la Liga del Sur, tras la demanda de una mujer que se lesionó en la avalancha por el festejo de un gol en una tribuna del estadio whitense, encendió el debate sobre los paravalanchas en los estadios de fútbol bahienses.
El hecho se registró en julio de 2004, cuando la demandante cayó al piso en medio de empujones producto de una anotación en el partido entre Comercial y Bella Vista y, por la falta de barandas de contención en las gradas, se fracturó una mano.
La polémica en torno del caso, que podría sentar precedente, tiene origen en que, por un lado, rige una reglamentación que exige la colocación de paravalanchas en tribunas con más de 10 escalones pero, por otro, la resolución judicial “imputa responsabilidad a los clubes si no son proactivos en temas de seguridad”, como por ejemplo el uso de esas protecciones.
El análisis corresponde al abogado César Morelli, presidente de la Liga al momento del incidente, quien indicó que la altura de la tribuna visitante de Comercial, donde la mujer resultó herida, no supera los 10 escalones fijados por la ley para la instalación de paravalanchas.
“Evidentemente este fallo tiene el trasfondo de buscar algún responsable, sobre todo porque hay que reconocer que la cantidad de hechos de estas características en los clubes y estadios se ha ido incrementando con el transcurso de los años”, consideró.
“En varios casos, el legislador tiene que dar una respuesta porque tampoco es bueno que haya muchos daños sin responsables en cuanto a su reparación. Los jueces pretenden que, si hay una responsabilidad, se busque una solución”, agregó el abogado, que integra el estudio jurídico que respondió la demanda.
“En su momento planteamos que considerábamos que no había responsabilidad (de los demandados). Tanto en primera instancia como en la Cámara, imputan responsabilidad también a la Liga del Sur, teniendo en cuenta el cambio de criterio que tuvo la Corte (de Nación) entre los fallos 'Zacarías' y 'Mosca'”, continuó.
En este sentido, Morelli remarcó que la Ley de Responsabilidad en Espectáculos Públicos “agrava la responsabilidad especialmente de los organizadores” de estos eventos.
Los antecedentes
Los camaristas Fernando Kalemkerian y Marcelo Restivo rechazaron el argumento de la Liga sobre el fallo "Zacarías" (jugador de San Lorenzo que en 1988 sufrió heridas graves al explotar una bomba cerca del vestuario en la cancha de Instituto de Córdoba), acerca de que la asociación no organiza ni tiene el control del evento.
La Sala I de la Cámara bahiense sostuvo que con aquella resolución, que eximió a la AFA de responsabilidad, se llegó a la conclusión que esa decisión no solo no mejoraba las condiciones de seguridad en el fútbol sino que, por el contrario, tendía a agravarlas.
Además citaron el antecedente "Mosca", dictado también por la Corte, para dar cuenta de la organización de las asociaciones y de su beneficio económico.
La Liga del Sur "tiene provecho" porque participa de "las recaudaciones obtenidas por los clubes afiliados por la venta de entradas" y es su consejo directivo el que fija el precio de los tickets para los partidos oficiales.
"La norma prescribe que el patrimonio de la Liga se integra con el 11% de las entradas brutas que produzcan los partidos oficiales, además de los importes de los partidos extraordinarios por ella organizados, los derechos de inscripción que pagan los clubes y el porcentaje previsto para los partidos extraordinarios", señala el decisorio.
"No hay duda, tampoco, de que corresponde a la Liga la supervisión y control de las medidas de seguridad que deben tomar los clubes afiliados para evitar hechos como los que motivan estos autos", añadió.
La Justicia condenó a la entidad deportiva portuaria y la Liga al pago de 620 mil pesos a la actora, más los intereses que corrieron en estos casi 18 años, por daño emergente, lucro cesante, indemnización por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Morelli estimó la sanción total en un millón o un 1,2 millón de pesos.
“La señora -que sufrió una fractura expuesta en su mano- le puede cobrar a cualquiera de los dos, pero las partes abonarán la mitad cada una”, explicó.
También anunció el abogado que no apelarán la sentencia ya que, teniendo en cuenta el monto, “no da para ir a la Corte”.
Pocos en Bahía
Gustavo Lari, presidente de la Liga del Sur, reconoció que "muy pocas" canchas locales y del resto del país tienen paravalanchas.
"Hay que hacer un montón de reformas, porque la cantidad de personas que en la actualidad asiste a las canchas de fútbol es mucho mayor que la de antaño. Y la situación económica de los clubes, en general, no está en su mejor momento", enfatizó.
"No digo que esto esté bien ni mal, porque no sucedió que todas las canchas tienen paravalanchas y la de Comercial es la única que no tiene", opinó.
La frase de la polémica
Opinión. Sobre la referencia del doctor Kalemkerian acerca de que algunos hinchas que concurren a canchas de fútbol son "individuos de dudoso grado de evolución", Morelli expresó que "es la opinión del juez".
Responsable. "Nosotros intervenimos en los juicios y quien resuelve es el encargado de atribuir o no la responsabilidad. Llevo más de 30 años en la profesión y no voy a personalizar una opinión. El juez opina y se hace responsable porque firma la resolución", advirtió.
Discrimina. Lari, en tanto, consideró que "en cierta forma discrimina. Por respeto al prójimo, ningún ser humano merece ser calificado así".