Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

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La Provincia habilitó la vacunación para los residentes extranjeros

Se podrán vacunar quienes tengan DNI argentino y quienes estén tramitando la documentación que acredita que viven en el país.

   La provincia de Buenos Aires habilitó la inscripción para la campaña de vacunación a personas extranjeras que residan en territorio provincial.

   Se podrán vacunar quienes tengan DNI argentino y quienes estén tramitando la documentación que acredita que viven en el país.

   Según informó la jefatura de Gabinete bonaerense, con esta decisión que incluye tanto a personas migrantes como a refugiadas, se “accede al derecho de recibir la vacuna en las mismas condiciones y siguiendo los mismos criterios de prioridad establecidos para los y las bonaerenses”.

   Además se informó que quienes no tengan DNI ni acrediten estar en situación de trámite podrán anotarse igual ya que recibirán asistencia para “el inicio de los trámites correspondientes”.

La enfermera que asistió a evacuados de Malvinas y ahora trabaja en la campaña de vacunación

    En el gobierno bonaerense aseguraron que, de este modo, más habitantes de la provincia pasan a estar en condiciones de recibir la vacuna y que la decisión posibilita “el tratamiento equitativo en el acceso al derecho al cuidado de la salud, ya que la medida avanza en el sentido de favorecer la reducción de la circulación del virus, al incluir a más personas en el esquema de vacunación”.

    Las personas extranjeras que quieran inscribirse en "Buenos Aires Vacunate" para obtener un turno deberán ingresar a través de la web de la vacunación y elegir la opción “Me quiero registrar”.

    Una vez allí, se deberá seleccionar la opción “Necesito ayuda en la registración”, lo que habilita el formulario de carga de datos personales, que incluye la opción “Adjunte identidad”, que permite cargar un archivo que acredite la identidad de la persona. 

   Dicho archivo podrá ser la copia de un documento expedido por el país de origen de la persona que se inscribe, o bien la constancia de residencia precaria, temporaria o permanente o la solicitud de reconocimiento de estatus como persona refugiada. (Infobae)