Bahía Blanca | Sabado, 20 de abril

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Supermoratoria ¿qué beneficios tendrán los cumplidores?

Además de las condonaciones para los morosos, habrá reconocimientos a quienes cumplieron con AFIP. 

Por Francisco Rinaldi / frinaldi@lanueva.com

   Con su entrada en vigencia hoy, la supermoratoria de AFIP ofrece beneficios para aquellos contribuyentes cumplidores que sean monotributistas o del régimen general, además de las ya conocidas condonaciones para los morosos.

   Es que con la publicación hoy en el Boletín Oficial de la ley 27.562, que modifica a la 27.541 de Solidaridad y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública, rigen las disposiciones de la generosa moratoria para contribuyentes con deudas con el fisco nacional, pero se incluyeron, por pedido de la oposición, “premios” para los que cumplieron.

   “Quienes quieran acceder no deben tener incumplimientos con AFIP al momento de entrada en vigencia de la modificatoria de la ley 27.541, es decir, al día de hoy”, explica el tributarista bahiense Gustavo Etman.

   Acotó que la norma prevé entre otros beneficios la amortización acelerada de los bienes de uso (por ejemplo, una máquina que normalmente amortiza en diez años, podrá amortizarse en un período más acotado), lo que permitirá una mayor deducción en el impuesto a las Ganancias. Esto regirá únicamente para Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), por lo que se descuenta que las firmas que deseen aprovecharlo deberán contar con su certificado Mipyme al día.

   Para los monotributistas, habrá una exención del componente impositivo de una determinada cantidad de cuotas, según la categoría de la que se trate.

   También se prevé una deducción especial del 50% del Mínimo No Imponible (MNI) para aquellos contribuyentes del régimen general, aplicable solamente para personas humanas.

   Se recuerda que podrán acceder las grandes empresas, los monotributistas y los trabajadores autónomos.