Por qué hay menos causas en mediación cuando se busca agilizar la Justicia
Hasta hace algunos años se definían unas 700 causas por esta vía rápida de resolución y hoy en día rondan las 400. La merma obedece al filtro de denuncias que realiza la fiscalía Nº 2.
Pese a que la resolución alternativa de conflictos penales es una herramienta de suma utilidad para combatir uno de los problemas estructurales de la Justicia (sus plazos), en el último tiempo la cantidad de denuncias que se deriva a la oficina de mediación de Bahía Blanca se redujo en aproximadamente 125 expedientes de un año al otro.
Uno de los motivos de esta merma es el funcionamiento de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 2, para clasificación inicial de las denuncias, donde rápidamente se determina si corresponde tramitarlas en la Oficina de Resolución Alternativa de Conflictos (ORAC), si se desestiman, se archivan o si se envían a una fiscalía para su instrucción.
Este primer filtro de la UFIJ Nº 2 generó que se remitan más causas a instrucción o se archiven, o que se desestimen más rápido investigaciones penales por hechos que no constituyen delito o respecto de los cuales no hay prueba suficiente para acreditar un ilícito.
Así lo dijo la abogada Soledad Munguía, a cargo de la ORAC local ubicada en Moreno 25, que funciona en el ámbito del Ministerio Público provincial y es la única mediadora en la jurisdicción.
En los últimos dos años bajó el número de casos a mediación y ahora, en promedio, llegan a esta instancia 400 causas anuales que terminan con resolución.
En 2023, cuando la UFIJ 2 se readecuó para la tarea descrita, se iniciaron en la ORAC 560 procesos de esta índole. Antes, la media anual rondaba las 700 causas.
"Ahora el tratamiento es mucho más veloz. Reducimos la congestión porque antes tardábamos más en fijar audiencias por la (gran) cantidad de causas, pero ahora fijamos la audiencia en dos o tres meses a partir de que recibimos la denuncia en la ORAC", resaltó Munguía.
"Muchas causas podrían tener una resolución alternativa, pero para eso es fundamental contar con el consentimiento de la víctima y llegar a un acuerdo", agregó.
Delitos como el de amenaza, lesiones o lesiones culposas por siniestros viales son "particularmente interesantes" para someterlos a mediación, como también las estafas y las retenciones indebidas.
"Por ejemplo, llevé a reparar un electrodoméstico y no me lo devolvieron", indicó la licenciada en resolución de conflictos.
Según la secretaria de la dependencia, este mecanismo sería "más valioso" si se dieran a conocer otros espacios para mediar y conciliar, como los centros de mediación comunitaria municipales, ajenos a la vía penal.
A opinión de la entrevistada, las universidades también podrían ofrecer este servicio y en el Colegio de Abogados bahiense -afirmó- funciona el instituto de mediación, aunque se especializa en Derecho Civil.
"Es una herramienta sumamente útil, más en estos tiempos que faltan espacios de encuentro y resolución con la palabra, a contramano de lo que sucede porque la lógica es la agresión y la falta de tolerancia", analizó la docente.
La profesional resaltó la importancia de establecer una solución distinta a la sanción penal.
"Si bien la denuncia penal es la primera herramienta de reclamo, muchas veces los denunciantes no pretenden una pena sino una solución al conflicto", aclaró la informante.
Estos consensos -afirmó- actúan preventivamente porque los mediadores intentan resolver el conflicto mediante la preservación de los vínculos interpersonales, y evitar que se reitere.
"En la ORAC sólo intervenimos cuando ya hay un grado de violencia más avanzado y se cometió un delito, o hay una presunción de comisión de delito".
"Desde el punto de vista de la Justicia, probablemente la ORAC aporte al descongestionamiento de las fiscalías y un menor costo y demora en las causas", continuó.
"Son soluciones más rápidas para las partes, que no quedan atadas a un proceso (judicial), porque los tiempos de la Justicia no son los mismos que los de la gente", finalizó Munguía.
Piden ampliar su uso
El penalista Valentín Fernández destacó la "utilidad" de la ley provincial de resolución de conflictos penales (13.433) pero, a su entender, se aplica poco al igual que los criterios de oportunidad.
"Hay causas que son para (elevar a) juicio y otras que deberían poder resolverse de forma alternativa, ya sea con una suspensión de juicio a prueba o una mediación. Por ejemplo los siniestros de tránsito que deriven en homicidio culposo o lesiones culposas agravadas, por exceso de velocidad o consumo de alcohol, tienen que ir a juicio", consideró Fernández.
"Pero para todos los demás accidentes cotidianos que puedan ocurrir, hay una resolución general de fiscalía por la que no se puede hacer suspensión de juicio a prueba ni mediar porque tienen pena de inhabilitación", añadió.
"Sería bueno poder mediar en delitos como daños, amenazas, estafas y alguna mala praxis leve", concluyó.
La norma mencionada establece que "no se admitirá una nueva mediación penal respecto de quien hubiese incumplido un acuerdo en un trámite anterior, o no haya transcurrido un mínimo de 5 años de la firma de un acuerdo de resolución alternativa de conflictos penal en otra investigación".
El abogado Martiniano Greco consideró "desacertado" el criterio del legislador sobre ese límite temporal, que "imposibilitaría" la resolución alternativa.
“Porque, por ejemplo, el autor de un homicidio culposo a raíz de un siniestro vial, podría volver a cometer un delito culposo. Le puede ocurrir a cualquier ciudadano”, sostuvo.
"Me parece excesivo el límite temporal de 5 años. En Bahía tenemos una excelente mediadora como Soledad Munguía, pero se ve limitada en su función respecto de lo que establece el legislador", dijo Greco.
Un plantel con formación
Plantel. La oficina bahiense tiene personal de mesa de entradas con formación en mediación y a Munguía como mediadora. "La ORAC, por ley, también está integrada por una asistente social y un psicólogo en el Ministerio Público, pero no median de manera directa", explicó Munguía.
Pacificación. La sanción de la ley 13.433 en 2006 instauró la mediación penal como forma de "pacificar el conflicto, procurar la reconciliación entre partes y posibilitar la reparación voluntaria del daño".
Voluntad. El procedimiento es voluntario y confidencial, y son las partes las que determinan su interés o no de participar.
Insuficiencia. Greco y su colega Valentín Fernández coincidieron en la necesidad de aumentar la cantidad de Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos en el Departamento Judicial Bahía Blanca.
Oficinas. En este Departamento Judicial funcionan las Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos de Bahía y Tres Arroyos.
Ayudantes. Los ayudantes fiscales en la zona también tienen ciertas facultades conciliatorias y la posibilidad de poner en práctica este mecanismo.