Bahía Blanca | Sabado, 20 de abril

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Segmentación de subsidios: ¿dónde hay que inscribirse para no perder los beneficios?

Se espera que en los próximos días el gobierno habilite los formularios.

Fotos: Archivo La Nueva.

   Si bien el gobierno nacional ya anunció que aquellas personas que quieran continuar siendo beneficiarias de los subsidios en las tarifas de electricidad y gas deberán inscribirse -sí o sí- en un formulario web para continuar haciéndolo, todavía no se encuentra en funcionamiento la página para presentar los datos correspondientes.

   Incluso, el único mensaje que se ofrece al respecto desde el portal oficial argentina.gob.ar es “en los próximos días vas a poder inscribirte en esta misma página”. De cualquier modo, se explica también que aquellas personas que no lo puedan hacer a través de internet, podrán dirigirse a las oficinas locales de Anses y de los correspondientes prestadores.

   En el caso de Bahía Blanca, esta última solo sería en las dependencias que tiene EDES SA en las primeras cuadras de la calle Moreno, ya que Camuzzi Gas Pampeana no cuenta con oficina administrativa en Bahía Blanca.

   Sin embargo, desde el gobierno todavía no se aclaró cuándo se podrán realizar las inscripciones, aunque se espera que se en el transcurso de esta semana.

   Según se indicó el gobierno, todas aquellas personas que cuenten con un medidor a su nombre -puntualizando siempre cuál es el que corresponde a su residencia- deberán inscribirse en este listado, más allá de recibir o ser beneficiario de algún plan social o asistencia del estado.

   “Todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares” deberán inscribirse para mantener el beneficio, se indicó.

   De acuerdo a las estimaciones y a la segmentación llevada a cabo desde el gobierno, alrededor de un 10% de la población dejará de percibir estos beneficios y deberán comenzar a pagar la tarifa plena. El 90% restante continuarían recibiendo el subsidio y no tendrían más modificaciones en sus facturas en lo que resta del año.

   El segmento alto, en tanto, tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

   El sector de menores ingresos “va a pagar la tarifa social, que implica que no puede tener en el año un aumento mayor al 40 % del aumento del salario mínimo, vital y móvil”.

   En cuanto a quienes cuentan con ingresos “intermedios”, no podrán tener “un aumento mayor al 80% del incremento del coeficiente salarial”.

¿Quiénes se incluirán en los tres grupos de usuarios?

 

   En el Nivel 1, de mayores ingresos, estarán quienes van a pagar el costo pleno del componente energía de cada servicio.

   Para encontrarse en él, deberán tener ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2, monto que en abril se encuentra por encima de 333.410 pesos; contar con tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años; tener tres o más inmuebles; una o más aeronaves o embarcaciones de lujo, o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

   En el Nivel 2, los incrementos serán del 21,4% en todo el año -es un 40% del coeficiente de variación salarial del año anterior-. Estarán incluidos quienes tengan ingresos netos menores a un valor equivalente a una Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el Indec, que es de $95.260; también un certificado de Vivienda del Registro Nacional de Barrios Populares; un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado; que al menos un integrante del hogar cuente con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur; que al menos un integrante de la vivienda tenga certificado de discapacidad, o cuando todas las personas que viven en el hogar tengan un ingreso neto menor a 1,5 Canastas Básicas Totales, por $142.890.

   Por su parte, en el Nivel 3, de ingresos medios, estarán los usuarios que no entran en los niveles 1 y 2. En todo 2022 tendrán una suba en las facturas de hasta 42,7%. Sin embargo, serán excluidos los propietarios de dos o más inmuebles (entre todos los integrantes del hogar) o de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).