Bahía Blanca | Martes, 07 de mayo

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Oficializan el “pase sanitario”: cuáles son los alcances y cómo serán los controles

El gobierno bonaerense formalizó la creación del "Pase libre Covid" en el Boletín Oficial. Empezará a regir a partir del próximo 21 de diciembre.

   Con la publicación en el Boletín Oficial, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires formalizó hoy la creación del “pase sanitario” bajo el nombre de “Pase libre Covid” que estipula que los mayores de 13 años deberán acreditar contar al menos dos dosis de la vacuna contra el coronavirus para participar de eventos masivos y actividades deportivas, culturales, recreativas y religiosas en espacios cerrados, entre otras.

   La resolución dispuso establecer el “pase sanitario” o “Pase libre Covid” como requisito para asistir a aquellas actividades realizadas en el territorio provincial “que representan mayor riesgo epidemiológico, además de cumplir con los protocolos, recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias”.

   El texto explica que ese “pase sanitario” consistirá en la acreditación, por parte de todas las personas mayores de 13 años, de al menos dos dosis de la vacuna contra el covid-19, aplicadas por lo menos 14 días antes, ya sea mediante App “VacunatePBA”, la App “Mi Argentina” o el carnet de vacunación en formato cartón o tarjeta.

   La medida se pondrá en marcha a partir del 21 de diciembre y alcanza a las siguientes actividades:

  • Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados: centros culturales gimnasios, cines, eventos deportivos que signifiquen aglomeración de personas; salones de fiestas y boliches, fiestas, casamientos, actos y reuniones con gran participación de personas; bares y restaurantes.
  • Realización de trámites presenciales ante organismos públicos provinciales y/o municipales.
  • Trámites presenciales ante entidades privadas, cuando impliquen aglomeramiento de personas.
  • Trabajadores que realicen atención al público, ya sea de entidades públicas o privadas.

  La resolución repara en que “dicha enumeración es meramente enunciativa y se puede ampliar en función de la evolución de la situación epidemiológica, el avance de la vacunación y a decisión de las autoridades sanitarias, por lo que oportunamente podrán ampliarse las actividades para las cuales sea necesario contar con el ‘Pase libre Covid'”.

   En su segundo artículo, y en torno al control, establece que “los organizadores, titulares o responsables de las actividades sujetas a lo dispuesto en la presente resolución conjunta, tendrán a su cargo el control de la acreditación del ‘Pase libre Covid’ en los accesos a las mismas”.

   “A fin de optimizar el avance en la vacunación y limitar la concurrencia de personas no vacunadas, o con esquemas de vacunación pendientes, a lugares de elevado riesgo epidemiológico, resulta pertinente la implementación de un ‘Pase libre Covid’ para el desarrollo aquellas actividades que, por su naturaleza, implican mayor riesgo de contagio para la población, y así minimizar la posibilidad de transmisión del virus, ante el arribo de nuevas variantes de preocupación”, remarca la resolución y concluye que la medida “resulta necesaria para proteger la salud pública, razonable y proporcionada con relación a la amenaza y al riesgo sanitario que se enfrenta”. (Qué digital)