¿Contragolpe legal de Ares?
Luego de que el jury de enjuiciamiento rechazara y archivara la denuncia del jefe de los fiscales del Departamento Judicial Bahía Blanca contra el juez en lo Correccional Nº 1, José Luis Ares, el magistrado analiza la posibilidad de iniciar acciones legales contra Juan Pablo Fernández.
Así lo reconoció en el marco de un comunicado de prensa, luego de analizar la conclusión del tribunal que se reunió en el Senado provincial, el cual desistió de analizar las acusaciones en su contra, por supuesta usurpación de facultades.
Ares afirmó que "el fiscal `político' quiso (y no pudo) echar a un juez independiente" y tildó de "disparatada" la presentación.
"El año próximo analizaré los caminos a seguir, la posibilidad de efectuar presentaciones ante la Procuración General y/o ante la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento y también, previo adecuado asesoramiento, una eventual acción civil, reclamando indemnización por daños y perjuicios", anunció.
El caso, según Ares, concluyó con "una derrota total y absoluta del fiscal general, doctor Juan Pablo Fernández; un verdadero papelón".
"Pero además, ésta es una cuestión de inusitada gravedad institucional, puesto que el funcionario encargado de la dirección de la persecución de los delitos en el sur de la provincia realizó una utilización espuria de un delicado mecanismo constitucional para vengarse de alguien a quien eligiera como su enemigo predilecto", afirmó.
Dijo que el encono se inició cuando él renunció al Colegio de Magistrados y tras mantener un cruce de notas que no trascendieron públicamente, siendo Fernández vicepresidente de esa institución.
"Allí denuncié las maniobras carentes de ética del nombrado, ampliamente conocidas y comentadas en el ambiente", sostuvo.
El juez aseguró que no cometió irregularidades y mucho menos delitos y que siempre cumplió con su deber.
"Sólo una mente obnubilada por el odio podía ver delito donde hubo control jurisdiccional ante oposiciones de los fiscales contrarias a la letra y al espíritu de la ley", dijo, en referencia a la denuncia.
Ares también destacó el tratamiento responsable que el periodismo bahiense le dio al caso y las numerosas muestras de solidaridad que recibió.
"Para alguien que desempeña el delicado oficio de juzgar a sus semejantes, fue educativo tener que defenderme de injustas acusaciones y sufrir los padecimientos de un imputado", aseveró.
"Fuerzas disímiles". El magistrado aclaró que Fernández llegó al estratégico cargo "con enorme apoyo político" y elegido a través de "una curiosa terna de uno" y que aún mantiene "fluidas vinculaciones producto de su militancia y amistades".
En ese sentido, dijo que se enfrentaba "a un humilde juez que ingresó al Poder Judicial hace más de un cuarto de siglo en el escalón más bajo y que se enorgullece de no haber arribado a su puesto de servicio merced a padrinazgos".
Consideró que la contienda era despareja, aunque la verdad y la razón estaban de su lado.
"Cegado por el odio, podrá el doctor Fernández interponer en mi contra 10, 20 o 100 denuncias, pero lo que nunca podrá lograr --y esto lo desvela-- es que le tema o lo respete", sentenció.
Rechazo unánime
El tribunal que se reunió en el Senado provincial a principios de este mes, bajo la presidencia del titular de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo de Lázzari, rechazó por unanimidad la denuncia formulada por el fiscal general Juan Pablo Fernández contra el juez José Luis Ares y archivó las actuaciones.
Se desistió "in limine" de atender la acusación, es decir que directamente no se la trató.
Fernández imputaba a Ares de "usurpar" facultades de la fiscalía en algunas causas judiciales que tuvo a su cargo.
Apuntaba a tres causas iniciadas entre 2008 y 2009, en las cuales el juez --según Fernández--, ejerciendo la competencia que la ley 13.433 (referida a la mediación penal) le otorga en forma exclusiva al ministerio público y en contra de lo dictaminado por la fiscalía, medió entre víctimas e imputados para encontrar resoluciones alternativas.
"Tal desacuerdo, a nuestro criterio, debe encarrilarse por las vías naturales que el propio rito establece, no resultando el proceso de remoción el ámbito adecuado para discernir la aludida divergencia", explicó el tribunal.