Confirmaron la condena contra Mauro Schechtel
Pocas horas después de que el músico Oscar Marcelo Malfet fuera sentenciado a 40 años de cárcel por abuso sexual de cuatro niños, se conoció en nuestra ciudad que el Tribunal de Casación bonaerense, confirmó una sanción similar que los mismos jueces le habían impuesto a Mauro Emilio Schechtel.
El sujeto fue responsabilizado por uno de los hechos más aberrantes analizados por la justicia local: el abuso sexual de una niña de diez años y posterior intento de homicidio de la víctima, a la que roció con nafta y prendió fuego, en Coronel Dorrego.
La Sala II del más alto tribunal en materia penal de la Provincia, ratificó la condena que el 5 de octubre de 2010 le impusieran a Schechtel los jueces Enrique José Montironi, Mario Lindor Burgos y Hugo Adrián De Rosa, al hallarlo autor penalmente responsable de abuso sexual con acceso carnal agravado, en concurso real con tentativa de homicidio criminis causae (para ocultar otro delito).
Esa decisión fue adoptada por los camaristas Carlos Alberto Mahiques y Fernando Luis María Mancini, quienes al hacer lugar en forma parcial a la apelación del defensor oficial Germán Kiefl, dejaron sin efecto la declaración de reincidencia de Schechtel.
Como se informara en estas columnas, al cabo del juicio oral desarrollado en el Palacio de Justicia local, los miembros del Tribunal en lo Criminal Nº 1 consideraron demostrado que el 18 de junio de 2008, alrededor de las 17, en la calle Presidente Perón al 1300, de Dorrego, el acusado, quien se movilizaba en un Renault 12, de color naranja, colisionó intencionalmente contra la bicicleta playera en la que circulaba la menor.
Tras el impacto, el sujeto subió a la niña al automóvil y la condujo hasta un lugar cercano al arroyo Las Mostazas, en la ruta 72, donde, luego de atarla de pies y manos con una cinta, la sometió sexualmente.
Finalmente, la trasladó hacia un camino vecinal, perpendicular a la carretera, y en un descampado procedió a rociarle con combustible, para luego prenderla fuego, produciéndole quemaduras de grados A y B en el 50 por ciento del cuerpo.
Apelación.
En su apelación, entre otras cuestiones, Kiefl sostuvo que nada hace suponer que el accionar de Schechtel durante y con posterioridad a la violación, se haya llevado a cabo con el propósito de ocultar el delito precedente.
Agregó que el sujeto desplegó una conducta asimilable a la de quien pretende ser descubierto en su faena delictiva y no a la del que pretende ocultarla.
Refirió que la sanción de 40 años de reclusión fue desproporcionada por "arbitraria, irrazonable e injustificada, y de carácter meramente retributivo".
Refirió, además, que las pericias psicológicas del acusado lo describieron como un sujeto con desorden de personalidad y falta de empatía hacia terceros, condición que revela que su ámbito de autodeterminación se encontraba claramente reducido al producirse los hechos.
Además planteó que Schechtel no era reincidente.
Fundamentos.
Los jueces de Casación interpretaron, tal como lo hizo el tribunal bahiense, que mediante el intento de homicidio se trató de procurar la impunidad del ataque sexual. Y sostuvieron que el medio empleado para ello fue más que elocuente.
"El desarrollo de la secuencia fáctica refuerza tal conclusión, como también lo hace la actividad desarrollada por Schechtel luego de cometer esos aberrantes crímenes", señalaron, para agregar: "Tras realizar esas brutales acciones, el encausado no se fue a dormir a su casa, sino que lo hizo en otra localidad, en la casa de su hermana, y allí trató además de esconder el auto en el que se trasladaba cuando atacó a la menor".
También sostuvieron que no debe olvidarse que el lugar elegido por el encausado para prender fuego a la víctima estaba lejos de la ruta principal.
"La niña logró salvar su vida gracias a que el fuego la despertó y pudo caminar aproximadamente unos cuatrocientos metros hasta esa ruta, mientras caían restos de su ropa casi incinerados; y que en ese lugar se dio la afortunada --en medio de la enorme tragedia vivida por la niña-- y por demás encomiable intervención de Fabián Esteban Ullman, cuya actitud no merece menos que el más profundo respeto y gratitud de esta judicatura", continuaron.
Los doctores Mahiques y Mancini opinaron que la pena impuesta se corresponde con el máximo de la escala aplicable en función de los preceptos punitivos que rigen el caso, resultando proporcional y adecuada a la gravedad de los hechos juzgados.
Luego rechazaron el pedido de considerar como atenuantes las características de personalidad de Schechtel.
"Dejando de lado la ardua discusión planteada en el terreno médico y científico sobre el concepto de la psicopatía, asumamos que estamos en presencia de una personalidad psicopática, cuando se trata de un sujeto con conductas antisociales y tendencias sádicas. Desde esa óptica, Schechtel es un psicópata", indicaron los camaristas.
Pero, añadieron, "no se verifica, ni surge demostrado en autos, que esa psicopatía sea de una entidad tal que, correspondiéndose con una anormalidad psíquica grave, haya importado... la efectiva reducción de su ámbito de autodeterminación, y que por ello deba incidir en una disminución del correspondiente reproche punitivo".
"En virtud de lo expuesto en los párrafos precedentes --expresaron--, corresponde declarar parcialmente procedente el recurso de casación, confirmando la condena de Mauro Emilio Schechtel a la pena de cuarenta años de reclusión".
"Un fallo ejemplificador para este tipo de casos"
La condena a cuarenta años de cárcel --segunda vez que se impone esa pena en Bahía Blanca-- dictada el jueves contra Oscar Marcelo Malfet (47), hallado culpable de someter sexualmente a cuatro niños, tuvo repercusión favorable en ámbitos oficiales y privados.
Pablo Navarro, secretario de Niñez y Adolescencia bonaerense, ponderó la resolución del Tribunal en lo Criminal Nº 1 local.
"Realmente se trata de un fallo ejemplificador para este tipo de casos, y ponderamos la decisión de los jueces que dieron el máximo de pena solicitado por la fiscal", dijo.
"En la provincia de Buenos Aires --agregó--, según datos del Registro Estadístico Unificado de Niñez y Adolescencia (REUNA), esta cartera tomó intervención sobre 1.215 niños víctimas de abuso sexual en los últimos doce meses".
En este sentido, sostuvo que "estamos hablando de quienes se animaron a realizar la denuncia para que el Estado ponga en funcionamiento sus herramientas de intervención".
"Es importante hablar sobre estas aberraciones --indicó-- porque, como sucedió en este caso, una vez conocidas las primeras denuncias, hubo otro chico y otra familia que se animó a enfrentar la situación".
Creer, sí.
Por su parte, Clelia Severini, presidenta de la ONG Creer, sí, que trabaja en la temática del abuso sexual, destacó la "la actitud de padres responsables y protectores que decidieron hacer la denuncia".
Asimismo aplaudió "la investigación exhaustiva y comprometida llevada a cabo por la fiscal, doctora María Marta Corrado" y "la decisión de un tribunal que actuó en consecuencia, arribando a un fallo destacable". "Resoluciones como ésta deben alentarnos a hacer visibles, a solicitar ayuda y a denunciar estos repudiables hechos", enfatizó.
Como se informó en la anterior edición, el fallo dictado contra Malfet estuvo a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 1, integrado por los doctores Mario Lindor Burgos, Hugo Adrián De Rosa y Enrique José Montironi.