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Redujeron dos años la condena al caponarco bahiense Mauricio Larriaga

El Tribunal Federal de Juicio le fijó una nueva pena de 10 años de prisión, luego de que Casación anulara el fallo original. La banda liderada por el acusado vendía cocaína 'estirada' con un antiparasitario no apto para humanos.

La justicia federal bahiense redujo dos años la condena al caponarco Mauricio Larriaga.

El Tribunal Federal de Juicio de Bahía Blanca condenó a Mauricio Gastón Larriaga a 10 años de prisión como líder de una banda que traficaba y vendía cocaína adulterada en esta ciudad y otros puntos del sur del país, reduciendo así dos años la pena original.

El cuerpo de enjuiciamiento también ordenó el decomiso de un automóvil BMW que el acusado utilizaba para consumar la actividad ilícita.

En marzo de 2017 el tribunal había condenado a Larriaga a 12 años de prisión, pero en octubre de 2018 la Cámara Federal de Casación Penal anuló lo resuelto sobre esa pena y el decomiso de cuatro vehículos, así como dispuso el dictado de un nuevo fallo.

La jueza Ángela Ledesma, de la Sala II de Casación, advirtió "un déficit en la fundamentación de la pena" y respecto de los rodados señaló que los jueces bahienses "no entablaron ninguna vinculación entre los bienes secuestrados y los sucesos ilícitos investigados".

Lo que quedó firme es la responsabilidad penal de Larriaga; sólo se reabrió la discusión sobre el monto de pena y qué hacer con los bienes incautados en el marco de la investigación.

Larriaga fue condenado como autor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo.

De 20 años a 10

En la audiencia celebrada el lunes 5 de este mes, la auxiliar fiscal María Kairuz pidió 10 años de prisión para Larriaga, la mitad de lo que había reclamado en el primer juicio.

La escala penal para este delito es de entre 6 y 20 años de prisión.

Los jueces del tribunal bahiense que el martes pasado emitieron el nuevo fallo (Sebastián Foglia, Ernesto Sebastián y Roberto Minguillón), argumentaron que este último pedido de la fiscalía funciona como un "techo".

"El pedido de pena del Ministerio Público Fiscal, en un proceso penal acusatorio, debe resultar el límite de la respuesta estatal", sostuvieron los magistrados.

Citaron además el nuevo Código Procesal Penal Federal, que establece que los jueces "no podrán imponer una pena más grave que la solicitada por los acusadores".

La defensa, a cargo de Sebastián Martínez y Micaela Romero, había solicitado el mínimo legal.

Martínez sostuvo que ninguno de los agravantes planteados por la fiscalía estaba debidamente acreditado.

Agravantes

Como agravante, el tribunal de juicio valoró la cantidad de droga secuestrada en la causa.

En un allanamiento hecho en Soler 130 se incautaron 1.002 gramos de cocaína y en el BMW, ocultos bajo alfombras, aparecieron dos ladrillos de 1.014 y 1.022 gramos de la misma droga.

Según el fallo, esa magnitud impide que la pena quede en "el límite mínimo de 6 años".

Otro agravante de responsabilidad es el 'corte' de la cocaína con una sustancia antiparasitaria prohibida para consumo humano, situación que el tribunal calificó como "gravísima".

Los representantes del Poder Judicial de la Nación también tuvieron en cuenta "el rol preponderante que (Larriaga) ocupaba dentro de la organización" criminal, y la duración de los hechos, que se extendieron al menos desde el 8 de febrero de 2011 hasta el 5 de septiembre de 2014.

Por último analizaron como agravante los antecedentes del imputado, que registra condenas previas por tenencia simple y suministro oneroso de estupefacientes.

El tribunal consideró esas sanciones como "un modo de proceder notoriamente compatible con un claro desprecio por la norma".

La sentencia todavía no está firme.

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