Bahía Blanca | Jueves, 16 de mayo

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Nueva ley de Alquileres: aspectos de una norma que, de nueva, tiene poco

No esperan que la reforma aprobada en el Congreso impacte positivamente en la oferta de viviendas. 

La "nueva" ley de alquileres sancionada ayer y otra vieja máxima argentina: poner parches no resuelve la cuestión de fondo y mientras la inflación no baje, algo tan simple como alquilar seguirá siendo una engorrosa complicación para ambas partes, con los inquilinos como los principales perjudicados.

Es que la “nueva” norma legal –en rigor, una nueva modificación sobre la vigente a junio de 2020-- estipula aumentos semestrales en lugar de anuales, de manera que se podrán actualizar las locaciones dos veces por año en lugar de una.

Además, los alquileres se actualizarán por el Índice Casa Propia, utilizado en cuotas de los préstamos que otorga el Procrear I y II. Este Índice tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.

Así, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9, de manera que lugar de reflejar el promedio de la variación salarial en su totalidad, solo lo hará en un 90%.

La modificación previa se basaba en el Indice de Contratos Locativos (ICL), que aún publica el BCRA y toma datos, a partes iguales, del RIPTE (salarios registrados) y el IPC del INDEC.

“No mejora nada. El mercado va a seguir igual porque las propiedades que se retiraron no van a volver a la oferta. Para colmo, vivimos en una verdadera jungla en materia de alquileres porque están proliferando los contratos “caseros”, que no se hacen bien, de modo que muchos reclamos potenciales a futuro no van a ser reconocidos, ya que el juez va a rechazar un instrumento que no está bien conformado”, dijo a La Nueva. el martillero y corredor, Javier Piñero, titular de la Cámara Inmobiliaria local.

Para el economista de la UNS Emiliano Gutiérrez, la nueva norma legal “no va a resolver los problemas de la falta de inmuebles para alquilar, pero es superadora de la anterior, porque las actualizaciones se hacen por un índice más real, que refleja mejor la evolución de los salarios de los trabajadores”.

“A veces nos olvidamos que estamos en niveles inflacionarios altísimos, de modo que todos salimos perjudicados, no solamente los propietarios”, dijo Gutiérrez.

Piñero recalca que el verdadero problema es la falta de una moneda estable que permita pactar a largo plazo, algo imposible con una inflación que, anualizada, ya ronda el 400%

¿Que pasa con lo ya firmado?

Aunque la ley no fue promulgada, el Código Civil y Comercial en su artículo 7 expresa que “las nuevas leyes supletorias no son aplicables a los contratos en curso de ejecución”, de forma que se debe respetar el formato y los aumentos que fueron firmados en su momento.

Así es que los contratos firmados bajo la actual normativa siguen vigentes hasta su conclusión, con lo cual, quienes hayan acordado a tres años con ajustes interanuales permanecerán en las mismas condiciones hasta 2026.