Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

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Antivacunas: la Justicia obliga a una pareja a aplicar la BCG a su hijo recién nacido

Los padres argumentaban que la aplicación de esa vacuna podía generar riesgos para el bebé. Previene la tuberculosis.

La Justicia indicó que la autoridad parental tiene límites (Foto: Archivo La Nueva)

   La Justicia de San Isidro ordenó a una pareja que vacune a su hijo de 2 meses con la BCG contra la tuberculosis, luego de haberse negado en el sanatorio donde nació.

   De hecho, también habían rechazado aplicar la vacuna contra la hepatitis B aunque luego accedieron. En ambos casos se trata de dosis incluidas en el calendario obligatorio de vacunación.

   La pareja (no se revelan sus nombres para preservar la identidad del menor) forma parte del movimiento antivacunas que está generando mucha preocupación en el país, incluyendo a Bahía Blanca.

   Este matrimonio solicitó la suspensión de la BCG por estar realizando “un estudio de mutación genética sobre el sistema inmunológico de su hijo para determinar los efectos adversos que le pudiera producir su aplicación”, indica el documento al que accedió La Nueva.

   La pareja sostuvo que se encuentra científicamente probado que la vacuna podría desarrollar daño cerebral y neurológico sobre el menor, incluida la muerte súbita.

   La Asesoría de Incapaces contestó que la representación legal de los padres no incluye la posibilidad de negarse a prácticas de atención médica a su hijo menor de edad “sino que su interés superior y la preservación del derecho a la salud son las directrices a seguir si los progenitores no cumplen con los tratamientos que corresponden”.

   Por lo tanto, la Justicia de primera instancia dispuso que, en caso de persistir el incumplimiento, la vacuna sea dada en forma compulsiva con la intervención del Servicio Local de Protección de Derechos del Niño, a efectos del traslado del menor al Hospital de San Isidro en compañía de sus progenitores.

   La resolución fue apelada por los padres, pero la Cámara Civil y Comercial rechazó el recurso debido a que ”partimos de la premisa de que el ejercicio de la responsabilidad parental no es absoluto, sino que encuentra como límite el interés superior del niño”.

Compatibilidad genética

   Los padres del chico nacido el 10 de febrero último se oponían a que se los obligue a vacunar a su hijo sin antes haber recibido el resultado de los estudios de compatibilidad genética.

   Adjuntaron la historia clínica y la opinión de un médico que contraindica la aplicación de la BCG, atento que el menor padeció efectos adversos a la aplicación de la vacuna contra la hepatitis B. Afirmaron, además, que la BCG no es efectiva en la prevención de la tuberculosis.

   Las autoridades del Hospital Materno Infantil de San Isidro explicaron que el niño no tiene ningún indicio clínico ni de laboratorio que sugiera inmunodeficiencia alguna que pudiera provocar un evento adverso con la aplicación de la BCG y consideraron que el hecho de que el niño haya presentado un evento adverso leve cuando recibió la vacuna contra la hepatitis B no tiene valor predictivo para la presentación de efectos adversos a la BCG.

   Incluso explicaron que todas las vacunas pueden tener efectos contraproducentes y que en la mayoría de los casos son leves, frente a los beneficios que otorga su aplicación para la prevención de enfermedades.

   Remarcaron, asimismo, que la vacunación no solo tiene efectos positivos para quien la recibe sino que genera un marco de protección para la comunidad en general.

   “El Estado –agrega el fallo-- tiene la obligación de proteger al niño contra toda forma de perjuicio físico-mental, descuido o trato negligente”. Por eso se resolvió ordenar la vacunación.