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Del Valle seguirá preso: le dictaron la preventiva como deudor alimentario

La medida fue dispuesta por la jueza de Garantías Claudia Olivera, a pedido de la fiscalía y la querella.

La jueza de Garantías Claudia Noemí Olivera dictó la prisión preventiva de Alberto Martín Del Valle, por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar agravado, con lo cual seguirá preso, posiblemente al menos hasta el juicio.

La resolución consideró que estarían acreditados 4 hechos (por la misma cantidad de hijos, entre ellos el que nació fruto de una violación y por la cual se discute si la causa está prescripta) todo en concurso real y bajo los artículos 1 de la Ley 13.944, pero también el 2 bis, que agrava la figura por ocultamiento malicioso de bienes del patrimonio con la finalidad de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. 

La jueza destacó que la investigación de la fiscalía reunió testimonios e informes  (como de bancos y Mercado Libre) que indicarían que Del Valle desarrolló durante años actividades remuneradas -principalmente trabajos de albañilería, construcción y mantenimiento-, pero habría canalizado cobros mediante cuentas de terceras personas, entre ellas las de su madre y su pareja, además de recibir pagos en efectivo y utilizar bienes que no figuraban registrados a su nombre.

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El fallo también tuvo especialmente en cuenta la situación atravesada por sus hijos. Un informe de Promoción Social de la Municipalidad de Puan señaló que, desde fines de 2009, el grupo familiar quedó a cargo de la madre y requirió durante años asistencia estatal para cubrir alimentación, salud, servicios y necesidades habitacionales.

Para disponer la prisión preventiva, la Justicia valoró además la existencia de riesgos procesales, particularmente el peligro de fuga, teniendo en cuenta que Del Valle permaneció sustraído del proceso durante un extenso período. También se ponderaron elementos vinculados con un eventual entorpecimiento de la investigación.

La prisión prevetiva dictada no implica una condena definitiva, sino una medida cautelar adoptada mientras continúa el proceso judicial. La decisión puede ser recurrida por la defensa.

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