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Inusual: condenan a una pareja de abuelos a pagar $66 millones por abusos a su nieta

El hombre había sido penado por las agresiones sexuales y está preso y la mujer es responsable civil por no proteger a la menor.

La abuela y su pareja deberán pagar $66 millones por daño moral a la niña y su madre.

Una sentencia de la Justicia en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca fijó un antecedente al ordenar que una pareja de abuelos pague un resarcimiento económico millonario vinculado con abusos sexuales contra su nieta, una situación poco frecuente en materia de demandas. 

El fallo radica en que la condena incluye a la abuela de la víctima, por no haber cumplido con el deber de cuidado de su nieta, pese a estar al tanto de las acusaciones previas contra su pareja, el abuelastro de la menor.

El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7 sentenció a la pareja a abonar, en conjunto, 66 millones de pesos por el daño moral provocado a la niña y a su madre, por hechos sucedidos en Stroeder.

La decisión judicial dispuso que J.C.I. e I.M. paguen 44 millones de pesos a favor de la joven y de 22 millones para su madre, con más intereses y costas  a cargo de los demandados.

En la acción presentada en abril de 2024, el abogado Guillermo Ortiz, patrocinante de la familia damnificada, había reclamado un total de 26,1 millones de pesos: 17,4 millones para la menor abusada y 8,7 millones para su mamá.

Sin embargo la jueza María Fernanda Arzuaga ordenó un pago superior, al  no compartir la “pauta de referencia” usada para calcular el monto del reclamo de la niña, porque se trataba de una suma estimada para comprar un rodado que "ella no podrá disfrutar de manera directa".

Según explicó Arzuaga, el dinero deberá servir como compensación concreta y les "permitirá a las actoras adquirir una vivienda en Stroeder, en la cual, una vez establecido el núcleo familiar, puedan generar nuevos recuerdos y mayor seguridad".

Si los condenados no pagan, la Justicia ejecutará bienes de su propiedad.

La jueza decretó también que "deberán arbitrarse los medios para que la menor resulte titular registral de las dos terceras partes del inmueble que se adquiera".

Once años de cárcel

A fines de agosto de 2024, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 local condenó al abuelastro a 11 años de prisión, al considerarlo autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple -reiterado- agravado por la guarda.

La investigación de estos hechos estuvo a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 14, de delitos sexuales, por aquel entonces a cargo de la fiscal Marina Lara.

Los ultrajes se produjeron entre el 20 de diciembre de 2021 y el 25 de septiembre de 2022, en perjuicio de la menor que al inicio de los incidentes tenía 4 años.

Esa sentencia penal tiene valor de cosa juzgada en el fuero civil, por lo que la responsabilidad de J.C.I. quedó comprobada.

El abuelastro de la niña tiene aproximadamente 73 años y cumple su condena en la cárcel de Villa Floresta.

En cambio, la intervención de la abuela de la menor se basó en otra conducta: su falta de cuidado.

Para la jueza Arzuaga se probó que, a pesar de que la mujer tenía conocimiento de denuncias previas contra su pareja, continuó con la relación amorosa y recibió a su nieta en su casa.

El fallo sostuvo que la mujer permitió que la menor durmiera en la misma habitación que ella y su pareja, algo que "operó como 'el escenario perfecto'" para los abusos sexuales por parte del condenado.

La jueza agregó que ese deber de cuidado surge también de la Convención sobre los Derechos del Niño (rango constitucional).

Daño probado

Para determinar la reparación monetaria a la niña y su progenitora, Arzuaga valoró testimonios y peritajes psicológicos y psiquiátricos.

Los testigos describieron a la pequeña como "retraída, muy sumisa, con problemas para relacionarse con varones y dificultades en la escuela".

Respecto de la madre, una médica psiquiatra constató un "trastorno adaptativo moderado y crónico" y otra perito describió un cuadro de "depresión, trastornos del sueño y ataques de pánico que requirieron medicación".

En tanto, la psicóloga que la atendía contó que la mujer quedó "desbordada" y que la actitud de su propia madre le generó "angustia y desilusión".

La madre de la menor declaró que la relación previa a los abusos entre los abuelos y su hija era "la habitual", aunque reconoció que, en una ocasión, cuando retiró a su hija del domicilio de su madre, notó que tenía un comportamiento "extraño, estaba callada".

El hombre condenado penalmente pidió arresto domiciliario en más de una ocasión, pero la Justicia se lo rechazó.

Al llegar a su vivienda, su hija le contó que su abuelastro la había manoseado y besado en la boca, entre otros sometimientos concretados en distintas ocasiones mientras su abuela estaba presente.

La mamá de la pequeña viajó a Bahía y radicó la denuncia penal.

En septiembre de 2022 se intentó practicar el examen médico legal a la niña, pero no fue posible por su estado de "angustia y llanto", pero al mes siguiente un perito médico constató que había sido abusada.

Repercusión social

Después de denunciar al abuelastro, el caso tuvo gran repercusión en Stroeder, un pequeño pueblo del partido de Patagones.

En aquel momento distintas mujeres acusaban al hombre de abusar de sus hijas, pero la esposa del acusado siempre desoyó los reclamos.

Una de esas agresiones sexuales en perjuicio de menores habría sucedido en 2015, pero la demandada no tomó ninguna precaución al respecto y siguió conviviendo con el demandado.

Tampoco le avisó a su hija de ese presunto abuso, “violando así el deber de cuidado” de su nieta y exponiéndola al “peligro” cuando estaba en su casa.

Violencia de género

No son muchos los antecedentes conocidos de víctimas de agresiones sexuales o violencia de género que reciban una reparación económica.

Una mujer de Coronel Suárez, en 2022, le ganó un juicio a su expareja, después de 8 años de agresiones.

En ese caso también fue la jueza Arzuaga quien ordenó a un hombre pagar $ 2.085.000, más intereses, a la víctima por el daño moral y psicológico causado.

En el fuero penal, el hombre había sido condenado, por amenazas, a 10 meses de prisión en suspenso.

Frente a ese escenario, la mujer recurrió a la vía civil, un camino poco habitual: su abogada, Melisa Lang, dijo no conocer otro caso similar en la Provincia.

Su colega Hugo Fernández remarcó que en lo civil la acción la tiene la víctima y que afectar el patrimonio del agresor puede ser más disuasivo que una pena de prisión en suspenso.

Pocos reclamos

Pocas víctimas reclaman una indemnización civil a su abusador y esto se debe a distintas razones.

"Cecilia", quien fuera abusada a los 10 años en Tres Arroyos por un militar retirado ya condenado a 7 años de prisión, ganó en primera instancia una demanda de $ 40 millones, aunque la Cámara revocó el fallo por prescripción: el plazo, de dos años según el viejo Código Civil, había vencido en 2013 y la demanda fue en 2019.

Abogadas que trabajaron en ese caso explicaron por qué casi nadie reclama este tipo de acciones civiles: el plazo es corto frente a víctimas que dan a conocer los hechos cuando pueden, muchas veces años después de cometidos.

Además, los procesos son largos y la mayoría de las damnificadas desconoce que pueden pedir un resarcimiento o buscan reparación solo en lo penal. 

En algunos casos saben que sus agresores suelen no tener bienes para responder de manera económica, y desisten.

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