La Cámara Federal bahiense amplió el procesamiento de un juez pampeano
Pablo Díaz Lacava está acusado de violencia física y de género y amenazas contra seis trabajadores de su juzgado. Le agregaron abuso de autoridad.
La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó el procesamiento del juez Pablo Díaz Lacava, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Pampa, por lesiones leves y graves, amenazas simples y coactivas, cometidos contra seis trabajadores judiciales, cuatro de ellas mujeres.
Le imputaron que los hechos se produjeron “en un contexto de violencia, maltrato laboral y, para el caso de las damnificadas, en un contexto de violencia de género”, se indicó en el fallo que firmaron los camaristas Silvia Fariña y Pablo Candisano Mera.
De esa manera no solo confirmaron la resolución, en primera instancia, del juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, sino que ampliaron el procesamiento al incorporar abuso de autoridad por la orden que le habría dado a un policía para que desmantelara un vehículo oficial asignado a la custodia.
También le incluyeron amenazas simples y lesiones leves, al revocar el sobreseimiento que se le había dictado en primera instancia por un hecho que consistió en arrojar una piedra desde la calle a la oficina que ocupaban funcionarios y funcionarias del tribunal oral y luego ingresar al lugar riendo e indicando que había sido una broma.
“Si bien la piedra arrojada por el imputado no produjo daños en las cosas o lesiones en las personas presentes en el despacho, el acto forma parte del conjunto de conductas, acciones y actitudes llevadas a cabo por el imputado, durante un prolongado periodo de tiempo para amedrentar e intimidar a los secretarios”, señaló la Cámara Federal.
Por otro lado, la segunda instancia revocó el procesamiento de Díaz Lacava en torno a un hecho y confirmó el sobreseimiento en otro, ambos considerados también por el Ministerio Público Fiscal como abuso de autoridad, al tratarse de órdenes dictadas respecto de bienes afectados al servicio de justicia.
Fariña y Candisano Mera indicaron que el caso debe analizarse “teniendo en miras el derecho a la dignidad, el derecho a la libertad y el derecho a la integridad psíquica y física en el trabajo, todos los cuales constituyen derechos humanos fundamentales”.