Bahía Blanca | Martes, 16 de abril

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No es no: condena a un comerciante por la violación de una empleada

Un hombre fue sentenciado a 10 años de prisión luego de ser encontrado culpable de abusar sexualmente de una joven que trabajaba en un minimercado ubicado en el barrio Miramar.

Fotos: Archivo LN.

   “El imputado no ha entendido que ninguna mujer puede ser objeto de su deseo sexual si no quiere, sino no acepta, si no lo consiente. Y no importa qué diga, qué haga o cómo se vista”.

   Firmes y terminantes son los fundamentos de la condena, a 10 años de prisión, impuesta a un hombre hallado culpable de violar a una empleada que trabajaba en un minimercado perteneciente a su familia, ubicado en la zona de Villa Miramar.

   El procesado argumentó en sus declaraciones que la relación sexual fue consentida, manifestó que la víctima se insinuaba y hasta que le había requerido dinero.

   A partir de testimonios y pericias, la jueza del Tribunal en lo Criminal Nº 3, Daniela Fabiana Castaño, halló probada la responsabilidad de José Luis Santos, a quien imputó del delito de abuso sexual con acceso carnal.

   El procesado fue detenido el 25 de marzo de 2019 y permanece alojado en la Unidad Penal Nº 4 de Villa Floresta.

   La magistrada encontró probado que el 6 de noviembre de 2015, alrededor de las 19.30, la  mujer estaba realizando tareas cuando el acusado comenzó a manosearla, la sujetó de una mano y, pese a que la víctima intentó resistirse, la arrojó sobre una butaca y la ultrajó.

Duro relato

   La chica declaró que el día de los hechos estaba en la parte trasera del local enviando algunos mensajes con su celular, cuando Santos se acercó y comenzó a insinuarle cosas, por lo que se inició una discusión.

   Describió que la empujó contra la butaca y empezó a manosearla, balbuceando que “todo era su culpa y que ella lo provocaba”.

   Indicó que pretendió sacárselo de encima, pero que le trabó una mano y no pudo zafar.

   La mujer relató que fue sometida y quedó en estado de shock, a partir de lo ocurrido.

   Mencionó que se lavó en el baño y escapó corriendo del sitio, aunque Santos le dio alcance y le pidió que subiera al auto para hablar de lo sucedido.

   La víctima siguió su marcha y cayó al suelo en la vereda de la Escuela Técnica Nº 2, en Azara al 1200, donde algunos alumnos advirtieron lo sucedido y la hicieron ingresar en el establecimiento educativo.

   La joven le contó lo sucedido a la directora de la escuela, quien se comunicó con el 911 y solicitó la presencia de personal policial.

   Negó que haya mantenido una relación amorosa con el acusado y admitió que tenía miedo de denunciar porque el hombre le había manifestado que “tenía un conocido que lo cubría”.

   También expresó el temor a ser juzgada y que la culparan por lo sucedido.

   Relató que a partir de todo esto experimentó profundos cambios en su vida, como la imposibilidad de estar a solas con hombres y problemas en la intimidad con su pareja.

   Dijo que poco después del hecho tomó conocimiento de que estaba embarazada y que de acuerdo a los estudios la fecha de gestación era cercana al momento del abuso.

   Comentó que al recibir la noticia se le “cayó el mundo” y que su pareja la apoyó, por lo que se aferró al bebé. Posteriormente los análisis genéticos determinaron que la paternidad correspondía a su marido.

   La pareja de la víctima relató la forma en que tomó conocimiento del hecho sufrido por su esposa y las consecuencias que provocó en ella.

   También declaró la docente que la asistió, la madre de la víctima, funcionarios policiales y piscólogos que la atendieron.

Versión sin asidero

   Santos declaró en cuatro oportunidades -dos durante el juicio oral-, en las que negó haber abusado sexualmente de la víctima.

   En una de ellas comentó que tuvo “una relación previa” con la mujer, que se inició en octubre de 2015.

   Describió que en una oportunidad le pidió un adelanto de dinero y cuando se lo negó, está le dijo que “podía ser buena con él”.

   Que tuvieron relaciones en un par de ocasiones y que para la noche previa a la denuncia la joven le dijo que estaba embarazada y necesitaba 15 mil pesos para practicarse un aborto.

   Explicó que se negó a darle la plata y que la víctima le advirtió que le contaría lo sucedido a su pareja.

   Al finalizar el debate volvió a declarar y manifestó que nunca eludió a la justicia, expresó quejas respecto a las pericias psicológicas y a la desestimación de testigos que avalarían sus dichos.

   “La versión exculpatoria de presunto despecho y venganza, no tiene asidero posible, pues se desmorona por los propios hechos”, consideró Castaño.

   También refirió que las distintas pericias y testimonios corroboran el mencionado estado de shock y las lesiones sufridas por la víctima.

   Agregó que la mujer fue entrevistada en tres ocasiones por un perito psicólogo, contando además con la presencia de un profesional propuesto por la defensa del acusado, quien no hizo ninguna objeción al respecto.

   Detalló además que la damnificada “fue persistente en su relato desde que formuló la denuncia hasta el día del juicio. Ello no ha sucedido con el imputado”.

   Por otro lado, remarcó que no convocaron al debate a los testigos que presuntamente darían crédito a sus palabras.

   En el fallo, la doctora Daniela Castaño indicó que durante sus declaraciones el imputado fue acomodando la versión de los hechos, “aunque en todas se destaca un denominador común, que es el absoluto desprecio por la joven, a quien ha denostado sin ahorrar calificativos, culpándola de su destino”.

   La jueza agregó que “una constante” en sus relatos fue el intento de desacreditar a la víctima.

   "No puedo pasar por alto que, en el afán de ejercer la defensa material, Santos ha acudido de manera innecesaria a recrear detalles explícitos del acto sexual y de la supuesta conducta de la joven. Y cuando digo innecesario, no se trata de coartar su derecho de defensa, sino que lo sostengo porque realizó una puesta en escena absolutamente ofensiva tanto para ella como para su pareja”, agregó Castaño.

   Por último, sostuvo además que el acusado “recurrió a cuestiones de la vida personal de la joven que, también de manera innecesaria, se ventilaron en el debate, y con las que se intentó justificar la denuncia”.

   En definitiva, halló probada la responsabilidad del imputado y le impuso la pena de prisión efectiva.