Bahía Blanca | Martes, 22 de julio

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Multan a las telefónicas por el cobro de plus

Multas de 200 mil pesos a cada una de las empresas de telefonía y un apercibimiento a los comerciantes involucrados comprende la sentencia final dictada por el Juzgado de Faltas local, en el caso de cobro adicional por la recarga de celulares de las firmas Nextel, Movistar, Personal y Claro. La práctica consistía en cobrar un peso --en calidad de plus-- a quienes pedían la recarga virtual de su teléfono móvil. La causa se inició a partir de una denuncia ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), por considerar ese hecho como indebido, ente que pidió la intervención del Juzgado de Faltas.

 Multas de 200 mil pesos a cada una de las empresas de telefonía y un apercibimiento a los comerciantes involucrados comprende la sentencia final dictada por el Juzgado de Faltas local, en el caso de cobro adicional por la recarga de celulares de las firmas Nextel, Movistar, Personal y Claro.


 La práctica consistía en cobrar un peso --en calidad de plus-- a quienes pedían la recarga virtual de su teléfono móvil. La causa se inició a partir de una denuncia ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), por considerar ese hecho como indebido, ente que pidió la intervención del Juzgado de Faltas.


 En abril de este año, el tribunal resolvió, "con carácter de medida preventiva", prohibir esa acción dentro del partido de Bahía Blanca, exigiendo a los vendedores el retiro de toda cartelería relacionada, rechazando además la apelación presentada por una de las prestatarias.


 En los considerandos de su fallo, el juez Ricardo Germani consideró que las empresas de telefonía que comercializan sus productos o servicios "deben asumir un adecuado control" entre los prestadores del mismo, evitando y prohibiendo "prácticas abusivas que ocasionen un perjuicio al consumidor".


 Sostiene además que no pueden manifestarse "ajenas" al cobro de ese peso adicional, toda vez que ese cargo "establecido de manera arbitraria" por el comerciante, no debiera ser "tolerado, admitido ni aceptado" por las firmas.


 A partir de estos argumentos, el Juzgado estableció la sanción de apercibimiento a los 14 comerciantes involucrados en esta conducta y la multa de 200 mil pesos a cada prestataria, transformando además "en definitiva" la medida de prohibición del cobro del plus en todo tipo de recarga.