Bahía Blanca | Sabado, 04 de mayo

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Guardiacárcel condenado por violaciones

Luego de que el Tribunal de Casación bonaerense dejara sin efecto la absolución que le había dictado en 2009 la justicia local, un guardiacárcel acusado de violar a dos internos de la cárcel de Villa Floresta, fue condenado a 12 años de prisión. La sentencia recayó en el suboficial mayor Sergio Gómez, quien está en disponibilidad desde 2004, y fue dictada por los jueces Alejandro Salvador Cantaro, María Elena Baquedano y Claudia Cecilia Fortunatti, quienes integraron para ese caso el Tribunal en lo Criminal Nº 1, luego de que se dejara sin efecto la decisión de los titulares de ese cuerpo, Enrique José Montironi, Hugo Adrián De Rosa y Mario Lindor Burgos.

 Luego de que el Tribunal de Casación bonaerense dejara sin efecto la absolución que le había dictado en 2009 la justicia local, un guardiacárcel acusado de violar a dos internos de la cárcel de Villa Floresta, fue condenado a 12 años de prisión.


 La sentencia recayó en el suboficial mayor Sergio Gómez, quien está en disponibilidad desde 2004, y fue dictada por los jueces Alejandro Salvador Cantaro, María Elena Baquedano y Claudia Cecilia Fortunatti, quienes integraron para ese caso el Tribunal en lo Criminal Nº 1, luego de que se dejara sin efecto la decisión de los titulares de ese cuerpo, Enrique José Montironi, Hugo Adrián De Rosa y Mario Lindor Burgos.


 El año pasado, luego de analizar la causa, la Sala I de Casación resolvió revocar el fallo que absolvía a Gómez (dictado en mayo de 2009) y ordenó la conformación de un nuevo tribunal para dictar nueva sentencia.


 En consecuencia, el sujeto fue hallado culpable de abuso sexual con acceso carnal calificado, por haber sido cometido por un miembro de las fuerzas de seguridad, en ocasión de sus funciones (dos hechos).


 El caso había sido denunciado por el entonces jefe de la Unidad Penal Nº 4, prefecto mayor Carlos Omar Luján.


 Se estableció que, en reiteradas oportunidades, desde febrero de 2003 y hasta septiembre del mismo año, fueron ultrajados dos internos en reiteradas ocasiones.


 Para tal fin, el acusado (que era jefe del área de panadería) intimidó a las víctimas, a partir de su autoridad, amenazando con restringirles el acceso a los comestibles, dejarlos en su celda y castigarlos, en caso de oponerse a sus requerimientos.


 Las agresiones se produjeron en la cocina, cuando Gómez quedaba a solas con las víctimas.


 El fallo que absolvió al guardiacárcel se había resuelto por mayoría, ya que Montironi y De Rosa votaron en ese sentido, mientras que Burgos lo hizo en contrario.


 La posición mayoritaria entendía que no existió sometimiento sexual forzado, pese a reconocer que las relaciones existieron, aunque con la incertidumbre acerca de si se dieron en un ámbito del consentimiento.


 Para Burgos, en cambio, el abuso existió al menos en uno de los hechos, hizo mención al ADN positivo y aclaró que si bien Gómez no tenía facultades para trasladarlo de un pabellón a otro, no lo invalidaba a amenazarlos con hacerlo.


 La Sala I de Casación coincidió con el voto del doctor Burgos y, de esa manera, ordenó revocar la absolución, para dictar una nueva sentencia, que derivó en la condena a 12 años de cárcel para Gómez.