Condena por vender droga en una casa donde “desfilaban” los compradores
Filmaciones de las cámaras del CeUM determinaron que entre 40 y 60 personas concurrían, en pocas horas del día, al domicilio ubicado en el barrio 1º de Mayo.
A mediados de 2024, mediante la aplicación “Denuncia Ciudadana” del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, una persona manifestó que en un domicilio usurpado en la zona del barrio 1º de Mayo vendían drogas.
La información fue enviada a la UFIJ Nº 19, a cargo del doctor Mauricio Del Cero, y se le encomendó la investigación al personal de la Delegación de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas.
Los efectivos llegaron hasta el sector de la calle Pampa Central al 1700 y detectaron que a metros del inmueble señalado había una cámara del Centro Único de Monitoreo (CeUM).
La presencia del dispositivo de seguridad no fue obstáculo para la actividad ilícita.
En las filmaciones advirtieron que cada día, en lapsos de solo dos o tres horas, entre 40 y 60 personas ingresaban al sitio y se retiraban a los pocos minutos.
Señalaron que estos sujetos, muchos de los cuales arribaban en moto o bicicleta, accedían a la propiedad sin previo aviso, se entrevistaban con los habitantes del lugar y poco después se alejaban.
Mencionaron que se constataron “diversas situaciones compatibles con posibles operaciones de intercambio de estupefacientes al menudeo o con destino a consumidores”.
Ese material resultó decisivo para el avance de la causa y la condena que recibió en las últimas horas María Sol Sotelo.
La mujer, quien se encuentra detenida con arresto domiciliario, fue sentenciada en un juicio abreviado a la pena de cuatro años y medio de prisión.
El juez del Tribunal en lo Criminal Nº 1, Christian Alberto Yesari, la imputó como coautora de los delitos de tenencia y comercialización en dosis fraccionadas directamente para su consumo.
Por el hecho también es investigado Ángel Emanuel García, quien, según indicaron fuentes judiciales, aún aguarda el debate.
Para el magistrado quedó probado que, al menos entre el 15 de agosto y el 22 de octubre de 2024, dos personas que residían en el lugar comercializaron estupefacientes, particularmente cocaína, al menudeo.
También se determinó que cuando la Policía allanó el lugar tuvieron en forma conjunta y para la venta 20,76 gramos de esa sustancia. Incautaron además unos 900 mil pesos en efectivo y celulares.
“Birra” y “Flores”
El análisis del teléfono celular de Sotelo determinó el hallazgo de mensajes de Facebook y WhatsApp relacionados con la actividad imputada.
“Surge evidente de las comunicaciones qu está hablando de unas sustancias u objetos que intercambian en unidades o por peso y a la que fijan un precio”, indicó Yesari en el fallo.
Agregó que en los diálogos se refería a las sustancias con los términos “flor”, “fa”, “ricky” o “birra”.
También refirió que la droga se abonaba con dinero en efectivo o mediante transferencias bancarias.
La mujer declaró en la causa y admitió que consumía estupefacientes.
Negó comercializarlos, aunque ante otras preguntas del fiscal decidió no responder o no tuvo explicación (a quién le adquiría la droga que presuntamente utilizaba o sobre la cantidad de personas que llegaban a la vivienda).
El magistrado consideró importante el material probatorio extraído del aparato.
Del mismo modo, sostuvo que “las constataciones policiales durante la vigilancia en el inmueble que habitaba, de numerosas situaciones compatibles con el intercambio de sustancias estupefacientes por dinero, terminan de zanjar la cuestión en punto a la autoría”.
Por todo ello, encontró a Sotelo culpable de los delitos imputados y le impuso la pena de prisión.