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La OMIC informó cómo funcionará el nuevo sistema para cobrar cuotas de préstamos

A partir del 31 de agosto comenzará a regir la modalidad de "Cobro con Transferencia", que exigirá autorización previa, avisos antes de cada operación y establecerá límites para los intentos de débito.

Foto: archivo La Nueva.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informó sobre la implementación de una nueva modalidad para el cobro recurrente de cuotas de préstamos, denominada "Cobro con Transferencia" (CCT), establecida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

El nuevo mecanismo estará disponible para el cobro de préstamos a partir del 31 de agosto de 2026 y establece nuevas condiciones para que las entidades y proveedores de crédito puedan realizar los cobros, al tiempo que fija derechos y obligaciones para los consumidores.

Cómo funcionará el nuevo mecanismo

A través del sistema de Cobro con Transferencia, el consumidor deberá otorgar un consentimiento expreso y vincular previamente una cuenta bancaria o una cuenta de pago desde la cual se realizarán los cobros.

Antes de cada operación, el proveedor deberá notificar electrónicamente al consumidor que se efectuará el débito correspondiente.

Además, la normativa contempla la posibilidad de que el titular pueda modificar la cuenta vinculada o revocar el consentimiento mediante los canales electrónicos que se encuentren habilitados.

Sin embargo, dar de baja la autorización para utilizar este mecanismo de cobro no implica cancelar el préstamo ni extinguir la deuda.

La obligación contractual continúa vigente y el consumidor deberá abonar las cuotas mediante otro medio de pago válido o acordar una alternativa con el proveedor.

La nueva modalidad establece límites específicos para el cobro de las cuotas. En cada período se permitirá un intento de cobro y, en caso de que no se concrete, podrán realizarse hasta dos reintentos, a las 48 y 96 horas de la fecha prevista para el primer intento.

Además, solo podrá cobrarse la cuota correspondiente al período en curso. Esto significa que no podrán acumularse varias cuotas pendientes para efectuar un único cobro mediante este mecanismo.

La normativa también establece que las cuotas deberán ser fijas e iguales durante la vigencia del contrato, salvo las excepciones contempladas específicamente.

Por otra parte, al momento del otorgamiento del préstamo, la relación entre la cuota y los ingresos considerados para evaluar el crédito no podrá superar el 30 %.

Desde la OMIC remarcaron que ese porcentaje no significa que una persona necesariamente esté en condiciones de asumir un nuevo endeudamiento.

Antes de contratar un préstamo, señalaron, es necesario analizar el conjunto de las obligaciones financieras existentes, entre ellas otras cuotas, saldos de tarjetas de crédito y gastos habituales. También resulta relevante considerar el plazo del préstamo y, especialmente, el Costo Financiero Total (CFT), que permite conocer cuánto terminará costando el crédito.

"Desde el organismo recomendamos no evaluar un préstamo únicamente por el valor de la cuota mensual, sino conocer cuánto se va a pagar en total y cómo impactará esa nueva obligación en la economía familiar", sostuvo el director de la OMIC, Pablo Daguerre.

En ese sentido, la posibilidad de acceder a una cuota que se encuentre dentro del límite establecido no implica, por sí sola, que el crédito resulte sostenible para la economía del consumidor.

Qué recomienda la OMIC antes de sacar un préstamo

El organismo municipal aconsejó a los consumidores tomar una serie de precauciones antes de contratar un crédito. Entre ellas, recomendó:

- Leer atentamente las condiciones del contrato.

- Conocer el valor de cada cuota y el costo total del crédito.

- Revisar el Costo Financiero Total (CFT).

- Verificar qué cuenta bancaria o de pago quedará vinculada al mecanismo de cobro.

- Controlar las notificaciones electrónicas y los movimientos de la cuenta.

- Conservar contratos, comprobantes y comunicaciones con el proveedor.

- Consultar ante cualquier condición que no resulte clara.

"Cada vez que se modifica la forma en que se cobran las cuotas de un préstamo es fundamental que el consumidor conozca claramente qué está autorizando. Esta nueva modalidad establece reglas concretas sobre el consentimiento, los avisos previos, los intentos de cobro y la cuenta desde la cual se realiza el pago", explicó Daguerre.

El director de la OMIC también remarcó la importancia de diferenciar la autorización del mecanismo de cobro de la obligación de pagar el crédito.

"También es importante no confundir la posibilidad de revocar un mecanismo de cobro con la cancelación de una deuda. La obligación de pagar un préstamo continúa vigente. Nuestro objetivo es que el vecino pueda conocer sus derechos, pero también sus obligaciones, y tomar decisiones financieras de manera responsable e informada", señaló.

Desde la OMIC indicaron que continuarán brindando información y herramientas a los consumidores con el objetivo de facilitar el conocimiento de sus derechos y promover decisiones financieras informadas.

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