En Bahía: condenado a nueve años de cárcel por abusar de la hija de su pareja
Los jueces del Tribunal en lo Criminal Nº 1 sentenciaron al imputado por dos hechos cometidos el año pasado en una vivienda ubicada en la zona de Villa Nocito. La menor quedaba al cuidado del hombre cuando su madre trabajaba.
Un hombre aprovechó que quedó al cuidado de su hijastra de 9 años para llevarla al baño de una vivienda ubicada en la zona de Villa Nocito y abusarla sexualmente.
La pequeña estaba angustiada por la situación, pero el acusado la manipuló, amenazándola con que no le daría un teléfono celular que le había comprado si contaba algo de lo que había sucedido.
Pese a esto la menor decidió romper el silencio y le reveló a su madre lo ocurrido, quien echó a su pareja de la casa y denunció el caso ante la Justicia.
En los últimos días, el Tribunal en lo Criminal Nº 1, integrado por los jueces Hugo Adrián De Rosa, Ricardo Gutiérrez y Christian Alberto Yesari, condenó al individuo -no se lo identifica para preservar a la víctima- a la pena de 9 años de cárcel.
Para los magistrados quedó probado que el 3 de agosto de 2024, entre las 18.30 y las 20 horas, el procesado condujo en dos oportunidades a la menor hacia el baño del inmueble y la sometió a diferentes prácticas sexuales.
El hombre estaba al cuidado de la pequeña cuando se produjeron los hechos y aprovechó el vínculo que tenía con la madre de la víctima para someterla.
Un mensaje
La progenitora de la chica declaró que conoció en 2022 al imputado y que luego de un tiempo de relación comenzaron a convivir.
Explicó que por entonces tenía horarios rotativos de trabajo y que en esos momentos sus hijos quedaban al cuidado de su abuela o del procesado.
Recordó que el día de los hechos estaba en su empleo cuando recibió un mensaje de su hija, quien le dijo que su padrastro la había manoseado.
Mencionó que no pudo comunicarse con la menor, por lo que le pidió a su madre que fuera a ver qué había sucedido.
Comentó que poco después le confirmó la novedad, por lo que le solicitó que sacara a los pequeños de la vivienda.
Detalló que la víctima le contó lo sucedido y decidió confrontar a su pareja, quien negó las acusación y terminó insultándola y diciéndole que “eso pasaba porque dejaba solos a los hijos”.
La abuela de la nena dijo que al llegar a la casa el acusado intentó desligarse de las imputaciones y que en determinado momento la pequeña confrontó al hombre y desmintió sus dichos.
La mujer agregó que en todo momento le creyó a la niña y que por ese motivo la retiró del domicilio.
Por la fuerza
La menor declaró mediante el sistema de la cámara Gesell y aseguró que los hechos ocurrieron mientras su madre estaba trabajando y habían quedado al cuidado del sujeto.
Indicó que el acusado la llevó por la fuerza al baño y la encerró.
La pequeña relató lo sucedido y sostuvo que “me hizo cosas que no tenía que hacer”.
Describió que eso paso en dos oportunidades durante el mismo día.
También comentó que luego llamó a su madre para contarle.
En el lugar se encontraba su hermano, quien dijo que escuchó llorar a la nena, pero que no fue a verla porque el imputado lo iba a retar si lo hacía.
El menor confirmó en su relato que su hermana y el acusado estuvieron en el baño de la casa.
Informes
Un médico que revisó a la chica mencionó que no halló “lesiones cutáneas traumáticas”.
De todas maneras, el profesional sostuvo que resultó “espontáneo” el relato de la menor acerca de lo sucedido.
Por otro lado, el informe químico pericial de muestras tomadas a la víctima determina la existencia de PSA en uno de los hisopados realizados.
En tanto, no se pudo realizar el análisis comparativo de ADN al no hallarse presencia de material genético masculino apto para el cotejo.
Una psicóloga que entrevistó a la niña coincidió con la opinión de otros profesionales.
Describió que “el relato no presentaba particularidad alguna que llamara la atención. Era claro y coherente debido a la edad de ambos, espontáneo”.
Destacó también “que no advirtió indicadores de presión externa” y tampoco halló registros de “animosidad” contra el procesado, aclarando que lo sucedido resultó inesperado para la denunciante.
Por todo ello, los jueces sentenciaron al procesado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad.