Bahía Blanca | Miércoles, 23 de julio

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Pagar o no pagar las multas de tránsito, una cuestión de juicio

El juzgado sigue un procedimiento de rigor a través de su propia área de Procuración y Cobranza, el cual comienza por intimar al deudor.

Foto: Pablo Presti-La Nueva.

Si bien el porcentaje es variable en el tiempo, la cantidad de infractores que actualmente no pagan sus multas de tránsito se ubica entre el 75 y el 80%, “una cantidad muy elevada”, según se mencionó a este medio. 

Sin embargo, eso no significa que en el tiempo no deban hacerlo, incluso con los recargos correspondientes por la demora o los gastos que genera hacerlo por intimación o vía judicial.

En todos los casos de falta de pago, el juzgado sigue un procedimiento de rigor a través de su propia área de Procuración y Cobranza, el cual comienza por intimar al deudor y en caso de no tener respuesta en los plazos establecidos se inicia el reclamo por la vía judicial. 

“Es el procedimiento habitual, el que siempre se ha hecho y el que se sigue practicando en la actualidad”, señalaron las fuentes consultadas.

Se mencionó además que a partir de las intimaciones se concreta una cantidad importante de cobros, con lo cual aumenta el porcentaje de personas que pagan, quedando la elevación a juicio como el camino posterior.

La Ley de tránsito (24.449) indica que las multas prescriben a los cinco años, aunque ese hecho prescriptivo se produce únicamente si el Estado no inicia el proceso de cobro dentro de ese plazo. 

Los cobros

Tomando datos aportados desde el municipio, se realizan un promedio de 7 mil actas de infracción cada mes por parte del cuerpo de inspectores de tránsito, de las cuales se puede deducir que unas 5 mil no se pagan en tiempo y forma, con lo cual el juzgado inicia los correspondientes caminos de intimación, primero, y de judicialización, en caso de no tener una respuesta.

Si bien trascendió que el Departamento Ejecutivo municipal estaría considerando –teniendo la cantidad de causas-- la posibilidad de contratar un estudio externo que siga el tema de las intimaciones y juicios, el intendente Héctor Gay mencionó a La Nueva. que esa es una decisión que corresponde al propio Juzgado de Faltas. 

Por otra parte, señaló que históricamente entre un 30 y un 35% paga las multas en los plazos debidos. 

“Esos porcentajes se elevan, tarde o temprano, cuando alguien hace una transferencia de su vehículo --tiene que tener el libre deuda-- o porque pagan cuando se los intima o se lleva adelante el correspondiente juicio”, agregó.

Desde el Juzgado, por su parte, mencionaron que sumar un estudio externo que tome a su cargo intimaciones y juicios “no es algo simple de considerar y mucho menos de implementar”.

Por último, en reunión mantenida la semana última entre los jueces de faltas y el jefe comunal, se planteó la posibilidad de una moratoria, aunque es algo que recién se comenzaría a considerar y que no necesariamente se llegue a implementar en corto plazo.

Cabe señalar, por otra parte, que el Juzgado de Faltas se encuentra habilitado para evaluar cada situación en particular y eventualmente autorizar la cancelación de las multas pendientes a través de un plan de pagos, siempre que las circunstancias del caso y la situación del infractor lo ameriten.

¿Por qué no se paga?

Se puede especular desde muchos aspectos porqué un gran caudal de personas no paga sus multas de tránsito. Desde una cuestión cultural, la incomodidad de asistir a las audiencias ó postergar el pago aunque se deba hacer con recargo. 

Pero acaso la causa más significativa sea el elevado valor de las multas, que guardan muy poca relación con el actual poder adquisitivo de la gente. Son valores que, además, se vienen ajustando desde 2009 de manera bimestral, con un parámetro muy particular como es el valor del litro de la nafta de mayor octanaje que expende la petrolera YPF.

Para el bimestre mayo-junio el valor de la Unidad Fija (UF) que se utiliza para establecer el valor de las multas se estableció en $ 256,80.  

Las contravenciones más habituales entre los conductores locales – estacionar en lugares prohibidos ó utilizar el celular mientras conducen-- tienen penas que pueden llegar a $ 256.810.

En Bahía Blanca el criterio del juzgado de faltas es, en principio, aplicar el monto mínimo admitido para cada falta y alentar a los infractores a realizar el pago voluntario, lo cual les permite obtener un descuento del 50%. 

A manera de ejemplo, circular sin licencia tiene una multa de entre 300 y 1000 UFs, esto es, entre $ 77.040 y $ 256.800. El pago voluntario permite abonar la mitad del monto mínimo, es decir, para este caso, $ 38.520. 

De no hacerlo, deberá asistir a la audiencia correspondiente en el juzgado, hacer su descargo y aguardar la decisión del juez, aunque ya no tendrá el beneficio que otorga el pago voluntario.

Las infracciones tienen multas mínimas y máximas. Las actuales son: Circular sin seguro obligatorio: $ 25.680 y $77.043; sin cinturón de seguridad: $ 25.680 y $ 128.400; No respetar semáforo: $ 77.043 y $ 128.400; Estacionar zona prohibida: $ 77.043 y $ 256.810; Exceso de velocidad: $ 38.530 y $ 256.810; Alcoholemia positiva: $51.360 y $256.810; Negarse al test de alcoholemia: $ 77.043 y $ 308.170.

Cuando no pagar deja de ser una alternativa

Son varios las circunstancias que requieren la cancelación de las infracciones.

1) Cualquier trámite que implique un acto administrativo por parte del Municipio (Por ejemplo la habilitación de un local comercial) requiere de la presentación de un libre deuda. Para obtenerlo, la persona interesada no puede contar con infracciones pendientes de pago.

2) La renovación de la licencia de conducir es un trámite en el cual verifica las infracciones pendientes, debiendo abonarse las mismas para su culminación.

3) Al realizar la transferencia de un vehículo al Registro Nacional de Propiedad Automotor se controlan las infracciones pendientes, debiendo abonarse las mismas para poder inscribir la compraventa.