Bahía Blanca | Miércoles, 02 de julio

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Opinión: por los chicos, por sus derechos y su voluntad

El abogado del Niño defiende intereses definidos por el propio niño, niña o adolescente sin sustituir su deseo y desde su propia mirada. El valor de esta nueva figura es enfocada por la directora de Derecho de Familia y Niñez del Colegio de Abogados de Bahía Blanca. 
 

Por Abogada Adriana Reale y Dra. en Psicología Claudia Amigo

 

   ¿Por qué un NNyA necesita tener su propio abogado?

   La CDN refleja una nueva perspectiva sobre la infancia, posicionando a los NNyA como sujetos titulares de sus propios derechos. Un cambio de paradigma donde la sociedad, la familia y el Estado tienen una corresponsabilidad ante los niños.

   El principio rector a tener en cuenta al resolver cuestiones que afecten la vida de los menores de edad e “el interés superior del niño”, el cual implica la vigencia y satisfacción simultanea de TODOS sus derechos (art. 3 CDN).-

   ¿Cómo nace la figura del Abogado del Niño?

   Receptando las directivas de la CDN, la Ley 26.061 en su art. 27 establecido “garantías MINIMAS” tanto en el proceso en sede judicial como en el administrativo, creando la figura del Abogado del Niño, disponiendo que los organismos del Estado deben garantizarles ser asistidos por un letrado preferentemente especializado en niñes y adolescencia, desde el inicio del procedimiento que los incluya.-

   A nivel provincial la ley 14.568 es la que crea esta figura…

   ¿Qué significa ser abogado del niño?

   En palabras del Dr. Solari “la defensa técnica de los intereses personales e individuales de los niños, niñas y adolescentes en un conflicto concreto, prestando su conocimiento técnico ante cualquier procedimiento civil, familiar o administrativo que los afecte, interviniendo en carácter de parte”.-

   ¿Qué dificultades encontramos en la aplicación práctica de esta figura?

   El CCyCN condiciona el derecho a la defensa técnica a la edad y grado de madurez del NNyA.

   Sin embargo, nosotros adherimos a la postura que reconoce el derecho a la defensa técnica en favor de TODO NNyA sin condicionamiento alguno de edad. Como manifestamos anteriormente se trata de una GARANTIA MINIMA del debido proceso.-

   La mayor o menos autonomía del niño será tenida en cuenta para considerar su opinión o en la decisión de elegir por si mismo un abogado, pero no para la viabilidad de este derecho.-

   Entonces, ¿todo niño tiene derecho, puede tener un abogado?

   Todo niño independientemente de su edad o capacidad progresiva es un sujeto de derecho por lo tanto tiene derecho a tener un abogado.

   ¿Cómo saber de acuerdo a la ley, quienes son los profesionales capacitados?

   Hay un curso de capacitación dictado en el marco de los colegios de abogados de cada jurisdicción, además de un registro que se elabora en cada uno de dichos Colegios.-

   Puede un chico ser representado por un abogado de su confianza?

   SI PUEDE. La ley habla de un abogado preferentemente especializado en niñes y adolescencia, y dicha elección podrá entonces ser de oficio o a pedido de parte.-

   ¿Por qué es tan importante que un niño tenga su propio abogado?

   Porque si hablamos del NNyA como sujeto de derecho, deberíamos considerarlo como tal y por ende que pueda tener su propia representación, independientemente de sus padres o guardadores.-

   Pensemos en los delitos contra la integridad sexual, sobre todo en el ámbito intrafamiliar, cuantas tensiones, alianzas, manipulaciones, en las que se ve sometido un NNyA; y ni que hablar en una pelea entre progenitores por obtener su cuidado personal… ¿no es importante una representación independiente de los litigantes, quienes muchas veces solo piensan en su conveniencia y NO en las del niño? Olvidando o dejando de lado la mayor importancia que es la de NNyA.-

   Dra. Amigo, desde su vasta experiencia en la psicología y en el trato con NNyA, ¿Un pequeño puede manifestar su situación personal de forma tal que le permita tener un abogado?

   De acuerdo a la etapa evolutiva, el niño, tiene una manera de conocer su contexto y de expresar sus vivencias. 

   El sufrimiento de un niño no se limita a un criterio cronológico. Puede atravesar situaciones traumáticas tanto un bebé como un adolescente de 13 años, lo que varía es la forma de manifestarlo según su momento evolutivo.

   Toda conducta humana tiene un sentido o una intención. En el caso del bebé, que todavía no ha adquirido el lenguaje oral, se expresa por medio del lenguaje corporal, el juego sensorio motor, la sonrisa, el llanto, los sueños y por los síntomas. Por  mencionar un ejemplo, un bebé víctima de violencia sexual puede presentar juegos y conductas sexuales inapropiadas para  la edad en tanto que otro bebé sometido al abandono materno puede manifestar depresión analítica.

   A partir de los 2 años se desarrolla la capacidad simbólica con las funciones de imagen mental, palabra comunicativa, dibujo y  juego simbólico por las que comienza a representar figuras significativas, sentimientos, objetos aun cuando no los percibe como también situaciones traumáticas. Por ejemplo por medio del juego simbólico recrea roles o personajes y así puede representar, por ejemplo, que conducta tienen las figuras familiares para con el pequeño.

   ¿Cuándo comienza a constituirse la capacidad progresiva?

   Desde el primer año de vida, cuando se inicia el desarrollo cognoscitivo y afectivo de manera progresiva.

   Se suele considerar al relato y su coherencia asociativa como una capacidad confiable para expresar las vivencias. Pero el lenguaje verbal no es la única forma de comunicación del ser humano. 

   El bebé va conformando la conciencia del yo y del otro gracias al vínculo con figuras parentales que cumplen una función afectiva maternal. 

   Las capacidades cognoscitivas evolucionan a través de estadios cualitativamente diferentes. Es así que el niño desde el nacimiento desarrolla una inteligencia sensoriomotor evolucionando luego hacia  un pensamiento preoperacional y operacional concreto para dar lugar a los 12 años aproximadamente al pensamiento hipotético deductivo, es decir, el adolescente es capaz de razonar sobre proposiciones a título de hipótesis sin necesidad de apoyarse en el objeto concreto y deduce  las conclusiones abstractas. Se emparenta a esta última etapa con la capacidad progresiva y de esta manera se omite todo el desarrollo cognoscitivo y afectivo anterior. 

   Con respecto al desarrollo de la conciencia moral, el niño no nace con ella pero sí con una capacidad del sentido  moral potencial. A partir de los dos años experimenta el conflicto entre sus deseos y la incipiente conciencia moral, es decir, puede representarse por anticipado las consecuencias de su conducta como ser castigado o premiado y capta conscientemente la diferencia entre lo bueno y lo malo que no significan otra cosa más que estar de acuerdo con los mandatos y prohibiciones de sus padres y otras figuras significativas. Gradualmente, en la medida que el yo y la conciencia moral se desarrollan, el niño está en condiciones de tener iniciativas. 

   Recuerdo un paciente de 5 años que fue violentado sexualmente  por el amigo del padre y este no le creyó. El niño comenzó a tener síntomas postraumáticos, entre ellos pesadillas y cambios en su conducta.

   Temía a encontrarse con el abusador en la casa del padre. En varias oportunidades gritó no querer ir a la casa donde fue abusado en tanto que el progenitor imponía que fuese a su vivienda y lo obligaba a la revinculación. En una sesión me manifiesta que le preguntaron por qué se negaba a ir con su padre  pues “tenés un padre”, a lo cual responde con otra pregunta ¿Vos irías a una casa donde te maltratan? Al respondérsele que no, aduce ¿Entonces porque me obligas a que vaya? . El paciente y su madre no se sentían escuchados y entonces solicite un abogado del niño para él. En otra sesión me expresa que estaba contento porque se sentía protegido por su amigo el abogado. 

   Es necesario estar receptivo al padecimiento del niño, no pensemos que por ser pequeño no sufre ni tiene síntomas ni puede comunicar. En este caso la ciencia de la Psicología aporta herramientas para interpretar y analizar la veracidad de los diferentes modos de expresión.