Bahía Blanca | Viernes, 03 de mayo

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Confirmaron una condena a 8 años de cárcel contra un abusador reincidente

La Sala 4 del Tribunal de Casación Penal bonaerense ratificó la sentencia que la Justicia bahiense le había impuesto a Cristian Talmón, acusado de manosear a dos pequeñas hermanas. Ya había purgado otra sentencia por el mismo delito.

Fotos: Archivo LN.

   Cristian Fernando Talmón transcurrió en prisión casi las últimas dos décadas, siempre relacionado con delitos sexuales.

   Cumplió una pena de 16 años y 9 meses (se agotó en 2015), quedó en libertad y al poco tiempo volvió a ser vinculado con un hecho de características similares.

   El sujeto fue llevado nuevamente a juicio y recibió una pena de 8 años de cárcel por manosear a dos pequeñas en 2017.

   El fallo fue dictado el pasado 16 de septiembre por el Tribunal en lo Criminal N° 2 de nuestra ciudad y en las últimas jornadas lo confirmaron los jueces de la Sala Cuarta del Tribunal de Casación provincial, quienes desestimaron la apelación presentada por el defensor oficial Augusto Duprat.

   Los doctores Mario Eduardo Kohan y Carlos Ángel Natiello ratificaron la sentencia impuesta por la Justicia bahiense, por los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual agravado por estar el imputado a cargo de la guarda de las menores, dos hechos, en concurso real de delitos.

   En su presentación, la defensa del procesado indicó que “con la prueba colectada en autos, en modo alguno se ha podido siquiera corroborar abuso o tocamiento alguno en perjuicio de ambas menores, por lo cual se encontraría en una situación de escasez probatoria, que impide dar por probado los hechos”.

   La postura no fue acompañada por los jueces de Casación.

   En la resolución sostuvieron que, en atención a la prueba reunida, “el recurrente no ha logrado demostrar la existencia de una violación de las normas que rigen la valoración de la prueba, destacando que dichos elementos han sido asociados lógicamente a través del razonamiento ajustado a las reglas de la lógica, de la experiencia y el sentido común, y ajeno a arbitrio alguno”.

La revelación

   Entre la prueba analizada por el tribunal platense se encuentra la declaración de la madre de las víctimas, quien refirió que por entonces el acusado era pareja de su hermana.

   Dijo que un día se encontraba en su casa y una de sus hijas le comentó que a Cristian, como se referían a Talmón, se le “está haciendo costumbre tocarnos”.

   Explicó que sufrió una crisis de nervios, reveló a otros familiares la situación y posteriormente realizó la denuncia penal.

   La mujer aclaró que estudiaba y cuando su madre no podía cuidar a sus hijos estos quedaban en la casa de su hermana, donde se encontraba el imputado.

   Sostuvo que no volvió a ver a Talmón y que tomó la decisión de alejarse de la ciudad.

   También habló sobre los cambios en el comportamiento que experimentaron las víctimas tras lo sucedido.

   Las pequeñas, que tenían 7 y 4 años al momento de los hechos, declararon  mediante cámara Gesell.

   La mayor dijo que tomó la decisión de contarle a su madre luego de saber que su hermana también pasaba por la misma situación. Además admitió que sintió miedo de que las trataran de mentirosas.

   Agregó que  “las agarraba para jugar y en esos momentos las tocaba”.

Evaluación

   Una perito psicóloga de la fiscalía que evaluó a la niña consideró que su relato era compatible con los hechos denunciados, que sus expresiones conservaban “lógica y coherencia”, y que no detectó indicios de fabulación.

   Otras dos profesiones opinaron en el mismo sentido, hallando una descripción clara de lo sucedido y con ausencia de contradicciones. Tampoco advirtieron que la declaración hubiera podido ser inducida por un tercero.

   “La selección de los medios probatorios no convierten un fallo en arbitrario, por la sola circunstancia que el recurrente, en este caso, prefiera otros elementos de prueba en lugar de los excogitados por la sentenciante, que la llevó a tener por acreditada la materialidad ilícita, como así también la autoría penalmente responsable”, señala el fallo.

   Por todo ello, los jueces consideraron ajustada a derecho la condena y rechazaron la apelación.

Dijo que la denuncia era un invento

   Declaración. Durante la instrucción de la causa Talmón declaró y negó los cargos en su contra. El procesado dijo que jamás estuvo solo con las menores y que no lo dejaban con ellas porque sabían que tenía antecedentes por abuso sexual.

   Supuesto móvil. El sujeto agregó que todo fue inventado para separarlo de quien por entonces era su pareja, porque se iba a casar con ella y la familia no quería.

   Descartado. En el fallo los jueces bahienses indicaron que el relato no se ajustaba a las pruebas reunidas.

   Los hechos. El Tribunal consideró probado que los abusos ocurrieron en 2017, en fechas que transcurrieron tres meses antes del 26 de agosto. Una de las pequeñas tenía entre 7 y 8 años, mientras que la restante tenía entre 4 y 5. Ambas sufrieron al menos dos episodios de manoseos, los que sucedieron en un domicilio de nuestra ciudad y en el interior de un vehículo.