Bahía Blanca | Miércoles, 24 de abril

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Todo lo que hay que saber sobre el nuevo blanqueo para la construcción

La iniciativa permite sacar el dinero de abajo del colchón para aplicarlo a un proyecto inmobiliario, pagando menos de lo que se debería si el fisco lo detecta.

Francisco Rinaldi

frinaldi@lanueva.com

   Los 241.570 millones de dólares que los argentinos tenían por fuera del circuito económico formal al segundo trimestre de este año podrían evitar más de un dolor de cabeza en un país donde los desequilibrios del mercado de cambios son algo casi cotidiano.
   Pero esta enorme masa de recursos, que explica casi la mitad de todo el Producto Bruto Interno del país, necesita de incentivos para reingresar, ya que pertenecen a los agentes privados.
   Precisamente, la ley 27.613 de Incentivo a la Construcción, promulgada en marzo del año pasado, ofrece la posibilidad de que esos fondos vuelvan al sistema para ser aplicados a un proyecto inmobiliario, una forma conveniente de salir de la informalidad, sin entrar en conflictos con los temidos sabuesos de la AFIP.
   Para hablar sobre los alcances de la norma, comúnmente llamada “blanqueo” inmobiliario, consultamos al doctor Osvaldo Balán, tributarista y especialista en la problemática impositiva vinculada con las actividades agropecuarias y de la construcción.
    Los tramos salientes, a continuación:
    --¿De qué se trata este blanqueo?
    --Se trata de la prórroga de un régimen de incentivo a la construcción con varias diferencias con respecto a otras iniciativas anteriores.
    “Una de las más importantes es que se permite la exteriorización de un sólo tipo de activos , lo que vulgarmente conocemos como "blanquear", en este caso puntual, dinero local o moneda extranjera que se encuentre en cuentas en el exterior o en cajas de seguridad no declaradas ante el fisco.
   “En otros casos anteriores, se permitía exteriorizar acciones, bonos, embarcaciones e inmuebles, algo que no puede pasar ahora, porque, insisto, sólo se puede blanquear dinero:  pesos, dólares u otras divisas”.
   “Esos fondos tienen que tener si o si un único fin, que es destinarlo a proyectos inmobiliarios, porque la idea de la norma es dinamizar la actividad de la construcción”.
    “La ley madre es la 27.613, que en 2021 tuvo muy pocas adhesiones, más que nada, porque se dio muy poco tiempo”.
   “Merece la pena que aclare que las obras objeto del blanqueo deben tener un grado de avance de hasta el 50%, pero atención: la foto es al 12 de marzo de 2021, con lo cual, si usted tiene un proyecto constructivo que hoy está avanzado en un 70%, si el 12 de marzo del año pasado estaba al 50% o menos, igualmente puede ser financiada con los fondos que se exterioricen”.
    --¿Y cuánto se debería pagar al fisco?
   --Antes de afectar el dinero que se blanquea al proyecto constructivo, se tiene que pagar una tasa, que varía en función de la fecha en que se ingresan los fondos.
    "Si se ingresan antes del 19 de noviembre se debe pagar el 5%, después de esa fecha pasa al 10%, hasta el 17 de febrero del año que viene,  cuando ya se tiene que pagar el 20%. La fecha de cierre es en agosto de este año, pero, una vez que los fondos se exteriorizaron, se pueden ir aplicando a proyectos inmobiliarios hasta el 31 de diciembre de 2024".
     “Hay que tener en cuenta algo muy importante: los fondos que se blanquean no pueden ser utilizados para pagar el impuesto.
   Así, por ejemplo, si se blanquean 400.000 dólares, los 3.000.000 de pesos (20.000 dólares es el 5% de la cifra a exteriorizar, la que multiplicada por el tipo de cambio oficial da alrededor de ese monto) los tiene que pagar al contado y no pueden salir de los fondos que se exteriorizaron, por lo cual, el contribuyente debe contar con ese dinero antes de ingresar, de manera que los U$S 400.000 deben ir todos para el proyecto”.
    --Pero en Argentina hoy hay más de un dólar, ¿cuál se puede usar para convertir los dólares a pesos, uno de las exigencias para poder blanquearlos?
   --Bueno, aquí viene uno de los aspectos más interesantes de esta iniciativa, porque que quienes exteriorizan, por ejemplo, dólares, los pueden vender en el Mercado MEP –N de R: uno de los llamados dólares financieros, donde se obtienen mejores cotizaciones con respecto al mercado oficial, el que es perfectamente legal- que hoy ofrece un tipo de cambio cercano a los 300 pesos, muy por encima de los 153 pesos que se consiguen en el oficial.
    --¿Dónde de tienen que depositar los fondos?
   --En una cuenta especial en un banco, denominada Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina.
    "Un aspecto negativo es que esa cuenta no está exenta del impuesto a los Débitos y Créditos bancarios, por lo que se deberá pagar".
   “Vale aclarar que una vez que el dinero está en la cuenta, no es necesario usarlo todo de una vez en el proyecto, sino que se puede hacer desembolsos parciales hasta la fecha de cierre”.
    --¿Qué pasa con los loteos?
    --Si bien la AFIP no aclaro nada, yo entiendo que en el caso de loteos con obras de infraestructura en marcha son perfectamente aplicables.
    --¿Y si decido no blanquear?
   --Bueno, el problema es que si AFIP lo detecta, usted deberá pagar todos lo adeudado al fisco (Ganancias, Bienes Personales, salidas no documentadas etcétera), más las multas, por lo cual, va a tener que abonar mucho más que si decidiera adherir a esta ley.
   "Pero hay un aspecto más complicado, que no tiene que ver con el dinero, sino que se agrega la posibilidad de que se le aplique la ley Penal Tributaria, con lo cual, ya entramos en la esfera de un delito más grave".
    “Además, el dinero que está afuerta del sistema no se puede usar, es muy difícil moverlo, por lo que es una buena oportunidad".