Atletismo: comenzó a regir el reglamento IAAF de elegibilidad femenina
Dicha modificación reglamentaria fue confirmada el lunes 2 de este mes. El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) la reconoció como necesaria y razonable para preservar la integridad del atletismo femenino.
Ya comenzó a regir la normativa destinada a las atletas con Diferencias en el Desarrollo Sexual (DDS) -genéticamente con cromosoma XY- para participar en competencias internacionales de la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF).
Esta modificación reglamentaria, aprobada en noviembre de 2018, fue confirmada por la IAAF el lunes 2 de este mes, luego de que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) la reconociera como necesaria y razonable para preservar la integridad del atletismo femenino.
El nuevo conjunto de normas que regula los casos de hiperandrogenismo para participar en las carreras de distancias entre los 400 metros y la milla (1.609, 344 metros), establece en 5 nanomoles por litro de sangre el umbral de tolerancia para los niveles de testosterona.
La regla aclara que sí pueden competir a nivel internacional en otras disciplinas sin restricciones; es decir, sin bajar sus niveles de testosterona, como también clasificar en pruebas masculinas.
Se aplican a individuos legalmente femeninos (o intersexual) que tienen uno de un cierto número de DSD especificados como ser: cromosomas masculinos (XY), testículos (y no ovarios); testosterona circulante en el rango masculino (el femenino es mucho más bajo), y la capacidad de hacer uso de esa testosterona, al tener receptores de andrógenos funcionales.
Como bajar el nivel de testosterona
Para bajar sus niveles de testosterona los atletas pueden: a) Tomar una píldora anticonceptiva oral diaria; o b) Tomar una inyección mensual de un agonista de GnrH; o c) Una gonadectomía (extirpación quirúrgica de los testículos).
Es su decisión la de recibir o no tratamiento y, en caso afirmativo, determinar qué tratamiento recibir. En particular, la IAAF no insiste en la cirugía; los efectos de los otros dos tratamientos son reversibles siempre y cuando el atleta decida interrumpir el tratamiento.
No obstante, la IAAF destaca que estas atletas -sin tratarse- todavía tendrían derecho a competir en la clasificación femenina:
-En cualquier prueba que no sea una competición internacional: en cualquier caso, sin restricción.
-En competiciones internacionales de cualquier disciplina, que no sea en pista de carreras de entre 400 metros y una milla.
-En la clasificación masculina: en cualquier competencia en cualquier nivel, en cualquier disciplina, sin restricción alguna.
-En cualquier clasificación 'intersex' (o similar) que el organizador del evento pueda ofrecer en cualquier competencia en cualquier nivel, en cualquier disciplina, sin restricción.
El quid de la cuestión
La causa de todo es que tanto la IAFF, como los deportes, tiene sólo dos categorías en las que los atletas pueden competir: masculino y femenino. Pero la realidad nos muestra que esta división no es tan absoluta, ya que existen personas intersexuales, que presentan rasgos de ambos sexos. La sudafricana Caster Semenya no es un caso único en el deporte, ni el primero, hay muchos más y en otras disciplinas.
Pero el fin que se busca es la equidad en la competición, que algunos atletas dispongan de cierta ventaja, que no es su culpa.
Resulta admirable la entereza con la que Semenya ha llevado su lucha por ser reconocida como ella misma; soportando todos estos años la crítica, el odio y la invasión de la privacidad.
Pero, para su caso, no le valdría mucho recurrir el fallo del TAD ante el Tribunal Federal Suizo; ya que para todas las Asociadas a la IAAF, el máximo organismo de apelación es el TAD.
Nota a la Asociación Médica Mundial
A través de un comunicado de prensa, la IAAF dio a conocer su respuesta a la Asociación Médica Mundial, al cuestionamiento ético que hizo respecto a la nueva norma.
"Tras una solicitud de la Asociación Médica de Sudáfrica, la Asociación Médica Mundial (WMA, por sus siglas en inglés) ha convocado dos veces a médicos de todo el mundo para que no participen en la implementación del Reglamento de Elegibilidad de la IAAF para la clasificación femenina (atletas con diferencias en el desarrollo sexual)".
"La IAAF no está de acuerdo con las reservas de WMA sobre la validez ética de los Reglamentos de Elegibilidad de la IAAF para la clasificación femenina. Además, respetuosamente solicitamos que la WMA haga circular esta respuesta a todos sus miembros para que estén al tanto de esta información y puedan seguir el estándar de atención reconocido para atletas con cromosoma XY, DSD con una identidad de género femenina", señala la parte central del documento.
Finalmente, para el caso de la sudafricana Caster Semenya, quien recurrió el fallo del TAD ante el Tribunal Federal Suizo, la IAAF recuerda que para todas su asociadas, el máximo organismo de resolución es el TAD.