Condenaron a 8 años de prisión al hombre que atropelló y mató a Maximiliano Viti
El Tribunal en lo Criminal Nº1 condenó a 8 años de prisión a Daniel Parra por atropellar y matar a Maximiliano Viti a la salida de un boliche.
El hecho ocurrió el 7 de febrero del año pasado en Mitre e Yrigoyen. Viti murió 2 días después en el Hospital Municipal.
Los jueces Ricardo Gutiérrez, Onildo Stemphelet y Hugo Adrián De Rosa, hallaron culpable al acusado de homicidio simple con dolo eventual.
Parra continuará con arresto domiciliario hasta que la sentencia esté firme.
En la moto iba Daniel Pereira, quien no fue imputado en la causa. La jueza entendió que no había elementos para decretar su detención.
Martín Viti, hermano de Maximiliano, dijo este mediodía que "lo que más me hubiera gustado es que Maxi estuviera acá y nada de esto hubiera pasado. Creo que los jueces interpretaron lo que pasó esa noche”.
Mauricio, hermano de la víctima, dijo que en el video que tomaron las cámaras del por entonces denominado Siprevi, "se nota que a mi hermano lo encaran con la moto y eso fue con la intención de matarlo”. Si no hubiera sido así habrían intentado esquivarlo”.
El fallo
En la resolución del Tribunal en lo Criminal Nº 1, con el voto del juez Gutiérrez y la adhesión de los restantes magistrados, se determina que Parra circulaba a elevada velocidad y no intentó evitar a la víctima.
"El análisis integral de los elementos de prueba valorados, y con la especial relevancia convictiva que arroja el video de la filmación obtenida por el SiPreVi en el lugar del hecho, permiten afirmar —sin duda alguna— que la motocicleta circulaba a una velocidad excesiva, de manera rectilínea, sin experimentar cambios o alteraciones sustanciales en su curso, no se observó en ningún momento la realización de una evidente maniobra de evitación o de frenado tendiente a evitar la colisión, en particular ni siquiera se observó al conductor del rodado intentar desviar el curso del vehículo con el manubrio. Solo puede advertirse que el conductor de la motocicleta inclinó levemente su cuerpo hacia la izquierda, y la moto hacia la derecha, previo al impacto", señala el fallo al que tuvo acceso La Nueva.
Se determinó que la moto Yamaha que conducía Parra presentaba un desperfecto en la caja de cambio y solamente funcionaba con la tercera velocidad.
"La imposibilidad rebajar las marchas para la maniobrabilidad, equilibrio y “aumentar la eficiencia del frenado tornó, al momento del hecho, a la motocicleta un vehículo extremadamente riesgoso", consideraron los jueces.
Agregaron que "conociendo el estado y las limitaciones del vehículo, el imputado decidió conducirla tras haber ingerido alcohol, a una velocidad excesiva, en la zona céntrica de la ciudad, trasportando a otra persona quien no contaba con pedalinas o agarraderas para sujetarse".
Si bien varios policías declararon no haber notado que Parra estuviera alcoholizado, distintas situaciones determinaron que ese día no se pudiera determinar el nivel de alcohol en sangre que registraba.
Uno de los efectivos dijo que esa madrugada "no había médico de policía de turno para hacerle análisis al conductor de la moto y en el cuerpo médico no había enfermero para la extracción sanguínea”.
Los jueces consideraron finalmente que el acusado dirigió la moto hacia a Maximiliano Viti, "impactándolo y provocando que la víctima golpeara su cabeza contra Christian Rubén Pereyra (quien iba de acompañante)", sufriendo lesiones que dos días después determinaron su fallecimiento.