Bahía Blanca | Viernes, 03 de mayo

Bahía Blanca | Viernes, 03 de mayo

Bahía Blanca | Viernes, 03 de mayo

Clausura por vender alcohol fuera de horario

Un negocio del barrio Noroeste fue clausurado definitivamente por la Justicia, luego de que su propietaria reincidiera, al menos en cinco oportunidades, en la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido. El fallo fue dictado por el juez en lo Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares, y recayó en Graciela Brayda, una de las dueñas del local de Don Bosco 858. También se le impuso 200 mil pesos de multa, mientras que al coimputado Oscar Chávez, sin antecedentes, le aplicaron mil pesos de sanción.

 Un negocio del barrio Noroeste fue clausurado definitivamente por la Justicia, luego de que su propietaria reincidiera, al menos en cinco oportunidades, en la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido.


 El fallo fue dictado por el juez en lo Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares, y recayó en Graciela Brayda, una de las dueñas del local de Don Bosco 858. También se le impuso 200 mil pesos de multa, mientras que al coimputado Oscar Chávez, sin antecedentes, le aplicaron mil pesos de sanción.


 La situación se originó el 11 de mayo último, cuando, sobre las 22, se le vendió a la cliente María Alejandra Navarro una botella de cerveza.


 El acto lo constataron dos inspectores del CUIM y la autoría se acreditó a partir de los testimonios coincidentes de ambos.


 Aseguraron que Navarro llegó con un envase vacío y salió con otro lleno y que, cuando procedieron, Chávez los increpó para impedir la clausura y amenazó con traer a la hinchada de Olimpo para evitar las actuaciones.


 Ante el magistrado, Chávez y Brayda afirmaron que Navarro había ido a comprar cigarrillos y la propia testigo --que según los inspectores fue amenazada por los comerciantes durante el operativo-- dijo que había adquirido la cerveza con anterioridad, en otro local.


 Ares consideró que los tres "fueron mendaces" y que sus dichos no alcanzan para quitarle valor a las pruebas reunidas.


 El hecho fue calificado como infracción al artículo 1 de la ley 11.825, según ley 14.050 (expender bebidas alcohólicas fuera del horario permitido) y, en el caso de Brayda, remarcó como agravante la existencia de 5 condenas anteriores por la misma infracción (con penas de entre 1.000 y 2.000 pesos y clausuras de entre 5 y 10 días), en 2005, 2008 (tres casos) y 2009.


 Por lo expuesto, Ares ordenó la clausura definitiva del comercio y las multas mencionadas.

"Graves"




 "Si bien las sanciones establecidas en la ley son muy graves, no creo que pueda predicarse su inconstitucionalidad dado que la imputada ha persistido en su conducta ilícita", aseguró en el fallo el doctor José Luis Ares.