Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

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¿Sirve la licencia de conducir digital en Bahía?

Ante las múltiples quejan, aclaran que es sólo de carácter complementario.

Foto: Emmanuel Briane-La Nueva.

Por Pablo Andrés Alvarez / palvarez@lanueva.com

   Mucho malestar está causando en los bahienses el rechazo de los inspectores de tránsito a la licencia de conducir en formato digital, lo que derivó en reacciones hostiles en diferentes operativos realizados en los últimos días.

   Cabe recordar que en febrero, el Gobierno Nacional —a través del sitio web y la app “Mi Argentina”— puso a disposición de la ciudadanía la posibilidad de exhibir la cédula de identificación digital de los vehículos y de la licencia, para que pueda mostrarse a través de un smartphone, previa registración en ese sitio.

   La Aplicación Mi Argentina es una forma fácil y segura de acceder a los servicios digitales del Estado con una única sesión y en un sólo lugar. Al usuario le permite contar con un perfil digital ciudadano para gestionar trámites, sacar turnos, acceder a credenciales y recibir información personalizada. 

   Entre los documentos que pueden obtenerse en esta aplicación están la Constancia de Cuil, el DNI digital, la Licencia de Nacional de Conducir, la Credencial de Trasplantado y la de Donación de Órganos disponibles en el teléfono. 

   Pero, ni en Bahía ni en toda la provincia de Buenos Aires, se adhirió a esa normativa.

   “La licencia digital no sustituye a la licencia original. Si un conductor no lleva consigo la física, es pasible de sanción. Es verdad que eso está generando confusión y malestar”, explicó Marcelo Borda, director General Operativo de Fiscalización del municipio. 

   La publicidad de esa APP confunde a la gente, aunque en nuestra ciudad tanto la licencia de conducir, como la tarjeta que acredita propiedad del vehículo (tajeta verde) o la autorización de utilizarlo (tarjeta azul) deben presentarse en formato físico. 

   “Lo único que se admite en formato digital es el seguro. Si no cuenta con los otros papeles, cabe el secuestro del vehículo. Nosotros labramos el acta para notificar al juez de Faltas, que es quien impone la multa correspondiente. Puede ir de un apercibimiento a una sanción económica”, amplió Borda.

   En nuestra ciudad, por ejemplo, ha sucedido que un conductor con alcoholemia positiva sólo tenía la licencia digital.

   “La ley marca que, ante una alcoholemia positiva, debe retenerse la licencia. Si es digital, ¿cómo cumplimos con la ley? Si se pidiera únicamente la digital, esa misma persona podría seguir circulando aún habiendo cometido una infracción que amerita la suspensión de la licencia”, explicó un inspector de tránsito que prefirió no identificarse.

   Otra situación con la que se toparon es con una nueva metodología de los conductores quienes, por falta de conocimiento o por conveniencia, llevan en el celular sólo una foto de su licencia.

   “Y la gente se enoja con nosotros, pero sólo estamos cumpliendo con lo que marca la ley. Después, cuando se le explica, la mayoría lo entiende, pero el mal momento lo pasamos igual”, amplió. 

Los argumentos

   Federico Javier Pedersoli Castellani, a cargo de la Dirección de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires, también se refirió a este tema.

   “La Licencia en formato digital es complementaria de la licencia física, por lo tanto, no la reemplaza ni la sustituye; razón por la cual, es necesario contar con la licencia física (carnet) para conducir”.

   Ello surge de la Disposición N° 39/2019 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que aprueba el formato digital de la Licencia; en cuyo artículo 1º se establece que: “Apruébase la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, la cual será complementaria a la licencia física y cuyo diseño la replicará”.

   Más allá de que el carácter “complementario” es establecido por la normativa, es necesario remarcarlo para evitar una serie de conflictos que se suscitan permanentemente, principalmente en lo que hace a las retenciones de licencias que se efectúan por la comisión de infracciones, o en los casos donde se ordenan la inhabilitación para conducir a determinadas personas.