Bahía Blanca | Lunes, 08 de septiembre

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La Corte busca incorporar cuidadores familiares: de qué se trata

El llamado a inscripción se extiende hasta el 10 de marzo e incluye a interesados en nuestro medio, a partir de un pedido del Juzgado de Familia Nº 1 de Tandil.
 

La Suprema Corte de Justicia bonaerense tiene abierta hasta el 10 de marzo la inscripción para aquellas personas interesadas en integrar el Registro de Cuidadores Familiares.

Entre los interesados puede haber personas de Bahía Blanca, ya que uno de los pedidos, inherentes al Juzgado de Familia N° 1 de Tandil, incluye nuestra ciudad.

¿De qué se trata? El Registro de Cuidadores Familiares busca contar con figuras de cuidado para niños, niñas y adolescentes de 10 a 17 años de edad alojados en instituciones.

Alcanza a los chicos que no tienen posibilidad de retornar con su familia y para los que la adopción no resulta una alternativa posible, porque no brindan su consentimiento subjetivo para ser adoptados o bien porque la adopción no resulta ser para ellos la figura adecuada.

La experiencia se desarrolla como una prueba piloto comprendida por tres etapas. La primera de ellas, en 2019, se dio en el Juzgado de Familia N° 2 de San Miguel, partido de San Martín; la segunda, en 2021, incluyó a juzgados de Mar del Plata, Tigre y La Plata y la tercera, en 2022, a La Matanza, Junín, Tandil e Ituzaingó.

Esta nueva convocatoria incluye a Juzgados de Familia de San Miguel (aspirantes domiciliados en San Martín y Mercedes), Mar del Plata (Mar del Plata, Necochea y Dolores), Tigre (San Isidro y Zárate-Campana) y La Plata (La Plata Quilmes y Avellaneda-Lanús).

También se agregan juzgados de La Matanza (La Matanza y Lomas de Zamora), Junín (Junín, Trenque Lauquen y San Nicolás), Ituzaingó (Morón y Moreno-General Rodríguez) y Tandil (donde se pueden anotar aspirantes de Azul y de Bahía Blanca).

Algunos requisitos

Ser cuidador familiar es una actividad no rentada, que busca darle al menor un ambiente familiar que permita acompañar su proyecto de manera estable y sostenida.

Los interesados tienen que residir en la provincia de Buenos Aires, tener 25 años de edad o más y contar con, al menos, 16 años más que el niño, niña o adolescente.

Deben ingresar en la web (https://adopciones.scba.gov.ar/AltaFormularioCuidador.aspx) para completar un formulario de preinscripción, que no tiene costo alguno y no demanda patrocinio letrado sino que se debe hacer personalmente.

Aquellas personas que quieran sumarse y tengan dudas, pueden comunicarse con el 0221 4104400 (internos 42897 y 44650).

Como paso previo a la acción deben asistir a talleres de capacitación, información y evaluación, que son grupales y se realizan de manera virtual, tanto el jueves 13 de marzo como el 20, desde las 9.30.

La figura de "cuidador familiar" no está contemplada como tal en la normativa, pero sí a los efectos registrales en este proyecto, con lo cual pueden asumir la responsabilidad por medio de otras especies jurídicas como "referentes afectivos", "tutores" o "guardadores".

Están los cuidadores convivientes y los no convivientes. Los primeros son quienes incluyen al chico en su familia con posibilidad de convivencia permanente, mientras que los otros acompañan aunque la convivencia puede ser temporal.

Una vez recepcionado el formulario por el juzgado que les corresponda en razón del domicilio, los/as interesados/as serán convocados/as por el mismo, a fin de ser evaluados/as por un equipo técnico.

Las personas que ya están inscriptas en el Registro de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción sí pueden inscribirse como cuidadores, aunque la asunción de esta última figura tendrá efectos sobre la postulación en la primera.

"Cuando una persona se encuentre en la nómina de alta del Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción y asuma la responsabilidad como cuidador familiar, pasará a integrar la nómina de Transitoriamente No Disponible de este último por el plazo de 6 meses, prorrogables hasta el momento de efectuar la reinscripción que determina el Acuerdo 3607", explicaron desde la Corte.

Los cuidadores podrán ser citados por cualquier juzgado de Familia bonaerense, aunque el interesado tiene la opción de reducir el ámbito de los órganos convocantes, mediante una aclaración en el formulación de inscripción.

Quiénes no pueden anotarse

Responsabilidad. Se encuentran impedidos de inscribirse las personas que estaban privadas o suspendidas en el ejercicio de la responsabilidad parental y tampoco podrán hacerlo aquellos removidos de la tutela, curatela o apoyo de una persona con capacidad restringida, por causas atribuibles a ellos.

Residencia. No pueden tomar parte quienes deban ejercer por largo tiempo o plazo indefinido un cargo o comisión fuera del país, aquellos con mala conducta notoria o que hayan sido condenadas por delito doloso a penas privativas de la libertad o personas inhabilitadas, incapaces o con capacidad restringida.

Violencia. El registro impide la anotación de las personas con antecedentes de violencia familiar y/o de género, de la misma manera que quienes figuren en el registro de deudores alimentarios morosos de la provincia de Buenos Aires.

Evaluación. Por último, no se tomarán como cuidadores familiares aquellos que sean evaluados de manera negativa o los que se encuentran en la nómina de Proyectos no Viables de la Dirección Nacional de Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos (DNRUA).