Bahía Blanca | Martes, 09 de septiembre

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Ruidos molestos: reclamo de vecinos por un salón de fiestas

La Justicia hizo lugar a un amparo de más de 50 pobladores del sector de Vieytes al 400 para que el Club Teléfonos regule los sonidos los fines de semana. 

Fotos: Pablo Presti-La Nueva. y archivo La Nueva.
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Audionota: Romina Farías

Un grupo de más de 50 vecinos de la manzana de Vieytes, Blandengues, Guemes y Roca logró que la Justicia los escuchara en su reclamo por ruidos molestos de un salón de fiestas perteneciente a una entidad gremial.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Bahía Blanca hizo lugar -parcialmente- al amparo pedido y el Club Teléfonos, con sede en Vieytes 464, tendrá que cumplir con los límites de ruidos.

El juez Agustín López Cóppola, a su vez, le ordenó a la municipalidad realizar los controles correspondientes y, de ser necesario, aplicar medidas efectivas para hacer cesar los excesos sonoros, según los criterios de zonificación.

La puja recién empieza, porque el caso llegó la semana pasada, en apelación, a la Cámara Contencioso Administrativo de Mar del Plata (articula con Bahía), que fijará posición en segunda instancia.

Los vecinos son 53 en total y están representados por uno de ellos, la abogada María Paula Ochoa.

Se presentaron en septiembre para reclamar en garantía de sus derechos a la salud y al ambiente sano.

Si bien lograron que la acción les saliera en parte a favor, no alcanzaron el pedido principal: la clausura del salón hasta que se realicen trabajos de aislación acústica y se instalen puertas dobles acústicas con cierre automático.

Según la demanda, todos los fines de semana, sistemáticamente, desde enero de 2022, se produce un daño ambiental y a la salud de vecinos que viven en casas y edificios de la zona.

La afectación -según dijeron- es entre las horas 0 y 6 y también los días de semana, entre las 12 y las 15.

A la instancia judicial llegaron tras certificar en   Saneamiento Ambiental de la comuna que la institución contaría con un permiso precario y que la autoridad administrativa no actuó pese a las "innumerables denuncias".

Dijeron que tampoco tuvieron respuesta a partir de la causa contravencional que inició, en abril de 2023, el Juzgado de Faltas N° 1, desde donde se les informó que debían seguir denunciando al 109.

"Sistema perverso"

Los vecinos, en su reclamo, manifestaron que "el sistema es perverso: busca desincentivar al damnificado para que desista de realizar denuncias. Consiste en llamar al Servicio de Emergencias 109 en donde te reciben tus datos y te refieren que te llamarán del Departamento de Saneamiento Ambiental".

También advirtieron que el salón de Teléfonos ya había estado clausurado durante años y que fue habilitado, de manera precaria, sin contar con aislación acústica ni obras de insonorizción alguna.

Desde el municipio, el apoderado legal Federico Juárez respondió que en la demanda se omitió decir que en un año y medio solo en 3 oportunidades se detectaron ruidos molestos y que no surgen pruebas de que los derechos denunciados estén afectados.

El abogado Santiago Peri, en representación del club, aseguró a su turno que las instalaciones cumplen estrictamente con la normativa vigente y que el espacio está habilitado y autorizado para funcionar como salón de eventos.

También negó que desde enero de 2022 el lugar funcione como un "boliche" y que solo se utiliza con fines recreativos. Y aclaró que el permiso de funcionamiento no es precario sino ordinario y se renueva de manera anual desde 2021.

Finalmente, advirtió que la instalación de puertas dobles automatizadas no es una exigencia normativa y que un informe, visado por el Colegio de Técnicos provincial, determinó que las mediciones de sonido no son representativas.

Videos como prueba

El juez López Cóppola tuvo en cuenta al menos tres videos aportados por los denunciantes (tomados desde un estacionamiento contiguo, un pasillo y un balcón) que dan cuenta de una emisión de ruidos mayor a la tolerable.

Ese material coincide con las actas labradas por el municipio tras los reclamos y con los dichos del entonces jefe de Saneamiento Ambiental, Hernán Zerneri, quien reconoció la existencia de "denuncias vecinales reiteradas" y que recordaba la existencia de tres infracciones por temas de aberturas y desconexión de limitador sonoro.

También destacó la declaración de Samanta Romero, encargada de salones de Teléfonos, quien ratificó que los fines de semana el salón se alquila para viestas y eventos y que tenía conocimiento de al menos una infracción por ruidos molestos.

"Atento a lo expuesto precedentemente, se encuentra acreditado que los sonidos generados por el establecimiento ubicado en calle Vieytes 464, durante la realización de eventos en horarios nocturnos, transgreden los límites de ruidos tolerables por los vecinos del sector", concluyó el juez.
En consecuencia, hizo lugar parcialmente a la acción de amparo y ordenó al club a cumplir los límites sonoros y al municipio a realizar el control.

Cuándo se habilita el amparo

Concepto. La habilitación de un amparo se da cuando existe un acto, hecho u omisión, actual o inminente, que lesione, restrinja, alerte o amenace el ejercicio de derechos o garantías, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta.

Excepción. Como canal excepcional, debe recurrirse a un amparo siempre que no pudieren usarse las vías ordinarias. 

Molestias. El juez, por otro lado, tuvo en cuenta el artículo 1973 del Código Civil y Comercial, que establece que, entre otras molestias, los ruidos por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos "no deben exceder la normal tolerancia" y aunque medie autorización administrativa".

Medidas. La ley habilita a los jueces a "disponer la remoción de la causa de la molestia o su cesación y la indemnización de los daños. Para disponer el cese de la inmisión, debe ponderar especialmente el respeto debido al uso regular de la propiedad, la prioridad en el uso y el interés general.