Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

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Por qué cada vez hay menos denuncias por maltrato animal

Este año bajaron casi un 35% las presentaciones por este tipo de delitos. Los especialistas dan su punto de vista y también reclaman la actualización de la ley, creada hace casi 70 años.

Especialistas coincidieron en la necesidad de reformar la ley de maltrato animal.
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Audionota: Danilo Belloni

Una tendencia a la merma de denuncias relacionadas con malos tratos contra animales se registra este año en comparación con períodos anteriores, situación que se produciría a raíz de un mayor grado de responsabilidad por parte de tenedores de mascotas en la convivencia entre ambos.

De acuerdo con estadísticas del Ministerio Público Fiscal, desde enero hasta el martes de la semana pasada se iniciaron 73 causas penales por maltrato animal en el Departamento Judicial Bahía Blanca.

Si se hace una proyección sobre los meses de 2023 restantes, se puede deducir que al finalizar el año la cantidad de presentaciones por este tipo de agresiones disminuiría aproximadamente 35% respecto de 2022, según los datos oficiales.

“Es decir que en lo que va de 2023 se denunciaron menos hechos de maltrato animal que durante años anteriores. En 2022, para esta misma altura del año, ya teníamos 106 denuncias”, precisó Santiago Garrido, director del Equipo de trabajo en causas de malos tratos y crueldad contra los animales de la fiscalía.

El año pasado comenzaron a tramitarse, en total, 132 investigaciones penales preparatorias de esta naturaleza, mientras que en 2021 se abrieron 138 causas.

“Esta baja en los casos puede deberse a que la sociedad está tomando mayor conciencia del trato que debe proferírseles a los animales, gracias a la actividad constante que realizan las ONGs, los medios de comunicación, la Universidad Nacional del Sur y el Instituto de Estudios de Derecho Animal del Colegio de Abogados de nuestra ciudad”, dijo el abogado.

 

 

Garrido, quien también es secretario de fiscalía general, atribuyó este cambio positivo en la conducta humana a “numerosos animalistas particulares” que concientizan acerca de estos temas.

Su labor -remarcó- se complementa con una “respuesta adecuada” por parte del servicio de justicia que interviene, “generando prevención general como efecto propio de la aplicación del derecho penal y dándole vigencia a la ley de maltrato animal” en toda la jurisdicción bahiense.

No obstante, criticó la ley 14.346 sobre maltrato animal por la exigüidad de la pena máxima (un año) prevista para estas conductas, y porque "muchos" de los casos en cuestión no están tipificados como delito.

"Entendemos que muchos de estos casos deberían considerarse delitos. En cuanto a los máximos de la escala penal, tiene que haber una graduación según la gravedad del hecho porque no es lo mismo lesiones leves, graves, gravísimas o la muerte contra animales".

"Debería haber una pena diferenciada para cada uno de estos hechos de maltrato. Al mismo tiempo, como penalidad tiene que haber una multa en favor de las organizaciones animalistas y prohibición de tener animales", resaltó el informante.

Asimismo se refirió a la necesidad de que rija una inhabilitación para aquellos que maltratan a un animal producto del ejercicio de una profesión que requiere habilitación.

"Además debe haber asistencia a cursos como pena accesoria y tratamientos psicológicos", planteó el funcionario.

Actos culposos

A criterio de Garrido, la norma debería contemplar los actos de maltrato que se cometen de manera culposa y no sólo las conductas dolosas, como prevé en la actualidad.

"Por lo menos en lo referido a la muerte o el sufrimiento innecesario del animal. Por ejemplo, en el caso de 'Chacorta' (un perro también conocido como 'Negrito', que murió después de ser atropellado), el conductor lo arrolló pero no fue intencional, entonces eso no entra en la ley", aclaró.

 

 

“Esto nos habilitaría a trabajar sobre algunos casos de dolo eventual. Si podemos modificar el artículo de la ley que establece que la acción de matar animales o causarles sufrimiento tiene que ser intencional, y quitar esta última palabra, vamos a poder trabajar no sólo con los delitos culposos sino además sobre los dolosos y aquellos también con dolo eventual", concluyó.

"Norma perfectible"

Su colega Graciela Adre también apuntó contra la ley "pionera a nivel mundial", creada hace casi 70 años, al considerar escaso su tope de pena.

“La 14.346 es una ley especial que está incorporada al Código Penal y tiene un máximo de pena (de prisión) de un año, por lo tanto los numerosos reclamos que se han hecho están vinculados con la necesidad del aumento de penas”, explicó Adre, directora del IEDA del Colegio de Abogados local.

“Es una norma absolutamente perfectible. Necesita ser modificada y aggiornada, pero los proyectos presentados y tratados no conformaron y no generaron una mejora significativa. Ninguno de esos proyectos provocó una reforma legislativa por parte del Congreso”, agregó.

“Una de las cuestiones fundamentales que esta ley introduce es la palabra ‘víctima’ con relación a los demás animales, porque lo que plantea es contra aquel que hiciere víctima de actos de crueldad o malos tratos a los animales, por eso cualquier modificación y reforma no debe perder este eje ni significar un retroceso”, continuó.

Por el contrario los animalistas defienden los principios de progresividad y de no regresión inherentes al derecho ambiental, pero que también -resaltó la mujer- deben aplicarse en materia animal.

“Hubo muchos proyectos de reforma de la ley 14.346 y actualmente no hay ninguno con estado parlamentario. No podemos decir que alguno de ellos haya sido realmente satisfactorio, así que hoy por hoy lo único que tenemos vigente desde 1954 es la ley penal especial 14.346”, se quejó la especialista.

“Esta no es la ley Sarmiento, porque muchos la confunden. La ley Sarmiento era una ley anterior, de 1891, y no era penal sino administrativa, es decir que imponía multas. La 14.346 es la llamada ‘ley Benítez’ porque fue el entonces diputado (Antonio) Benítez quien la llevó al Congreso”, detalló.

Adopción

Instituciones animalistas locales luchan para evitar el abandono de animales e incentivan el aumento de la adopción de mascotas.

"Porque la mal llamada sobrepoblación de perros y gatos en la ciudad no sólo se vincula con la educación sobre castración, sino también con la concientización para adoptar en vez de comprar", analizó Adre.

 

 

"El hecho de no comprar (animales domésticos) implica dejar de hacer productivo un negocio que nunca debería haber sido negocio. La gente todavía no tiene claro eso y por lo tanto sigue llenándoles los bolsillos a estos comerciantes".

Casos con repercusión

La profesional recordó casos de maltrato animal en Bahía Blanca que tuvieron gran repercusión social, como por ejemplo en 2020 el del criadero de perros Von Zius, a cargo de una abogada y su marido, veterinario.

En aquel momento Adre asesoró legalmente a los denunciantes y la causa continúa en trámite.

“El hecho fue muy conocido; se radicaron varias denuncias contra los encargados del criadero y se hicieron allanamientos. No hay que olvidarlo porque lamentablemente la gente les sigue comprando animales”, enfatizó.

“Soy una ferviente anticriaderos, porque desde mi perspectiva los animales no son cosas y por ende tampoco son objetos comerciables”, finalizó Adre.

Producto de otro incidente resonante, en septiembre pasado, se denunció a Hernán Lambrecht, quien al parecer arrojó a un perro callejero desde el segundo piso de un edificio en Vieytes al 1200.

La fiscalía avanzó con la investigación mediante la recolección de prueba y, después de un eventual debate oral, el imputado podría ser condenado a un año de cárcel.

Sin embargo, en el marco de estos procesos penales, los causantes suelen acordar la suspensión de juicio a prueba que consiste, por ejemplo, en la realización de tareas comunitarias.

En estos casos el mecanismo, también conocido como probation, prevé la participación obligatoria del infractor en charlas sobre cuidado de los animales y la “reparación” a su cargo de los gastos generados por el hecho.

“El objetivo es que el acusado internalice la violación de las reglas de conducta exigidas socialmente para el trato con animales”, explicó Garrido, quien calificó a la suspensión de juicio a prueba como una “solución eficaz”.

En relación con dicho instituto, el denunciado además debe recibir tratamiento psicológico.

Vías para denunciar

Canales. Las denuncias se pueden radicar vía mail a [email protected]; de manera presencial en la sede fiscal de Moreno 25, de 8 a 14; o en cualquier comisaría.

Consultas. Para consultas de orientación, enviar un mensaje al Facebook "Equipo de Trabajo en Causas de Malos Tratos y Crueldad contra los animales. Fiscalía General Bahía".

Alcances. La ley establece como actos de maltrato no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos, azuzarlos para el trabajo con instrumentos que les provoquen innecesarios castigos o dolor, hacerlos trabajar en exceso o sin descanso, estimularlos con drogas sin fines terapéuticos y/o usarlos para el “tiro" de vehículos que excedan sus fuerzas.