Bahía Blanca | Domingo, 13 de julio

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Punta Alta: confirmaron la pena por un choque que segó una joven vida

Tres años de prisión de ejecución condicional recibió Víctor Hasi, quien en marzo de 2016 atropelló con un auto a Roxana Guiñez (23), cuando la joven pretendía cruzar la ruta 229 para tomar el colectivo junto a su pareja.

   La tarde del 3 de marzo de 2016, Cristian Casimiro y su novia, Roxana Giselle Guiñez, pretendían tomar el colectivo que iba a Punta Alta, a la altura de Villa Arias, en la ruta 229.

   El micro había detenido su marcha en la banquina y la pareja corría desde la banquina opuesta. Cristian le hizo señas al chofer para que lo esperara y llegó a cruzar, pero Roxana no pudo.

   Un Fiat Punto que se movilizaba en dirección a Bahía la embistió de manera violenta, provocándole un traumatismo de cráneo que generó su deceso 4 días después en el Hospital Naval Puerto Belgrano. Tenía apenas 23 años.

   La defensa de Víctor Adrián Hasi argumentaba que el conductor no había incurrido en violación de los deberes de cuidado, cuestionó la valoración de los testimonios y aseguró que la víctima intentó cruzar por un lugar donde no hay senda peatonal.

   En primera instancia, la jueza en lo Correccional N° 4, María Laura Pinto, descartó esas afirmaciones y lo condenó a 3 años de prisión de ejecución condicional, es decir que no deberá ir a la cárcel salvo que incumpla las reglas de conducta fijadas.

   Y también le impuso 5 años de prohibición para la conducción de automotores y fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados por el plazo de dos años.

   La defensa de Hasi apeló, consideró que Jonathan Arroyo, acompañante del automovilista, ratificó su versión acerca de que la víctima se cruzó de manera imprevista y que el imputado no tuvo tiempo a nada, pero la Cámara Penal acaba de confirmar la sentencia.

Deber de cuidado

   La Sala I, con los votos de los jueces Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou, sostuvo que en principio no hubo discusión sobre el hecho ni la intervención del procesado y que la discusión se centró en el deber de cuidado del automovilista.

   En este sentido, a partir de la pericia que analizó las huellas de la frenada, se calculó que el Punto llevaba una velocidad superior en más de 30 kilómetros de la permitida en el lugar.

   Y para la Justicia fue muy importante el testimonio del colectivero Rodrigo Pérez -pese a haber sido tomado 5 meses después del hecho-, ya que el chofer observó la secuencia, ya que el micro estaba detenido en la banquina.

   "La preeminencia de un testimonio por sobre los demás (en particular el del colectivero por encima del acompañante de Hasi) estará dada por la impresión que el testigo genere en el juzgador -valoración que no puede ser controlada en esta instancia atento a la falta de inmediación-, máxime desde el momento que no se adjuntaron constancias en el acta ni grabación del juicio oral con el fin de aumentar la capacidad de contralor por este cuerpo", explicó la Cámara.

   Pérez relató que "el muchacho" (por Casimiro) le hizo señas para que no avanzara y esperara y que el joven inició el cruce de la ruta, pero su compañera, desde detrás, se demoró.

   Declaró que escuchó "una frenada fuerte" y vio cómo se produjo el impacto a través del espejo retrovisor del colectivo.

El "bloqueo" y el ABS

   También afirmó que el coche "iba pasando bloqueado, es decir, con las 4 ruedas bloqueadas", declaración que desacreditó la hecha por Hasi, en cuanto a que no había bloqueado porque tenía sistema ABS.

   A su vez, el fabricante Fiat Chrysler Automóviles Argentina S.A. informó que ese modelo no contaba con dicho sistema de frenado.

   "Y aun cuando el rodado en cuestión tuviera dicho sistema, su sola presencia no descarta la posibilidad de que en las circunstancias en que se produjo el accidente, el mismo no hubiera funcionado", explicó la Cámara.

   El testigo también descartó otro tramo de la versión del acusado: delante del Punto no iba ningún otro auto.

   María Ester Sánchez, pasajera del ómnibus, dijo que lo único que escuchó fue "el ruido de la frenada y un golpe muy fuerte", lo mismo que el novio de la víctima: "...una frenada larga y luego el impacto".

   Hasi primero dijo que delante de él venía un camión, luego que venía otro auto y más adelante, a unos 70 metros, un colectivo.

   "De haber sido así, alguno de los vehículos mencionados por Hasi en su errática exposición habría impactado contra el señor Casimiro. Sin embargo, nada de eso ocurrió", dijeron los jueces.

   Por otra parte, los informes periciales, como accidentológicos y planimétricos, determinaron que el coche iba a 70,41 km/h. cuando la velocidad máxima permitida para el sector es de 40 km/h.

"No existe compensación de culpas"

Penal. "En el ámbito penal no existe compensación de culpas y que no resultan de recibo las razones vertidas por el procesado de que la víctima apareció de manera intempestiva", explicó la Cámara Penal en la resolucíon judicial.

Sin correlato. "Una aparición tan particular y subrepticia como la que apunta (el acusado) no se condice con los restantes testimonios de la causa", explicó la Justicia.

Reglamento. "De haber estado atento a la vía de circulación y conduciendo a la velocidad reglamentaria podría haber visto siquiera el cruce del propio Casimiro (pareja de la chica fallecida), lo que lo habría advertido de la posibilidad del cruce de la víctima", ampliaron los camaristas.

Cautela. Pese a no haber senda peatonal, la existencia de garitas en ambas banquinas "imponen una mayor cautela para los vehículos que por allí circulan". 

Cruce. La precaución especial que se pide en esa zona a los conductores no solo tiene que ver con las maniobras de frenado que podrían realizar los ómnibus para el ascenso y/o descenso de sus pasajeros, sino por el posible cruce que podrían iniciar aquellos una vez que desciendan del colectivo".

Chofer calificado. El chofer del colectivo fue denominado en el fallo como un testigo objetivo y ajeno a las partes, además de resultar doblemente calificado: por la posición en que se encontraba al momento del hecho desgraciado y por su calidad de conductor profesional, con observación "calificada", según explicaron los jueces.