El fiscal general, un exjuez, demandas cruzadas y "empate"
Juan Pablo Fernández había acusado a José Luis Ares por la supuesta comisión de delitos dolosos en sus funciones. Hubo un jury y demandas cruzadas que finalmente no prosperaron.
En 2011, el jefe de los fiscales provinciales de Bahía Blanca, Juan Pablo Fernández, acusó formalmente al ahora exjuez José Luis Ares de "usurpar" facultades de la fiscalía en algunas causas judiciales.
La denuncia derivó en un jury que se abrió a fines del año siguiente en el Senado bonaerense, aunque finalmente no tuvo aceptación y la causa se archivó.
En el medio, sin embargo, el enfrentamiento entre el fiscal general y el entonces juez en lo Correccional tomó temperatura como pocas veces se vio en nuestra ciudad, al punto que hubo acusaciones públicas cruzadas.
"Esto es una venganza personal. Si yo soy causa de una persecución, qué le queda al ciudadano común. Quizás si alguien se enemista con el fiscal Fernández pueda tener una causa penal", advirtió Ares en una conferencia de prensa en la cual estuvo acompañado por otros magistrados.
"A veces tengo que hacer una concentración especial para no descender al nivel del juez Ares. Cuando la mentira está en boca de un juez es muy grave", respondió Fernández, para considerar los conceptos del juez como "falsos, injuriosos y descalificantes contra su persona".
Los dos se sintieron ofendidos y, paralelamente, iniciaron sendas demandas por daños y perjuicios. El caso tuvo resolución en primera instancia y ahora la Cámara en lo Civil y Comercial acaba de confirmar el fallo: rechazó la demanda cruzada.
La Sala I, con los votos de los jueces Marcelo O. Restivo y Fernando Kalemkerian, entendió que ninguno de los dos había sufrido daños y perjuicios que merezcan una recomposición.
De Fernández a Ares
Fernández se sintió afectado por tres aspectos: una nota de réplica dirigida a la entonces presidenta del Colegio de Magistrados, la conferencia de prensa del 2 de mayo de 2012 y las afirmaciones que Ares realizó en medios periodísticos, en diciembre del mismo año.
La justicia citó fallos de la Corte Interamericana y de la Corte Suprema de Justicia ("Patitó c/ Diario La Nación" y luego "Brugo c/ Lanata") para marcar la diferencia entre la víctima particular y el funcionario público, siempre que la agresión esté relacionada con la actividad desarrollada.
En el segundo caso los límites "son más amplios". Los funcionarios públicos deben soportar "un mayor grado de tolerancia ante la crítica", explicó.
También advirtió que en este caso la discusión tenía que ver con una cuestión de interés público y no personal.
"Aquellas -las tres cuestiones apuntadas por Fernández- tienen un evidente interés social que trasciende la esfera privada de ambas partes -funcionarios públicos - al contener un evidente carácter institucional de interés general", amplió.
No hubo expresiones injuriantes y no se acreditó el factor de real malicia.
"No puede entenderse afectado el honor del funcionario ante la publicación de meras opiniones o juicios de valor que no resulten insultantes o gratuita e injustificadamente vejatorias, al no ser la manifestación a analizar una información concreta sobre un hecho determinado (y por ello no verificable)", amplió la Cámara Civil.
Quienes se exponen voluntariamente a una actividad pública -expresaron- también lo hacen a las consecuencias que de aquella derivan, como "la crítica severa de su desempeño profesional", contando con las posibilidades de replicarlas "al tener un mayor acceso a los medios de difusión por el cargo que ocupan".
"Claro está que lo manifestado por el accionado resulta duro y hasta puede entenderse como irritante, pero forma parte de su opinión personal y no puede, en principio, ser expuesta a un juicio de verdad", remarcaron.
De Ares a Fernández
Ares se disconformó por tres denuncias ante la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios bonaerenses, la formación de una causa penal en su contra y varios "ataques" en medios de prensa, con el supuesto fin de desprestigiarlo.
Él creyó que "fueron opiniones personales, ajenas al ámbito de la competencia funcional".
Sin embargo, la justicia tampoco observó "descalificaciones abusivas".
Por otro lado, sostuvo que las denuncias de Fernández que derivaron en el jury fueron "en pleno ejercicio de su función de Fiscal General del Departamento Judicial Bahía Blanca".
La Cámara también señaló que es requisito indispensable para someter a un magistrado (incluye a fiscales) a tribunales ordinarios en procesos civiles, por actos realizados en sus funciones, "su previa destitución mediante juicio político o cese de su tarea por otra causa.
"De allí que no resulta posible enjuiciar ante tribunales ordinarios a magistrados y miembros del Ministerio Público por las consecuencias de sus actos funcionales, sin antes obtenerse su destitución o bien el cese del ejercicio en el cargo, ya sea por renuncia o jubilación", agregaron.
Por último, Restivo y Kalemkerian opinaron que los dichos del fiscal Fernández contra Ares "encuadran en lo que ya indicamos como opiniones o juicios de valor -realizadas sí con extrema dureza-, sobre el desempeño laboral de un funcionario público".
En definitiva, las dos demandas quedaron sin efecto.
Los hechos y el trasfondo
Usurpar. Fernández acusaba a Ares de "usurpar" las facultades del Ministerio Público Fiscal en tres causas (iniciadas el 8 de julio y el 7 de octubre de 2008 y el 18 de noviembre de 2009).
Mediación. Según su criterio, el entonces juez había ejercido la competencia que la ley 13.433 le da a los fiscales y medió entre víctimas e imputados para llegar a resoluciones alternativas al juicio.
Venganza. Ares dijo públicamente que la denuncia era por una cuestión de "enemistad personal", luego de las críticas que él hiciera por su trato "autoritario e intolerante" sobre el personal del Ministerio Público Fiscal.
Origen. Las diferencias entre ambos habrían comenzado en febrero de 2011, cuando Ares también cuestionó al Colegio de Magistrados, institución a la que pertenecía Fernández.