Bahía Blanca | Domingo, 28 de abril

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Tienen en cuenta la grave situación carcelaria para liberar a un detenido en Bahía

El juez José Luis Ares excarceló a Néstor Casiano, quien llevaba casi dos meses con prisión preventiva por un robo simple.

Néstor Cansiano fue detenido luego de un allanamiento en su casa-Archivo La Nueva.

   La grave situación de sobrepoblación carcelaria tuvo en cuenta un juez bahiense, entre otros aspectos, para liberar a una persona que estaba detenida en el penal de Villa Floresta desde hacía casi dos meses con prisión preventiva.

   El fallo, del doctor José Luis Ares, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1, favoreció a Néstor Fabián Casiano, de 34 años, quien había sido arrestado a principios de octubre, acusado de robar las luces traseras de un auto estacionado en Beruti al 200.

   El defensor Sebastián Martínez había pedido su excarcelación, teniendo en cuenta que no existe el peligro procesal de fuga ni de entorpecimiento de la investigación, que ya está terminada.

   Si bien la fiscal Olga Herro se había opuesto al planteo -por entender que sí existían peligros procesales debido a la pena en expectativa- el juez lo aceptó.

   Ares ya se ha manifestado públicamente en contra del abuso de la prisión preventiva, al consideralo una de las razones del hacinamiento de presos en cárceles y comisarías.

   Explicó que, en este caso, Cansiano puede esperar el juicio en libertad, al afirmar que la prisión preventiva “no puede convertirse en una pena anticipada”.

"El último recurso"

   “La privación de la libertad durante el proceso es una excepción extraordinaria a la regla de la libertad ambulatoria, que debe ser siempre fundada como último recurso”, amplió.

   En ese sentido, dijo que “no se debe soslayar” el grave problema carcelario y la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia bonaerense para crear un espacio interdisciplinario a fin de buscar soluciones a la sobrepoblación.

   “Dadas las gravísimas consecuencias que la prisión preventiva acarrea para quien la sufre, la aplicación y mantenimiento de la misma debe ser profundamente analizada”, dijo.

   Sobre la causa de Canciano explicó que el mínimo legal de la escala penal para el robo simple es de un mes de prisión, con lo cual, en el hipótetico caso de una condena mínima, ya estaría excedido.

   Además aclaró que tiene la posibilidad de reanudar su trabajo en un comercio, que mantiene un vínculo estable con su pareja y que es sostén de familia, con el agravante que su hijo, de 8 años, presenta una discapacidad grave.

   “La extrema vulnerabilidad del hijo que requiere de ambos para su sobrevida”, explicó.

   En consecuencia, Ares dispuso la excarcelación de Cansiano bajo juramento, aunque le ordenó presentarse del 1 al 5 de cada mes en el juzgado, fijar domicilio y la prohibición de salir de la ciudad sin previa autorización.